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CE - Auto interlocutorio 05001233300020170287802 de 2025

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 05001233300020170287802 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: WILLIAM BARRERA MUÑOZ

Bogotá D.C., dos (2) de julio de dos mil veinticinco (2025)

Número interno: 72.409

Radicación: 05001-23-33-000-2017-02878-02

Actor: Gilberto Alonso Zuluaga Quintero Demandado: Ministerio de Defensa–Ejército Nacional y otros

Asunto: Reparación directa

APODERADO-No se tramita renuncia de abogado, porque no obra poder que acredite la condición de apoderado.

El expediente se encuentra a l Despacho para redactar proyecto de sentencia de segunda instancia. No obstante, e l abogado Richard Yhon Ospina Ram írez presentó un memorial con «renuncia al poder» conferido por la parte demandada– Distrito de Medellín1. De la revisión del proceso no se encuentra poder que confiera la condición de apoderado al abogado Ospina Ramírez, por tanto, no tiene la representación del Distrito de Medellín para efectos de este asunto . Por demás, la defensa judicial de la entidad territorial la ha ejercido el abogado Rodrigo Jaramillo Ramírez2. En consecuencia, NO SE TRAMITARÁ la referida renuncia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

WILLIAM BARRERA MUÑOZ JCG/MAR Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja

WILLIAM BARRERA MUÑOZ JCG/MAR Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticid ad del presente documento en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador. Igualmente puede acceder al aplicativo de valid ación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai.

1 Cfr. SAMAI, índice 12. 2 Cfr. SAMAI, índice 2 doc. 16ED, 17ED y 123ED.

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