🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - Auto interlocutorio 73001233300020210010802 de 2025

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - Auto interlocutorio 73001233300020210010802 de 2025
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN

Bogotá D.C., treinta (30) de enero de dos mil veinticinco (2025)

RADICACIÓN: 73001233300020210010802 (72182)

DEMANDANTE: MARÍA STELLA RAMOS RUBIO Y OTROS

DEMANDADO: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO

Encontrándose el proceso para resolver el recurso de queja interpuesto por la apoderada de la Fiscalía General de la Nación en contra del auto proferido el 24 de septiembre de 2024, por medio del cual el Tribunal Administrativo del Tolima rechazó el recurso de apelación interpuesto frente al auto del 6 de agosto de 2024, que aprobó la liquidación del crédito; advierte el Despacho su falta de competencia para conocer del presente asunto.

El artículo 298 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Co ntencioso Administrativo, modificado por el artículo 80 de la Ley 2080 de 2021, establece el factor de conexidad, en el entendido que la competencia para conocer del proceso ejecutivo radica en el juez o magistrado que profirió la sentencia que funge como título ejecutivo.

En el caso concreto, el título base de ejecución es la sentencia de segunda instancia proferida el 30 de marzo de 2016 dentro de la radicación No. 73001-23-31-000título ejecutivo.

En el caso concreto, el título base de ejecución es la sentencia de segunda instancia proferida el 30 de marzo de 2016 dentro de la radicación No. 73001-23-31-0002008-00648-01(38681), por la Subsección A de la Sección Tercera del Consej o de Estado, bajo la ponencia de la Dra. Marta Nubia Velásquez Rico; en consecuencia, el proceso deberá ser remitido al despacho del Dr. Fernando Alexei Pardo Flórez, quien reemplazó a la magistrada ponente del fallo aducido como título ejecutivo.

Por lo expuesto se,2

Radicación: 73001233300020210010802 (72182)

Demandante: María Stella Ramos Rubio y otros

Demandados: Nación-Fiscalía General de la Nación

Referencia: Proceso ejecutivo

RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR la falta de competencia para conocer del presente proceso.

SEGUNDO: Por Secretaría, REMITIR el expediente al Despacho del Magistrado Dr.

Fernando Alexei Pardo Flórez, en atención a que el tít ulo base de ejecución corresponde a la sentencia de segunda instancia proferida el 30 de marzo de 2016 dentro de la radicación No. 73001-23-31-000-2008-00648-01(38681), por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia de quien para esa época era la titular de ese Despacho.

Se deja constancia que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el enlace:

Se deja constancia que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente

MARÍA ADRIANA MARÍN

Magistrada

Consultar sobre este documento ...