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CE - Auto interlocutorio 63001233300020220008201

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 63001233300020220008201
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B

Bogotá DC, diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiséis (2026).

Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 63001-23-33-000-2022-00082-01 (73.972)

Demandante: DISTRIMETANO DE COLOMBIA LTDA Y OTRO

Demandado: MUNICIPIO DE ARMENIA (QUINDÍO)

Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA – APELACIÓN DE SENTENCIA

Asunto: ADMISIÓN DE RECURSOS DE APELACIÓN

En atención a los recursos de apelación interpuestos1 por la parte actora Inversiones Garcar SAS y Distrimetano de Colombia LTDA en liquidación judicial (índice s 103 y 104 SAMAI Tribunal) contra la sentencia proferida el 3 de octubre de 20242 por el Tribunal Administrativo del Quindío (índice 96 SAMAI ibidem) dispónese:

1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011 modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admítense los recursos de apelación presentados por Inversiones Garcar SAS y Distrimetano de Colombia LTDA en liquidación judicial en contra de la sentencia proferida el 3 de octubre de 2024.

2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

de 2024.

2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

3°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservació n y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.

1 Los días 2 y 3 de diciembre de 2025 por ambos demandantes (archivos 128 y 130 de los índices 103 y 104 SAMAI Tribunal, respectivamente). 2 Notificada el 18 de noviembre de 2025 (índice 102 SAMAI Tribunal).

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