CE - Aclaracion voto 25000232700020019047914 de 2025
Detalles
- Título
- CE - Aclaracion voto 25000232700020019047914 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Referencia: Medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos Radicación núm.: 25000-23-27-000-2001-90479-14
Consejera Ponente: Nubia Margoth Peña Garzón
Demandantes: Gustavo Moya Ángel y otros
Aclaración de voto
Con el acostumbrado respeto frente a las decisiones mayoritarias de la Sección Primera, me permito aclarar el voto respecto de l auto de 8 de mayo de 2025, proferido dentro del proceso de la referencia.
Para tal propósito, me remito a las razones expuestas por este Despacho en la aclaración de voto del auto de 9 de mayo de 2024, dentro del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos con radicación núm. 25000-23-27000-2001-90479-10, en cuanto a la improcedencia de decretar medidas cautelares con posterioridad a la sentencia definitiva de acción popular.
Fecha ut supra
GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES
Consejero de Estado
CONSTANCIA: La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.