CE - Auto interlocutorio 11001031500020250398700 de 2025
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001031500020250398700 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Bogotá, D.C., primero (1) de julio de dos mil veinticinco (2025)
Radicación: 11001-03-15-000-2025-03987-00
Accionante: Gabriel Jaime Guerra Montoya
Autoridad: Centro Nacional de Memoria Histórica Asunto: Acción de tutela
TUTELAAuto que remite por reglas de reparto.
Gabriel Jaime Guerra Montoya , en nombre propio, formuló acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales de petición, a la reparación simbólica integral, a la, a la dignidad humana, a la igualdad y a la memoria colectiva, que alega vulnerados por el Cent ro Nacional de Memoria Histórica, con ocasión a las respuestas negativas, por parte de la accionada, ante unas peticiones radicadas por el accionante.
El artículo 1.2 del Decreto 333 de 2021, prevé que las acciones de tutela dirigidas contra cualquier au toridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito.
Como la acción de tutela se dirige contra el Centro Nacional de Memoria Histórica, de conformidad con las reglas de reparto previstas por el artículo 1.1 del Decreto 333 de 2021, se dispone REMITIR inmediatamente el expediente a la oficina de reparto de los Jueces Administrativos de Bogotá, para lo de su cargo.
Cumplido lo anterior, FINALIZAR y ARCHIVAR el proceso de la referencia en el aplicativo Samai.
reparto de los Jueces Administrativos de Bogotá, para lo de su cargo.
Cumplido lo anterior, FINALIZAR y ARCHIVAR el proceso de la referencia en el aplicativo Samai.