CE - Auto interlocutorio 11001031500020250801800
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001031500020250801800
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2025-08018-00
Accionante: WILIAM SÁNCHEZ CORTÉS
Auto que remite
El Despacho advierte que el objeto de la tutela de la referencia está encaminado a que se protejan los derechos fundamentales a la vida, salud, dignidad humana y seguridad social, que a juicio del accionante, le fueron vulnerados por la Nueva E.P.S. S.A., la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, la Secretaría de Salud de Santander, la Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social con la falta de “[…] entrega de los medicamentos aquí ordenados por el médico tratante […]”.
De lo precedente se deriva que la s entidades que presuntamente está n infringiendo los derechos fundamentales cuyo amparo se solicita son la Nueva E.P.S. S.A., la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, la Secretaría de Salud de Santander, la Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, por lo que según lo previsto en los numerales 21 y 11 del artículo 2.2.3.1.2.12 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, se remitirá el
Salud y Protección Social, por lo que según lo previsto en los numerales 21 y 11 del artículo 2.2.3.1.2.12 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, se remitirá el expediente a la oficina de reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Bucaramanga.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,
RESUELVE:
Por Secretaría General REMITIR el expediente de la referencia a la oficina de reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Bucaramanga.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
(Firmado electrónicamente)
GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES
Consejero de Estado
1 Modificado por el artículo 1°. del Decreto 0799 de 9 de julio de 2025. 2 Modificado por el artículo 1°. del Decreto 333 de 6 de abril de 2021.