CE - Auto interlocutorio 68001233300020230014601 de 2026
Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 68001233300020230014601 de 2026
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
Radicación: 68001-23-33-000-2023-00146-01 (75054)
Demandante: S.B.C. Ingeniería S.A.S.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado ponente: DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA
Bogotá D. C., primero (1°) de octubre de dos mil veintiséis (2026)
Referencia: Controversias contractuales – Ley 1437 de 2011
Radicación: 68001-23-33-000-2023-00146-01 (75054)
Demandante: S.B.C. Ingeniería S.A.S.
Demandados: Municipio de Guapotá y Unidad Nacional para la Gestión del
Riesgo de Desastres
AUTO1
1. El 20 de noviembre de 2025 2, el Tribunal Administrativo de Santander dictó sentencia de primera instancia, mediante la cual accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. La providencia fue notificada por medio de correo electrónico enviado el 12 de diciembre de 20253.
2. El 18 de diciembre de 2025 4, el apoderado del Municipio de Guapotá interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia.
3. El 18 de diciembre de 20255, la apoderada de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres interpuso recurso de apelación contra la providencia de primera instancia.
4. Mediante auto de 12 de agosto de 20266, el Tribunal Administrativo de Santander concedió los recursos de apelación interpuestos por las entidades demandadas.
primera instancia.
4. Mediante auto de 12 de agosto de 20266, el Tribunal Administrativo de Santander concedió los recursos de apelación interpuestos por las entidades demandadas.
5. En atención a lo anterior y teniendo en cuenta que la cuantía del proceso7 excede los 500 SMLMV8 y que los recursos fueron debidamente sustentados, el despacho
1 Admite recursos de apelación en contra de sentencia. 2 Índice 90 de Samai del tribunal. 3 Índice 92 de Samai del tribunal. 4 Índice 94 de Samai del tribunal. 5 Índice 95 de Samai del tribunal. 6 Índice 105 de Samai del tribunal. 7 Corresponde a mil doscientos setenta y cinco millones cuatrocientos veinte mil doscientos veintitrés pesos ($1.275.420.223,00). 8 Equivalentes en 2023, fecha de presentación de la demanda, a quinientos ochenta millones de pesos ($580.000.000,00).Radicación: 68001-23-33-000-2023-00146-01 (75054)
Demandante: S.B.C. Ingeniería S.A.S.
RESUELVE
PRIMERO: ADMÍTENSE los recursos de apelación interpuestos por el Municipio de Guapotá y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres contra la sentencia de 20 de noviembre de 2025 dictada por el Tribunal Administrativo de
Santander.
SEGUNDO: Por Secretaría, INFÓRMESE a los sujetos procesales el procedimiento para registrarse en la plataforma Samai con el objeto de garantizar su acceso al momento de un eventual traslado para alegar de conclusión.
Santander.
SEGUNDO: Por Secretaría, INFÓRMESE a los sujetos procesales el procedimiento para registrarse en la plataforma Samai con el objeto de garantizar su acceso al momento de un eventual traslado para alegar de conclusión.
TERCERO: La presente providencia será notificada mediante estado electrónico, en atención a lo dispuesto por el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.
CUARTO: NOTIFÍQUESE personalmente esta providencia al Ministerio Público conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 199 del CPACA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Firmado electrónicamente
DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA
Magistrado