CE - 9_250002336000201200311021ACLARACIONDEV20220713113518_TCListadoTitulados133131844707637268-2022
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 9_250002336000201200311021ACLARACIONDEV20220713113518_TCListadoTitulados133131844707637268-2022
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B
Bogota DC, cuatro (4) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 25001-23-36-000-2012-00311-02 (52.091)
Demandante: ERIC TREMOLA ÁLVAREZ Y OTRA
Demandado: NACIÓN – RAMA JUDICIAL
Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión adoptada en el asunto de la referencia, aclaro mi voto porque considero que en temas de responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado por motivo de la actividad jurisdiccional del Estado y concretamente por actuaciones de las denominadas altas cortes, no es necesario acudir a legislación de carácter internacional, toda vez que el artículo 90 de la Constitución Política no exceptúa o hace una diferenciación al respecto.
FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 186 de CPACA.