CE - Auto interlocutorio 11001032500020250007200
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001032500020250007200
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Calle 12 No. 7 – 65 – Tel: (+57) (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN A
CONSEJERO PONENTE: JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ
Bogotá D. C., veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026)
Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Radicación: 11001-03-25-000-2025-00072-00 (0409-2025)
Demandante: Assad José Fraija Massy
Demandada: E.S.E. Hospital Pedro León Álvarez de la Mesa
Tema: Modifica liquidación de costas.
Teniendo en cuenta que en la sentencia del 20 de noviembre de 2025 se condenó a la parte demandante al pago de agencias en derecho 1, las cuales fueron fijadas en un (1) salario mínimo legal mensual vigente mediante auto del 26 de enero de 2026, la correspondiente liquidación debía efectuarse de conformidad con dicha orden.
Sin embargo, el Despacho advierte que, en la liquidación realizada por la Secretaría de la Sección Segunda de esta Corporación, que reposa a índice 00040 del Sistema de Gestión Judicial SAMAI, los gastos del proceso se fijaron en $0 y las agencias en derecho fueron liquidadas en la suma de $1.423.500, que corresponde al salario mínimo fijado para el año 2025 ; pero el salario mínimo vigente para el año de ejecutoria de la decisión (2026) se fijó en $1.750.905.
mínimo fijado para el año 2025 ; pero el salario mínimo vigente para el año de ejecutoria de la decisión (2026) se fijó en $1.750.905.
Por lo anterior, de conformidad con el numeral 1.º del artículo 366 del CGP, el Despacho modificará la liquidación de costas pres entada por Secret aría y en su lugar, las liquidará atendiendo a las anteriores precisiones y en la siguiente forma:
CONCEPTO BASE Y PORCENTAJE DE
LIQUIDACIÓN VALOR Agencias en Derecho $ $1.750.905 Gastos del proceso $ $ -0Arancel judicial $ $ -0TOTAL DE COSTAS $ $1.750.905
Por lo expuesto, se
1 La decisión quedó debidamente ejecutoriada el 15 de enero de 2024 de acuerdo con la constancia de notificación que reposa a índice 00034 de SAMAI.Calle 12 No. 7 – 65 – Tel: (+57) (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2
Radicado: 11001-03-25-000-2025-00072-00 (0409-2025)
)
RESUELVE
Primero. LIQUÍDENSE las costas del proceso a cargo de la parte demandante y en favor de la parte demandada en la suma de UN MILLÓN SETECIENTOS
CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS ($1.750.905).
Segundo. En firme esta decisión , ARCHÍVESE el expediente, previas las anotaciones de rigor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ
Segundo. En firme esta decisión , ARCHÍVESE el expediente, previas las anotaciones de rigor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Firmado electrónicamente