🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - Auto interlocutorio 08001233300020180063001

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 08001233300020180063001
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

REPUBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA — SUBSECCION B

Bogotá DC, once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 08001-23-33-000-2018-00630-01 (72.415)

Actor: FONDO DE ADAPTACIÓN

Demandado: SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS REGIONAL ATLANTICO Y OTRO Medio de control: CONTROVERSIAS CONTRACTUALES - CPACA Asunto: ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN En atención al recurso de apelación interpuesto oportunamente por la parte demandante (índice 2 SAMAI?) en contra de la sentencia proferida el 1% de noviembre de 2024 por el Tribunal Administrativo del Atlántico (indice 2 SAMAIS) dispónese: 1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011, modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admitese el recurso de apelación presentado por el Fondo de Adaptación en contra de la sentencia proferida el 1° de noviembre de 2024. 2%) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en numeral 3 del artículo 198 de la Ley 1437 de 2011. 3%) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

3%) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022. ' La sentencia se notificó mediante correo electrónico el 25 de noviembre de 2024 (índice 45 SAMAI de la primera instancia) y el recurso de apelación se interpuso el 19 de diciembre del mismo año. 2 Archivo “25ED_15PRESENTACIONDERECU(.pdf) NroActua 2(.pdf) NroActua ?”. 3 Archivo “23ED_13Sentenciapdf(.pdf) NroActua 2(.pdf) NroActua 2”.

Consultar sobre este documento ...