CE - Auto interlocutorio 11001031500020250396900 de 2025
Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001031500020250396900 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Bogotá D.C., primero (1) de julio de dos mil veinticinco (2025)
Radicación número: 11001-03-15-000-2025-03969-00
Accionante: Erika Patricia González
Autoridad: Tribunal Administrativo de Santander Asunto: Acción de tutela
TUTELA-Admisión de la solicitud. INFORME DE TUTELA-Término para que la autoridad lo presente. AGENCIA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO-Notificación como interviniente. PRUEBAS EN TUTELA-Documentos allegados con la solicitud. PRUEBAS EN TUTELA -Solicitud de expediente en copia digital. PRUEBAS EN TUTELA-Suspensión del término para decidir la solicitud.
Erika Patricia González, a través de apoderado judicial, formuló acción de tutela con el fin de obtener la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, de acceso a la administración de justicia y a los principios de seguridad jurídica y confianza legítima, que considera vulnerados por el Tribunal Administrativo de Santander al expedir la sentencia de única instancia del 27 de marzo de 202 5, en la que declaró la caducidad del medio de control de nulidad electoral, aduciendo que la demanda fue presentada fuera del término.
Por reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con el reparto previsto por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021, ADMITIR la solicitud de tutela instaurada y, en consecuencia:
Por reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con el reparto previsto por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021, ADMITIR la solicitud de tutela instaurada y, en consecuencia:
1. NOTIFICAR a la accionante y al Tribunal Administrativo de Santander . Tener como tercero interesado al Concejo Municipal de Cimitarra Santander a quien se le enviará copia de la demanda de tutela.
2. INFORMAR a la autoridad judicial y al tercero con interés que en el término de tres (3) días puede rendir informe sobre los hechos objeto de la tutela, de conformidad con el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991.
3. NOTIFICAR a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, según lo dispuesto en el artículo 610 CGP, para su eventual intervención.
4. PUBLICAR esta providencia en la página web del Consejo de Estado para el conocimiento de quienes pudieran tener interés en el asunto.
5. TENER como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados2
Expediente n°. 11001-03-15-000-2025-03969-00
Accionante: Erika Patricia González Admite tutela
con la solicitud de tutela.
6. SOLICITAR al Tribunal Administrativo de Santander, para que remita copia digital de la totalidad del proceso con radicado No. 680012333000-2024-00282-00.
Término tres (3) días.
7. SUSPENDER el término para decidir la solicitud de tutela, mientras se practican las pruebas ordenadas.
8. Se pide como medida provisional ordenar suspender los efectos jurídicos de la
Término tres (3) días.