🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - Auto interlocutorio 11001031500020250615000 de 2025

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 11001031500020250615000 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá D.C., tres (3) de octubre de dos mil veinticinco (2025)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2025-06150-00

Accionante: CLUB KARATE DO DRAGONES SOGAMOSO Auto que remite Al entrar a estudiar sobre la admisión de la demanda de tutela de la referencia, el Despacho advierte que su objeto está encaminado a que se protejan los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y deporte, que a juicio del accionante, le fueron vulnerados por la Liga de Karate Do de Boyacá, el Instituto Departamental del Deporte de Boyacá y el señor Luis Castiblanco con la Resolución núm. 09 de 26 de septiembre de 2025.

De lo precedente se deriva que la s entidades que presuntamente está n infringiendo los derechos fundamentales cuyo amparo se solicita son la Liga de Karate Do de Boyacá y el Instituto Departamental del Deporte de Boyacá y el señor Luis Castiblanco, por lo que según lo previsto en el numeral 1 del artículo 2.2.3.1.2.11 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, se remitirá el expediente a la oficina de reparto de los Juzgados Municipales de Tunja. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado , Sala de lo Contencioso a la oficina de reparto de los Juzgados Municipales de Tunja. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado , Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,

RESUELVE:

Por Secretaría General REMITIR el expediente de la referencia a la oficina de reparto de los Juzgados Municipales de Tunja.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES

Consejero de Estado 1 Modificado por el artículo 1°. del Decreto 333 de 6 de abril de 2021.

Consultar sobre este documento ...