CE - Auto interlocutorio 76001233300020240033001 de 2025
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - Auto interlocutorio 76001233300020240033001 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B
Bogotá DC, veinticinco (25) de junio de dos mil veinticinco (2025).
Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 76001-23-33-000-2024-00330-01 (72.913)
Actor: SEGUROS DEL ESTADO SA
Demandado: EMPRESA DE TRANSPORTE MASIVO DE CALI SA
(METROCALI SA) Medio de control: CONTROVERSIAS CONTRACTUALES – CPACA
Asunto: ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
En atención al recurso de apelación interpuesto oportunamente1 por la parte demandada en contra de la sentencia proferida el 27 de febrero de 202 5 por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca (índice 42 SAMAI de la primera instancia) dispónese:
1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011, modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admítese el recurso de apelación presentado por la Empresa de Transporte Masivo de Cali SA e n contra de la sentencia proferida el 27 de febrero de 2025.
2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 de la Ley 1437 de 2011.
3°) Reconócese personería jurídica al abogado Carlos Andrés Heredia Fernández
dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 de la Ley 1437 de 2011.
3°) Reconócese personería jurídica al abogado Carlos Andrés Heredia Fernández para actuar como apoderado judicial de la parte demandada en los términos del poder conferido (índice 22 SAMAI de la primera instancia).
1 La sentencia se notificó mediante correo electrónico el 3 de marzo de 2025 (índice 44 SAMAI de la primera instancia); el recurso de apelación se interpuso el 14 de los mismos mes y año.2
Expediente: 76001-23-33-000-2024-00330-01 (72.913) Actor: Seguros del Estado SA Controversias contractuales – CPACA Admisión del recurso de apelación
4°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Magistrado (Firmado electrónicamente)
Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.