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CE - Auto interlocutorio 11001031500020230516500 de 2025

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 11001031500020230516500 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA DOCE ESPECIAL DE DECISIÓN

Bogotá DC, doce (12) de febrero de dos mil veinticinco (2025).

Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2023-05165-00

Demandante: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS

NACIONALES (DIAN)

Demandado: AMERICAS STYRENICS DE COLOMBIA LTDA

Medio de control: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN

Asunto: DECRETO DE PRUEBAS

Visto el informe secretarial que antecede (índice 32 SAMAI), dispónese:

En la oportunidad procesal pertinente ábrese el proceso a pruebas , y con observancia de los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad de las pruebas se provee lo siguiente:

I. PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE ACTORA

  1. Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados con el recurso extraordinario de revisión (índice 2 SAMAI), los cuales quedan a disposición de las partes.
  1. Se deja constancia que la parte actora no aportó o solicitó pruebas adicionales con el recurso extraordinario de revisión.

II. PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE DEMANDADA

  1. Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados con el escrito de contestación del recurso extraordinario de revisión (índice 25 SAMAI), los cuales quedan a disposición de las partes.
  1. Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados con el escrito de contestación del recurso extraordinario de revisión (índice 25 SAMAI), los cuales quedan a disposición de las partes.
  1. Se deja constancia que la parte demandada no aportó o sol icitó pruebas adicionales con el escrito de contestación del recurso extraordinario de revisión.2

Expediente: 11001-03-15-000-2023-05165-00

Actor: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Recurso extraordinario de revisión

  1. Reconócese personería jurídica a l profesional del derech o Jesús Orlando Corredor Alejo , para actuar como apoderado judicial de la parte demandada Americas Styrenics de Colombia Ltda , en los términos de l poder allegado al expediente (índice 31 SAMAI).

III. PRUEBA DE OFICIO

Con el valor legal que en derecho corresponda téngase como prueba el expediente de nulidad y restablecimiento del derecho no. 25000-23-37-000-2014-00507-01 (23.854), parte demandante: Americas Styrenics de Colombia Ltda , parte demandada: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) , solicitado de oficio mediante auto de 11 de diciembre de 2023 (índice 4 SAMAI) y allegado en formato digital por la Sección Cuarta Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca (índice 11 SAMAI), el cual queda a disposición de las partes.

Ejecutoriada esta providencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 255 de la Ley 1437 de 2011 modificado por el artículo 70 de la Ley 2080 de 2021 ingrésese

Ejecutoriada esta providencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 255 de la Ley 1437 de 2011 modificado por el artículo 70 de la Ley 2080 de 2021 ingrésese el expediente al despacho para dictar sentencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.

JYGA/EXP. DIGITAL

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