CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2006-00677-01(16699)-2007
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2006-00677-01(16699)-2007
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2007
CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA TRIBUTARIA - Procede con los requisitos del artículo 54 de la ley 1111 de 2006 / MAYOR IMPUESTO DISCUTIDO - Se debe acreditar su pago para efectos de la Conciliación de la Ley 1111 de 2006 / ACTA DE CONCILIACION TRIBUTARIA - Junto con sus anexos prestan mérito ejecutivo y hacen tránsito a cosa juzgada / NOTIFICACION POR ESTRADOS - Es la forma de notificar el acuerdo conciliatorio de la Ley 1111 de 2006 / IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - El monto controvertido es susceptible de conciliarse en cuanto a sanciones e intereses El impuesto discutido corresponde al Impuesto sobre las Ventas por el primer bimestre del año 2003, por tanto la conciliación se realizó sobre la totalidad de los intereses y las sanciones impuestas así: El contribuyente acredita el pago del 100% del mayor impuesto discutido, por un valor de $416.546.000, tal como se observa a folio 227; se realizó declaración del impuesto sobre las ventas correspondientes al año 2006, documentos que obran a folios 214 a 224. La Consejera Ponente LIGIA LÓPEZ DÍAZ concede la palabra a los señores Consejeros JUAN ÁNGEL PALACIO HINCAPIÉ, HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ y MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA, quienes manifiestan su aprobación al acuerdo conciliatorio. La doctora CLAUDIA MARÍA RAMÍREZ GALINDO, Procuradora Sexta Delegada ante el Consejo de Estado, señala que el artículo 54 de la Ley
1111 de 2006 y el artículo 4 del Decreto 344 de 2007, autorizan la conciliación contencioso administrativa tributaria. Los apoderados de las partes presentaron conjuntamente fórmula conciliatoria, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que se adelanta ante esta Corporación contra los actos oficiales de determinación del impuesto sobre las ventas del primer bimestre de 2003 de la sociedad actora, el cual está pendiente de sentencia definitiva, y verificado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas señaladas, considera que es procedente el acuerdo conciliatorio y adjunta su concepto escrito. En estas condiciones, la Sala aprueba el acuerdo conciliatorio. Esta decisión se notifica por estrados a las partes. Conforme al artículo 54 de la Ley 1111 de 2006 en concordancia con los artículos 828 y 829 del Estatuto Tributario, esta acta y sus anexos prestan mérito ejecutivo y la decisión adoptada hace tránsito a cosa juzgada. Se ordena por la Ponente expedir sendas copias del acta de conciliación con destino a las partes y al Ministerio Público.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION CUARTA
ACTA DE AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN N° 59
(Art. 54 Ley 1111 de 2006) Consejero ponente: LIGIA LOPEZ DIAZ Radicación número: 25000-23-27-000-2006-00677-01(16699)
Actor: ALFAGRES S.A.
Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN
2 ACTA DE CONCILIACIÓN No 59 celebrada el 21 de noviembre de 2007 Proceso No. 16699 _______________________________________________________________________________ En la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, a los veintiún (21) días del mes de noviembre de dos mil siete (2007), siendo las 9:30 AM, día y hora señalados mediante auto de 13 de noviembre de 2007 y en atención a la solicitud presentada en forma conjunta por los apoderados de las partes, actora y opositora, relativa a la aprobación del acuerdo conciliatorio suscrito entre ellas conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley 1111 de 2006 y su Decreto Reglamentario 344 de 2007, en la Sala de Sesiones de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de esta Corporación, se reunieron los Consejeros: JUAN ÁNGEL PALACIO HINCAPIÉ, Presidente de la Sala, HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ, MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA y LIGIA LÓPEZ DÍAZ, Magistrada Ponente y el Doctor RAÚL GIRALDO LONDOÑO, Secretario de la Sección, con el fin de celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN solicitada por las partes en el proceso de la referencia. Se hicieron presentes, además, la Representante del Ministerio Público, Doctora CLAUDIA MARÍA RAMÍREZ GALINDO, Procuradora sexta (6ta) Delegada ante el Consejo de Estado; como PARTE DEMANDANTE: ALFAGRES S.A., representada por el doctor VICENTE AMAYA MANTILLA, a quien se le reconoce personería para actuar según poder que
