🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - Auto interlocutorio 11001031500020250054400 de 2025

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 11001031500020250054400 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

Demandante: Clovis Méndez Pérez Demandado: Gobernación del Valle del Cauca Radicado: 11001-03-15-000-2025-00544-00

1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Magistrada ponente: GLORIA MARÍA GÓMEZ MONTOYA

Bogotá, D.C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025)

Referencia: ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO Radicación: 11001-03-15-000-2025-00544-00

Demandante: CLOVIS MÉNDEZ PÉREZ

Demandado: GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA

Tema: Ordena remitir por competencia a los Jueces Administrativos del Circuito Judicial de Cali (reparto)

AUTO REMITE POR COMPETENCIA

I. ANTECEDENTES

1.1. Demanda

La ciudadana Clovis Méndez Pérez , actuando en nombre propio, en ejercicio del artículo 87 de la Constitución Política, reglamentado en la Ley 393 de 1997, reclamó el cumplimiento de la Ley 2345 de 20231 ante la Gobernación del Valle del Cauca , con el fin de que se modifique el Manual de Identidad Visual del Departamento del Valle del Cauca.

II. CONSIDERACIONES

2.1. Competencia

Conforme lo dispone el artículo 3. ° de la Ley 393 de 19972, en consonancia con el

Valle del Cauca.

II. CONSIDERACIONES

2.1. Competencia

Conforme lo dispone el artículo 3. ° de la Ley 393 de 19972, en consonancia con el numeral 10. ° del artículo 155 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo 3, se advierte que el Consejo de Estado carece de

1 «Por medio de la cual se implementa el manual de identidad visual de las entidades estatales, se prohíben las marcas de gobierno y se establecen medidas para la austeridad en la publicidad estatal». 2 De las acciones dirigidas al cumplimiento de normas co n fuerza material de Ley o Acto Administrativo, conocerán en primera instancia los Jueces Administrativos con competencia en el domicilio del accionante. En segunda instancia será competente el Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento al cual pertenezca el Juzgado Administrativo. 3 Los juzgados administrativos conocerán en primera instancia de los siguientes asuntos: […]

10. De los relativos a la protección de derechos e intereses colectivos y de cumplimiento, contra las autoridades de los niveles departamental, distrital, municipal o local o las personas privadas que dentro de esos mismos ámbitos desempeñen funciones administrativas. (énfasis del despacho)Demandante: Clovis Méndez Pérez Demandado: Gobernación del Valle del Cauca Radicado: 11001-03-15-000-2025-00544-00

2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co competencia para pronunciarse sobre las pretensiones de la demanda, por cuanto la autoridad demandada es un ente territorial del nivel departamental.

www.consejodeestado.gov.co competencia para pronunciarse sobre las pretensiones de la demanda, por cuanto la autoridad demandada es un ente territorial del nivel departamental.

Como consecuencia de lo anterior, se ordenará el envío del expediente a los Jueces Administrativos del Circuito Judicial de Cali (reparto), en atención al domicilio que indicó la parte actora4.

Con fundamento en lo expuesto el despacho, en uso de facultades constitucionales y legales,

III. RESUELVE

PRIMERO: REMITIR la demanda en ejercicio de la acción de cumplimiento , promovida por la señora Clovis Méndez Pérez contra la Gobernación del Valle del Cauca, a los Jueces Administrativos del Circuito Judicial de Cali (reparto).

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

GLORIA MARÍA GÓMEZ MONTOYA

Presidente

Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultarlo con el número de radicación en el siguiente link https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/procesos.aspx

4 Ver índice 2 del expediente digital en Samai.

Consultar sobre este documento ...