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CE-SEC4-EXP1985-N0638

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SEC4-EXP1985-N0638
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1985

RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACION. LEY SUSTANTIVA EN MATERIA TRIBUTARIA. - Contrasta con el concepto de ley sustancial, el de ley procedimental, aquella que se refiere a las ritualidades y a los términos para interponer recursos, a los requisitos formales en los trámites administrativos o jurisdiccionales. En el asunto de autos salta a la vista que los argumentos de la recurrente se refieren todos a una presunta violación de la ley procedimental y no de la ley sustantiva El recurso extraordinario de anulación no es una instancia más. Es un recurso excepcional que procede únicamente en las condiciones y con los requisitos que establece el nuevo Código Contencioso Administrativo. Como éste lo limita a los casos en que se sostiene que hubo violación de la ley sustantivo y no lo abre para aquellos en los que se ataca una violación de la ley procedimental, como es el de autos, es natural que éste no está llamado a prosperar. (Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. Sentencia de junio 28 de 1985. Consejero ponente: Doctor Enrique Low Murtra. Expediente

0638. Demandante: Administración de Impuestos Nacionales de Tunja contra

José Martiniano Ortegón H.).

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