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CE - Auto interlocutorio 18001233100020100008602

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 18001233100020100008602
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B

Bogotá DC, diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiséis (2026).

Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 18001-23-31-000-2010-00086-02 (74.015)

Demandante: FONDO DE CAPITAL PRIVADO CATTLEYA –

COMPARTIMENTO 1 ADMINISTRADO POR LA

SOCIEDAD AVAL FIDUCIARIA Demandado: NACIÓNFISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Medio de control: EJECUTIVO – CPACA

Asunto: ADMISIÓN RECURSO DE APELACIÓN Y

RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA PARA

ACTUAR

En atención al recurso apelación1 interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia2 proferida el 14 de octubre de 202 5 por el Tribunal Administrativo d el Caquetá dispónese3:

1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011 modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admítese el recurso de apelación presentado por la parte ejecutada en contra de la sentencia proferida el 14 de octubre de 2025.

2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

1 Archivo: “ 46_MemorialWeb_Otro-RADICARApelacionco(.pdf)”. Índice 105 SAMAI – Gestión en otras corporaciones. 2 Archivo: “Sentenciaprimerainstancia(.pdf)”. Índice 100 SAMAI – Gestión en otras corporaciones. 3 Notificada electrónicamente el 10 de noviembre de 202 5 (índice 104 SAMAI – Gestión en otras Corporaciones), el recurso se interpuso oportunamente el 11 de noviembre de 202 5 (índice 105 SAMAI – Gestión en otras Corporaciones).2

Expediente: 18001-23-31-000-2010-00086-02 (74.015)

Actor: Fondo de Capital Privado Cattleya

Ejecutivo– CPACA

3°) Reconócese personería jurídica a la abogada Laura Daniela Ávila Ávila para actuar como apoderada judicial de la Fiscalía General de la Nación en los términos del poder a ella conferido (índice 105 SAMAI de la primera instancia4).

4°) Reconócese personería jurídica a l abogado Luis Enrique Herrera Mesa para actuar como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder a él conferido (índice 106 SAMAI de la primera instancia5).

5°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para pronunciarse sobre lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado

5°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para pronunciarse sobre lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservació n y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.

4 Archivo: “46_MemorialWeb_Otro-RADICARApelacionco(.pdf)”. 5 Archivo: “48_MemorialWeb_PeticiOn-181PoderEjecutivo(.pdf)”.

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