obra a folio 1 y como PARTE DEMANDADA : U. A. E. – DIAN, representada por el doctor ANTONIO GRANADOS CARDONA, igualmente con facultades para conciliar según poder que obra a folio 196 y a quien también se le reconoce personería. Declarada abierta la audiencia, la Consejera Ponente concede el uso de la palabra a cada una de las partes quienes ratifican el acuerdo conciliatorio presentado el 31 de julio de 2007 ante esta Corporación y el contenido del Acta No. 062 del 27 de julio de 2007 del Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la Administración de Impuestos Nacionales, documentos que obran a folios 192 a 211 del expediente, los cuales para estos efectos forman parte integral de esta acta y para lo cual se reunieron los siguientes requisitos: - El impuesto discutido corresponde al Impuesto sobre las Ventas por el primer bimestre del año 2003, por tanto la conciliación se realizó sobre la totalidad de los intereses y las sanciones impuestas así: - 3 ACTA DE CONCILIACIÓN No 59 celebrada el 21 de noviembre de 2007 Proceso No. 16699 _______________________________________________________________________________ Intereses $395.362.000 Sanciones $666.473.000 $1.061.835.000 Valor Conciliado $ 1.061.835.000 El contribuyente acredita el pago del 100% del mayor impuesto discutido, por un valor de $416.546.000, tal como se observa a folio 227; se realizó declaración del impuesto sobre las ventas correspondientes al año 2006, documentos que obran a folios 214 a 224. La Consejera Ponente LIGIA LÓPEZ DÍAZ concede la palabra a los señores Consejeros JUAN ÁNGEL
PALACIO HINCAPIÉ, HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ y MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA, quienes manifiestan su aprobación al acuerdo conciliatorio. La doctora CLAUDIA MARÍA RAMÍREZ GALINDO, Procuradora Sexta Delegada ante el Consejo de Estado, señala que el artículo 54 de la Ley 1111 de 2006 y el artículo 4 del Decreto 344 de 2007, autorizan la conciliación contencioso administrativa tributaria. Los apoderados de las partes presentaron conjuntamente fórmula conciliatoria, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que se adelanta ante esta Corporación contra los actos oficiales de determinación del impuesto sobre las ventas del primer bimestre de 2003 de la sociedad actora, el cual está pendiente de sentencia definitiva, y verificado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas señaladas, considera que es procedente el acuerdo conciliatorio y adjunta su concepto escrito. En estas condiciones, la Sala aprueba el acuerdo conciliatorio. Esta decisión se notifica por estrados a las partes. Conforme al artículo 54 de la Ley 1111 de 2006 en concordancia con los artículos 828 y 829 del Estatuto Tributario, esta acta y sus anexos prestan mérito ejecutivo y la decisión adoptada hace tránsito a cosa juzgada. Se ordena por la Ponente expedir sendas copias del acta de conciliación con destino a las partes y al Ministerio Público. No siendo más el objeto de la diligencia se cierra y se da por terminada a las 9:45 A.M y se suscribe por quienes intervinieron, luego
de leída y aprobada. 4 ACTA DE CONCILIACIÓN No 59 celebrada el 21 de noviembre de 2007 Proceso No. 16699 _______________________________________________________________________________ Cópiese, devuélvase al Tribunal de origen o archívese el expediente, según sea el caso, Cúmplase.
JUAN ÁNGEL PALACIO HINCAPIÉ LIGIA LÓPEZ DÍAZ
Presidente
MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ
LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO,
CLAUDIA MARÍA RAMÍREZ GALINDO
Procuradora Sexta Delegada ante el Consejo de Estado
LAS PARTES ,
VICENTE AMAYA MANTILLA
Apoderado de ALFAGRES S.A 5 ACTA DE CONCILIACIÓN No 59 celebrada el 21 de noviembre de 2007 Proceso No. 16699 _______________________________________________________________________________
ANTONIO GRANADOS CARDONA
Apoderado de U. A. E. - DIAN
RAÚL GIRALDO LONDOÑO
Secretario 6 ACTA DE CONCILIACIÓN No 60 celebrada el 21 de noviembre de 2007 Proceso No. 16408 __________________________________________________________________________ _____