CE-SEC4-429-EXP1983-N10480
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SEC4-429-EXP1983-N10480
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1983
LA ADMINISTRACION COMO DEMANDANTE – Acción / ACCION DE
LESIVIDAD – Trámite
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION CUARTA Consejero ponente: BERNARDO ORTIZ AMAYA Bogotá, D.E., dieciséis (16) mayo (05) de mil novecientos ochenta y tres (1983)
Radicación número: Actor: CARLOS OCTAVIO RODRIGUEZ VASQUEZ Demandado: Referencia: expediente 10480
Por hallarse ajustada a derecho, admítese la demanda formulada por el señor Fiscal 3°. doctor Carlos Octavio Rodríguez Vásquez, quien con fundamento en el artículo 72 del Código Contencioso Administrativo pretende obtener la declaratoria de nulidad de la Resolución No. 108 de diciembre 7 de 1982, dictada por la Sección de Auditoría Interna de Impuestos sobre las Ventas de la Administración de Impuestos Nacionales de Cúcuta. Cabe solamente advertir que este tipo de acciones corresponden a las de nulidad o de "lesividad" y no de plena jurisdicción como lo pretende el memorialista, pues así lo dispone y prevé el mismo artículo en que ella se funda; y por lo tanto su trámite será el ordinario de nulidad.
En consecuencia se ordena: Notificar al señor agente del ministerio público.
Comunicar la admisión de la demanda al señor Director General de Impuestos Nacionales. Fijar en lista el presente negocio por el término de cinco (5) días, para que el ministerio público, el demandante o las personas que quieran coadyuvar o impugnar la acción puedan solicitar la práctica de pruebas y hacer valer los demás
derechos que la ley les otorga. Notifíquese personalmente a la señora Carmen Nydia García de Sierra beneficiaría de la resolución acusada. Copíese y notifíquese.