CE-85001-23-31-000-2010-00094-01(AP)A-2012
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-85001-23-31-000-2010-00094-01(AP)A-2012
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
PRUEBANo se tiene como prueba sentencia por carecer de relación con la litis
FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL – ARTICULO 361
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
SUBSECCION A
Consejero ponente: HERNAN ANDRADE RINCON
Bogotá, D.C., trece (13) de julio de dos mil doce (2012).
Radicación número: 85001-23-31-000-2010-00094-01(AP)A
Actor: LUIS ENRIQUE OLIVERA PETRO Y OTROS Demandado: MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Y OTROS Mediante escrito contentivo del recurso de apelación, que obra a folios 2161 a 2185 del expediente, el apoderado de la parte demandada –HOCOL S.A. y HOMCOL CAYMAN INC. dentro del término de ejecutoria del auto que admitió el recurso, solicitó que sea tenida como prueba la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C en descongestión, el 22 de mayo de 2012, para lo cual anexó copia de la misma.
Revisado el expediente, se evidencia que la solicitud no se ajusta a ninguno de los presupuestos establecidos en el artículo 361 del C.P.C., por cuanto el documento allegado para ser tenido como prueba corresponde a una providencia judicial que en nada guarda relación con el asunto de la referencia. En consecuencia, SE DISPONE NO TENER como prueba el documento allegado por la parte demandadaHOCOL S.A. y HOMCOL CAYMAN INC., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.