CE - 810012331000200000051011ACLARACIONDEV20230529124650
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 810012331000200000051011ACLARACIONDEV20230529124650
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 81001-23-31-000-2000-00051-01 (58402)
Demandante: Jovanny Enrique Acosta Mercado y otros
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 81001-23-31-000-2000-00051-01 (58402) Demandante: Jovanny Enrique Acosta Mercado y otros Demandado: Nación – Ministerio de Transporte y otros
Acción: Reparación directa - CCA Tema: Fuero de atracción Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Aunque comparto la decisión de revocar parcialmente la sentencia de primera instancia y declarar patrimonialmente responsable a Flota Sugamuxi S .A. por el fallecimiento del señor Juan Díaz Mercado, me aparto de las consideraciones según las cuales para dar aplicación al fuero de atracción <<se requiere una base seria y responsable de razonabilidad de vinculación de la entidad pública a la controversia>>.
El fuero de atracción no requiere << un mínimo de razonabilidad>>, pues ello no se establece en ninguna de las normas del CCA. Es suficiente que el demandante impute acciones u omisiones contra una entidad pública para que esta jurisdicción tenga la competencia para conocerla, de acuerdo con la ley que es la que la determina. Fecha ut supra, Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ jurisdicción tenga la competencia para conocerla, de acuerdo con la ley que es la que la determina. Fecha ut supra, Con firma electrónica
MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Magistrado