CE - Auto interlocutorio 11001031500020260024900
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001031500020260024900
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veintiseis (2026)
Radicado: 11001 03 15 000 2026 00249 00
Accionante: Nury Esther Ortega de Martínez Accionado: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena – Sala Laboral Acción: Acción de tutela
Auto que remite
Encontrándose el presente asunto al despacho para estudiar su eventual admisión, se advierte lo siguiente:
1. Mediante escrito radicado el 14 de enero de 20261, la señora Nury Esther Ortega de Martínez, actuando en nombre propio, interpuso acción de tutela en contra de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, con el fin que se le amparen sus derechos fundamentales al mínimo vital, salud en conexidad con la vida, acceso a la administración de justicia, debido proceso e igualdad.
2. De conformidad con los hechos y las pretensiones expuestas en el escrito de tutela 2, se advierte que la presente acción constitucional está dirigida en contra de una providencia judicial proferida por la precitada autoridad judicial. En ese sentido, deberá darse aplicación a lo dispuesto en el numerale 5 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021, que dispone que: “(…) las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas , para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada (…)”. (Se destaca).
que dispone que: “(…) las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas , para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada (…)”. (Se destaca).
En ese sentido, se remitirá la solicitud de amparo a la Corte Suprema de Justicia, reparto, para lo de su cargo, por ser el superior funcional de la autoridad judicial accionada.
Con fundamento en lo anterior, se
RESUELVE:
PRIMERO: REMITIR la presente acción de tutela interpuesta por la señora Nury Esther Ortega de Martínez, a la Corte Suprema de Justicia, reparto, según lo indicado en la parte motiva de la presente providencia.
SEGUNDO: Notificar por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
CARLOS FERNANDO MANTILLA NAVARRO
Consejero de Estado
CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.
1 Ingresado al despacho el 19 de enero de 2026. Visto en el índice 3 de la Sede Electrónica para la Gestión Judicial del proceso con radicado nro. 11001 03 15 000 2026 00249 00. 2 Visto en el índice 2 de la Sede Electrónica para la Gestión Judicial del proceso con radicado nro. 11001 03 15 000 2026 000249 00.