CE - Auto interlocutorio 11001032400020250010300 de 2025

Consejo de Estado

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 11001032400020250010300 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., primero (1o.) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Número único de radicación: 11001-03-24-000-2025-00103-00

Actora: FUNDACIÓN PARA EL ESTADO DE DERECHO Asunto: reconoce coadyuvante AUTO INTERLOCUTORIO El señor JESÚS ARNULFO COBO GARCÍA VARÓN , en el escrito visible en el índice 18 del expediente digital, solicita ser tenido como coadyuvante de la parte demandada en el presente proceso.

Para resolver, se considera:

El artículo 223 del CPACA señala que en los procesos que se tramiten con ocasión de pretensiones de simple nulidad, desde la admisión de la demanda y hasta en la audiencia inicial, cualquier persona podrá pedir que se la tenga como coadyuvante del demandan te o del demandado. Comoquiera que en el caso sub lite aún no se ha llevado a cabo la audiencia inicial, resulta oportuna la solicitud de coadyuvancia objeto del presente pronunciamiento.2

Número único de radicación: 11001-03-24-000-2025-00103-00

Actora: FUNDACIÓN PARA EL ESTADO DE DERECHO Por tal razón, el Despacho tendrá como c oadyuvante de la parte demandada al señor JESÚS ARNULFO COBO GARCÍA VARÓN, de conformidad con el escrito obrante en el índice 18 del expediente digital.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, demandada al señor JESÚS ARNULFO COBO GARCÍA VARÓN, de conformidad con el escrito obrante en el índice 18 del expediente digital.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera

Consultar sobre este documento ...