CE-SEC5-EXP1994-N1105
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SEC5-EXP1994-N1105
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
PROCESO ELECTORAL - Improcedencia de acumulación / ACUMULACIÓN DE PROCESOS - Improcedencia / REPRESENTANTE A LA CÁMARAInhabilidad personal / ACTO DE ELECCIÓN GENERAL Aunque ambos procesos se adelantan en razón de la acción electoral ejercida contra las elecciones llevadas a cabo para Cámara de Representantes el 13 de marzo de 1994, por la circunscripción electoral del Departamento del Amazonas, lo cierto es que el primero se refiere concretamente a la elección de Juan Silva Haad con base en una inhabilidad de tipo personal, que lógicamente solo tiene que ver con dicho candidato y sin que perjudique a los demás elegidos por esa circunscripción, mientras que el segundo hace referencia al acto de elección en general respecto a ese Departamento y con base en motivos relacionados con irregularidades en los escrutinios. Para evitar decisiones contradictorias del fallo que se profiera en cada uno de esos procesos, envíese copia al otro.
FUENTE FORMAL: CONSTITUCIÓN POLÍTICA – ARTÍCULO 179 NUMERAL 3
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Consejero ponente: LUIS EDUARDO JARAMILLO MEJÍA
Santafé de Bogotá, D.C., veintiuno (21) de julio de mil novecientos noventa y cuatro (1994) Radicación número: 1105
Actor: DILMA DEL SOCORRO CASTRO CARBAL
Demandado: JUAN JOSE SILVA HAAD - REPRESENTANTE A LA CÁMARA POR EL DEPARTAMENTO DEL AMAZONAS Según el informe secretarial que antecede, cursan en esta sección, dos (2)
procesos electorales contra los actos contenidos en las actas de escrutinio general y parcial fechadas el 17 de marzo de 1994, por medio de los cuales la comisión Escrutadora Departamental del Amazonas, declaró la elección de los Representantes a la Cámara por ese Departamento para el período 1994-1998 y en especial del señor JUAN JOSE SILVA HAAD.
Los procesos referidos son: 1.-) El contenido en el expediente No.1105 promovido por la señora DILMA DEL SOCORRO CASTRO CARBAL, actuando en nombre propio, en el que solicita la nulidad del acto señalado en el párrafo anterior, pero en relación exclusivamente con la elección de JUAN JOSE SILVA HAAD, fundada en que dicho señor estaba inhabilitado para ser elegido Representante a la Cámara por el Amazonas, de conformidad con el numeral 3º del artículo 179 de la C.N., PORQUE DENTRO DE LOS SEIS (6) meses anteriores al 13 de marzo de 1994, presto servicios médicos profesionales remunerados y contrató con diferentes entidades públicas que funcionan en ese Departamento.
Dicho proceso cursa en el Despacho de la doctora MIREN DE LOMBANA DE
MAGYAROFF.
De lo anotado antes puede concluirse que aunque ambos procesos se adelantan en razón de la acción electoral ejercida contra las elecciones llevadas a cabo para Cámara de Representantes el 13 de marzo de 1994, por la circunscripción Electoral del Departamento del Amazonas, lo cierto es que el primero se refiere concretamente a la elección de JUAN JOSE SILVA HAAD con base en una inhabilidad de tipo personal, que lógicamente solo tiene que ver con dicho
candidato y sin que perjudique a los demás elegidos por esa circunscripción, mientras que el segundo hace referencia al acto de elección en general respecto a ese Departamento y con base en motivos relacionados con irregularidades en los escrutinios. Para evitar decisiones contradictorias del fallo que se profiera en cada uno e los procesos, envíese copia al otro. Por lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección quinta, RESUELVE No decretar la acumulación de los procesos mencionados en esta providencia. Devuélvase el proceso contenido en el expediente No 1106 al Despacho de la magistrada que venía conociendo del mismo.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
Esta providencia fue leída, discutida y aprobada por la sala en su sesión de la fecha.
MIREN DE LOMBANA DE MAGYAROFF
Presidente
AMADO GUTIERREZ VELASQUEZ
LUIS EDUARDO JARAMILLO MEJIA MIGUEL VIANA PATIÑO
OCTAVIO GALINDO CARRILLO
Secretario