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CE-SECCION CUARTA-11001-03-27-000-2008-00041-00(17442)-2009

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION CUARTA-11001-03-27-000-2008-00041-00(17442)-2009
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2009

NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 5532 DE 2008 (24 de junio) DIAN – NO

SUSPENDIDA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejero Ponente: HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ

Bogotá D.C., diez (10) de septiembre de dos mil nueve (2009).

Radicación número: 11001-03-27-000-2008-00041-00(17442)

Actor: HELBERT GUERRERO FAJARDO Y OTRO

Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

AUTO. Helbert Guerrero Fajardo y Felipe Mateus Ramírez demandaron la nulidad parcial de la Resolución 5532 de 24 de junio de 2008, expedida por la DIAN, por la cual se modifica y adiciona la resolución 4240 de 2000, en relación con exigir certificación de autoridad ambiental competente para proyectos de establecimiento de zona franca. Como la demanda cumple con los requisitos exigidos por los artículos 137 a 142 del Código Contencioso Administrativo, el Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sala Unitaria,

RESUELVE

1. Admítese la demanda presentada por Helbert Guerrero Fajardo y Felipe

Mateus Ramírez.

2. Notifíquese personalmente a la DIAN, o a sus delegados para recibir notificaciones, y al Agente del Ministerio Público.

3. Fíjese en lista por el término de diez (10) días, término dentro del cual la parte demandada podrá contestar la demanda, proponer excepciones, solicitar pruebas, y los terceros intervinientes impugnarla o coadyuvarla, de conformidad

con lo establecido en el artículo 146 [1] del Código Contencioso Administrativo (modif. art.48 de la Ley 446 de 1998).

5. Solicítese a la DIAN, para que en el término de cinco (5) días, remita con destino a este proceso los antecedentes administrativos, si los hubiere.

Cópiese, notifíquese y cúmplase.

HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ

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