CE - Aclaracion voto 25000233600020160173703 de 2025
Detalles
- Título
- CE - Aclaracion voto 25000233600020160173703 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCION B
Magistrado Ponente: Fredy Ibarra Martínez
Radicación: 25000-23-36-000-2016-01737-03 (71426)
Demandante: Luis Orlando Pulido García y Sociedad Viales y Obras
Públicas Colombia S.A. (integrantes del Consorcio Proviales)
Demandado: IDU
Referencia: Controversias contractuales
Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata
Aclaro mi voto pues, aunque comparto la decisión adoptada, en este caso no se aportaron el pliego de condiciones con sus anexos técnicos ni la matriz de riesgos del contrato. Por lo tanto, resultaban innecesarias las consideraciones relacionadas con las salvedades en los acuerdos modi ficatorios, la mayor permanencia en obra y el precio global establecido para l as actividades de gestión ambiental, manejo de tráfico y señalización. Lo anterior es así, pues sin los documentos referidos, que en su conjunto disciplinaban la relación jurídica entre las partes del contrato, resultaba imposible determinar la manera en que se habían distribuido los riesgos relacionados con la definición de las artes gráficas de las señales y la consecución de los recursos para adicionar el contrato de interventoría.
En esos términos , la Sala se encontraba frente a un escenario en el cual no obraba en el expediente el contenido completo de la relación jurí dica patrimonial que tuvo como fuente el contrato, ni se satisfizo la carga de la
En esos términos , la Sala se encontraba frente a un escenario en el cual no obraba en el expediente el contenido completo de la relación jurí dica patrimonial que tuvo como fuente el contrato, ni se satisfizo la carga de la prueba en cabeza de la parte demandante y, en consecuencia, no podía accederse a las pretensiones.
Firmado electrónicamente
ALBERTO MONTAÑA PLATA
Magistrado