CE - Auto interlocutorio 18001233100020100008602
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 18001233100020100008602
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B
Bogotá DC, diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiséis (2026).
Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 18001-23-31-000-2010-00086-02 (74.015)
Demandante: FONDO DE CAPITAL PRIVADO CATTLEYA –
COMPARTIMENTO 1 ADMINISTRADO POR LA
SOCIEDAD AVAL FIDUCIARIA Demandado: NACIÓNFISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Medio de control: EJECUTIVO – CPACA
Asunto: ADMISIÓN RECURSO DE APELACIÓN Y
RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA PARA
ACTUAR
En atención al recurso apelación1 interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia2 proferida el 14 de octubre de 202 5 por el Tribunal Administrativo d el Caquetá dispónese3:
1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011 modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admítese el recurso de apelación presentado por la parte ejecutada en contra de la sentencia proferida el 14 de octubre de 2025.
2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
1 Archivo: “ 46_MemorialWeb_Otro-RADICARApelacionco(.pdf)”. Índice 105 SAMAI – Gestión en otras corporaciones. 2 Archivo: “Sentenciaprimerainstancia(.pdf)”. Índice 100 SAMAI – Gestión en otras corporaciones. 3 Notificada electrónicamente el 10 de noviembre de 202 5 (índice 104 SAMAI – Gestión en otras Corporaciones), el recurso se interpuso oportunamente el 11 de noviembre de 202 5 (índice 105 SAMAI – Gestión en otras Corporaciones).2
Expediente: 18001-23-31-000-2010-00086-02 (74.015)
Actor: Fondo de Capital Privado Cattleya
Ejecutivo– CPACA
3°) Reconócese personería jurídica a la abogada Laura Daniela Ávila Ávila para actuar como apoderada judicial de la Fiscalía General de la Nación en los términos del poder a ella conferido (índice 105 SAMAI de la primera instancia4).
4°) Reconócese personería jurídica a l abogado Luis Enrique Herrera Mesa para actuar como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder a él conferido (índice 106 SAMAI de la primera instancia5).
5°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para pronunciarse sobre lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Magistrado
5°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para pronunciarse sobre lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Magistrado (Firmado electrónicamente)
Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservació n y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.
4 Archivo: “46_MemorialWeb_Otro-RADICARApelacionco(.pdf)”. 5 Archivo: “48_MemorialWeb_PeticiOn-181PoderEjecutivo(.pdf)”.