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CE-SEC2-EXP1985-N1074

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SEC2-EXP1985-N1074
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1985

ACTAS DE LAS CORPORACIONES. ¿SON ACTOS ADMINISTRATIVOS? - Las actas en sí no son actos administrativos sino apenas el relato de lo acontecido en las sesiones de las Corporaciones y, por tanto, ciertamente, no son demandables. Lo son, sí, las decisiones adoptadas por dichas entidades, y de las cuales se encuentre constancia en las actas. CONCEJOS MUNICIPALES. - Demanda de sus actos administrativos cuando la instalación y funcionamiento no han sido válidos. ¿COMO DEBE DEMANDARSE? DEMANDA DE LA

INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO. Y DE TODOS LOS DEMAS

ACTOS PROFERIDOS POR LA CORPORACION.

Del contexto de la demanda se deduce que el fundamento básico para solicitar la anulación de los actos producidos por e según Concejo Municipal de "El Charco", en el de que su instalación y funcionamiento no son válidos debido a que ya venía laborando con otra mesa directiva. Con todo, el actor no demandó la instalación y funcionamiento del segundo Cabildo que es el acto esencial y principal para la prosperidad de la acción y la declaratoria de nulidad del mismo y de todos los demás actos proferidos por esa Corporación, sino que únicamente impugnó los realizados con posterioridad a su instalación, es decir, los secundarios, pero no el principal. Bastaba, pues, enjuiciar este último, o sea, el de instalación, para que en el caso de que prosperara la nulidad solicitada, se produjera, a la vez, la de todos los actos expedidos por el segundo Concejo Municipal de "El Charco". Pero como se demandaron los otros actos, sin incluir el de instalación, no sería posible para la Sala, acceder a la declaratoria de nulidad, porque,

precisamente, la base para el cuestionamiento de tales actos es la existencia de una Corporación por fuera de la ley. (Auto de abril 20 de 1985. Sección segunda. Consejero ponente: Doctor Alvaro Orejuela Gómez. Expediente 1074. Actor: Dimas Lara Prado)

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