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CE - Auto interlocutorio 05001233300020180148201

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 05001233300020180148201
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

REPUBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA - SUBSECCION B

Bogota DC, once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTINEZ Expediente: 05001-23-33-000-2018-01482-01 (72.394)

Actor: HERMELINA DE JESUS ATEHORTUA Y OTROS Demandado: NACION — MINISTERIO DE DEFENSA Y OTROS Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA - CPACA | Asunto: ADMISION DE RECURSO DE APELACION En atención al recurso de apelación interpuesto oportunamente por la parte demandante (índice 129 SAMAI de la primera instancia) en contra de la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2024 por el Tribunal Administrativo de Antioquia — Sala Sexta de Decisión (índice 126 SAMAI de la primera instancia) dispónese: 1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011, modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admitese el recurso de apelación presentado por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2024. 2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en numeral 3 del artículo 198 de la Ley 1437 de 2011. 3°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

3°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022. 1 La sentencia se notificó mediante correo electrónico el 29 de noviembre de 2024 (índice 128 SAMAI de la primera instancia) y el recurso de apelación se interpuso el 9 de diciembre del mismo año.

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