CE - Aclaracion voto 11001032600020240011500 de 2025
Detalles
- Título
- CE - Aclaracion voto 11001032600020240011500 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCION B
Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez
Radicación: 11001-03-26-000-2024-00115-00 (71.717)
Demandante: Carolina de los Ángeles Barreto Pérez
Demandado: Nación – Ministerio de Minas y Energía
Referencia: Nulidad simple
Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata
Aclaro mi voto , pues si bien comparto la decisión adoptada –consistente en negar las pretensiones de la demanda–, no comparto que, en la condena en costas, se cite una providencia en la cual se afirma que “ la expresión ‘interés público’ [contenida en el artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –CPACA–] necesariamente debe ser asimilada a ‘acciones públicas, contencioso objetivo o de mera constitucionalidad y/o legalidad”1.
En esos términos, me aparto de la consideración según la cual en este caso se ventiló un interés público porque “con la demanda se perseguía la defensa del orden jurídico, concretamente, el principio de legalidad a través del ejercicio de un medio de control judicial de naturaleza pública”.
A mi juicio, e n ambos casos se hace una equiparación entre “ medios de control públicos” e “interés público” de la que difiero. Lo anterior, porque tal y como lo he manifestado en reiteradas oportunidades2, a esta Corporación no
A mi juicio, e n ambos casos se hace una equiparación entre “ medios de control públicos” e “interés público” de la que difiero. Lo anterior, porque tal y como lo he manifestado en reiteradas oportunidades2, a esta Corporación no le corresponde señalar, a priori, qué debe entenderse por interés público ; por el contrario, le corresponderá al juez de la causa determinarlo, en cada caso, para establecer la procedencia de la condena en costas.
Firmado electrónicamente
ALBERTO MONTAÑA PLATA
Magistrado
1 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, Sentencia de 11 de octubre de 2021, exp. 63.217. 2 Al respecto, ver aclaraciones de voto a las Sentencias de 19 de agosto de 2025, exp . 72606; 25 de mayo de 2023, exp. 66538; y 25 de mayo de 2023, exp. 68872.