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CE - Auto interlocutorio 25000234100020210003001 de 2025

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 25000234100020210003001 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

Radicación: 25000 23 41 000 2021 00030 01

Demandante: Alimentos Spress S.A.S.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá D.C., dos (2) de julio de dos mil veinticinco (2025)

Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 25000 23 41 000 2021 00030 01

Demandante: ALIMENTOS SPRESS S.A.S.

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Tema: Admite recurso de apelación contra sentencia

AUTO

El despacho resuelve sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto y sustentado por Alimentos Spress S.A.S. mediante memorial del 8 de noviembre de 20241 contra la sentencia de 17 de octubre de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, por medio de la cual denegó las pretensiones de la demanda del asunto2, la cual fue notificada mediante mensaje de datos el 25 de octubre de 20243.

Se observa que el recurso cumple con los requisitos establecidos en el artículo 247 del CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de

2021. En consecuencia, el despacho lo admitirá.

Ahora bien, en virtud de lo dispuesto en el numeral 5º del referido artículo

artículo 247 del CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de

2021. En consecuencia, el despacho lo admitirá.

Ahora bien, en virtud de lo dispuesto en el numeral 5º del referido artículo 247, y comoquiera que en el recurso de alzada no fueron solicitadas pruebas que deban ser decretadas y practicadas, el despacho prescindirá del traslado para alegar de conclusión y ordenará a la Secretaría de esta Sección que, una vez se encuentre en firme esta providencia , remita el expediente al despacho para proferir fallo de segunda instancia.

1 Índices 50 del expediente de primera instancia en SAMAI. 2 Índice 46 ibidem. 3 Índice 49 ibidem.Radicación: 25000 23 41 000 2021 00030 01

Demandante: Alimentos Spress S.A.S.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2

Por lo tanto, este despacho,

RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por Alimentos Spress S.A.S contra la sentencia de 17 de octubre de 2024, dictada por

el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B.

SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría de esta Sección que, una vez en firme esta providencia, remita el expediente al despacho para proveer.

TERCERO: NOTIFICAR personalmente esta providencia al delegado del Ministerio Público ante esta corporación, en virtud de lo previsto en el numeral 3º del artículo 198 del CPACA.

TERCERO: NOTIFICAR personalmente esta providencia al delegado del Ministerio Público ante esta corporación, en virtud de lo previsto en el numeral 3º del artículo 198 del CPACA.

Notifíquese y cúmplase,

OSWALDO GIRALDO LÓPEZ

Consejero de Estado

CONSTANCIA: Esta providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado que lo suscribe en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad y conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.

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