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CE - Auto interlocutorio 11001031500020250167100

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 11001031500020250167100
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá DC, 31 de marzo de 2025 Radicación: 11001-03-15-000-2025-01671-00 Accionante: Jesualdo Enrique Fuentes Herrera Accionado: Presidencia de la República y otros Referencia: Acción de tutela. Auto Encontrándose la tutela de la referencia para proferir auto admisorio, el despacho advierte que podría acumularse con la No. 11001-03-15-000-2025-01636-00, previas las siguientes CONSIDERACIONES 1. Ingresado el asunto al despacho el 21 de marzo de 20251, se evidenció que fueron radicadas varias acciones de tutela con circunstancias fácticas y jurídicas idénticas a las del caso bajo estudio, entre ellas la identificada con el radicado No. 11001-03-15-000-2025-01636-00. 2. Una vez revisado el Sistema para la Gestión Judicial - SAMAI, el despacho observó que la acción de la referencia y la identificada con el radicado No. 2025-01636-00 tienen las mismas pretensiones y guardan identidad en los siguientes aspectos: (a) en ambos procesos, fueron accionadas la Presidencia de la República y la Comisión Séptima del Senado de la República; (b) se solicitó el amparo de los derechos fundamentales a elegir y ser elegido, voto, soberanía popular y a la participación ciudadana; y (c) la presunta vulneración de esos derechos surgió con ocasión del archivo del proyecto de ley de la reforma laboral planteada por el Gobierno Nacional. 3. Además, se constató que la tutela con radicado No. 2025-01636-00 fue admitida por el despacho del Magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, mediante Auto de 26

surgió con ocasión del archivo del proyecto de ley de la reforma laboral planteada por el Gobierno Nacional. 3. Además, se constató que la tutela con radicado No. 2025-01636-00 fue admitida por el despacho del Magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, mediante Auto de 26 de marzo de 2025, notificado por Secretaría General mediante mensaje de datos enviado el 27 de marzo de 2025. 4. Así las cosas, se ordenará la remisión de la presente acción de tutela para el estudio respectivo de acumulación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1834 de 2015, esto con el fin de evitar que frente una misma o similar situación de hecho, se produzcan decisiones disímiles en detrimento de la seguridad jurídica y la igualdad. 1 Tal como consta en el Sistema para la Gestión Judicial - SAMAI.Radicación: 11001-03-15-000-2025-01671-00 Accionante: Jesualdo Enrique Fuentes Herrera Accionado: Presidencia de la República y otros Referencia: Acción de tutela. Auto Decisión: Remite para acumulación ____________________________________________________________________________________________________________________________

2 de 2 En mérito de lo expuesto, se RESUELVE REMITIR el expediente de la referencia al despacho del Magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, a fin de que resuelva sobre la posible acumulación con la acción de tutela No. 11001-03-15-000-2025-01636-00. CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA

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