CE - Auto interlocutorio 11001032600020170000100 de 2025
Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001032600020170000100 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
CONSEJERA PONENTE: ADRIANA POLIDURA CASTILLO
Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil veinticinco (2025)
Radicación: 11001-03-26-000-2017-00001-00 (58510)
Demandante: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Demandado: Juan Ángel Isaac Llanos
Referencia: Repetición
Auto que aprueba liquidación de costas
El Despacho procede a decidir sobre la aprobación de la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera.
Esta Subsección, mediante sentencia del 28 de octubre de 2024 1, negó las pretensiones de la demanda , en consecuencia condenó en costas a la parte demandante y fijó las agencias en derecho a favor del demandado por la suma correspondiente al 5% del valor de las pretensiones del medio de control2.
En atención a lo ordenado en la providencia antes referida, e l 3 de diciembre de 20243, la Secretaría de la Sección efectuó la liquidación de costas de la siguiente manera:
RUBRO MONTO Agencias en derecho $7’145.778 Gastos y expensas del proceso $0.00 Honorarios auxiliares de la justicia $0.00 Total $7’145.778
El Despacho encuentra que la liquidación refleja lo resuelto en la sentencia proferida por esta Subsección el 28 de octubre de 2024, por lo tanto, la aprobará.
Total $7’145.778
El Despacho encuentra que la liquidación refleja lo resuelto en la sentencia proferida por esta Subsección el 28 de octubre de 2024, por lo tanto, la aprobará.
En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 366 del Código General del Proceso (CGP), el Despacho aprobará la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera a cargo de la parte demandante, por valor de siete millones ciento cuarenta y cinco mil setecientos setenta y ocho pesos ($7.145.778).
Por otro lado, la parte demandante, en memoriales registrados en los índices 167 y 168 de Samai, solicitó: i) copia autentica y constancia de ejecutoria de la sentencia; ii) copia autentica de la liquidación de costas y agencias en derecho y iii) copia autentica con constancia de ejecutoria del auto que aprueba las costas. Por
1 Índice No. 156 en Samai. 2 El valor de las pretensiones ascendió a la suma de $142.915.562 , correspondiente a la condena que pagó la entidad en cumplimiento de orden judicial. 3 Índice No. 164 en Samai.2
Radicado: 11001-03-26-000-2017-00001-00 (58510) Demandante: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses consiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del Código General del Proceso (CGP), el despacho ordenará a la Secretaría de la Sección Tercera atender estas solicitudes.
Por lo expuesto, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO: APROBAR la liquidación de costas que efectuó la Secretaría de la
atender estas solicitudes.
Por lo expuesto, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO: APROBAR la liquidación de costas que efectuó la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación, de acuerdo con lo expuesto en las consideraciones que anteceden.
SEGUNDO: Por secretaría de la Sección, de conformidad con el artículo 114 del CGP, EXPEDIR las copias con las constancias solicitadas por la parte demandante.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ADRIANA POLIDURA CASTILLO
Magistrada
AET