CE - Auto interlocutorio 11001032600020190005300 de 2025
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 11001032600020190005300 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
1 ., Radicado: 11001-03-26-000-2019-00053-00 (63642)
Demandante: Nación - Rama Judicial
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES
Bogotá D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veinticinco (2025)
Radicación: Actor: Demandado: 11001-03-26-000-2019-00053-00 (63642)
NACIÓN - RAMA JUDICIAL BELISARIO BELTRÁN BASTIDAS Y OTROS Medio de control: REPETICIÓN Asunto: Acceso al expediente digital y físico Mediante memorial radicado el 22 de enero de 20251, el apoderado judicial de la demandada, Gloria Nelly Muñoz Paz, solicitó acceso virtual al expediente. En consecuencia, por Secretaría, INFÓRMESELE al memorialista el mecanismo dispuesto por la Corporación para poder acceder virtualmente al proceso de la referencia. No obstante, y comoquiera que el presente asunto no se encuentra digitalizado en su totalidad, por Secretaría, PÓNGASE A DISPOSICIÓN del memorialista el expediente de la referencia por el término de cinco (5) días, con el fin de poder revisarlo de manera física. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 123 del CGP2.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, fi
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Magistrado 1 Samai índice 81. 2. "Art/culo 123. Examen de los expedientes. Los expedientes sólo podrán ser examinados. 1. Por
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ICOLÁS YEPES COr,ru-y....
Magistrado 1 Samai índice 81. 2. "Art/culo 123. Examen de los expedientes. Los expedientes sólo podrán ser examinados. 1. Por las partes, sus apoderados y los dependientes autorizados por estos de manera general y por escrito, sin que sea necesario auto que lo reconozca, pero solo en relación con los asuntos en que ellos intervengan. ( ... )".