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CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2010-00128-01(21641)-2017

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2010-00128-01(21641)-2017
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

AUTO PARA MEJOR PROVEER – Prueba oficiosa Encontrándose el proceso de la referencia para dictar sentencia, la Sala considera necesario para establecer la contienda, OFICIAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios con el fin de que allegue los estados financieros que fueron reportados por TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. para liquidar la contribución especial prevista en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, correspondiente a la vigencia 2009.

FUENTE FORMAL: DECRETO 01 DE 1984 – ARTICULO 169

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Consejero ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Bogotá D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017) Radicación número: 23000-23-27-000-2010-00128-01(21641)

Actor: TERMOBARRANQUILLA S. A. E. S. P.

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS

DOMICILIARIOS AUTO Encontrándose el proceso de la referencia para dictar sentencia, la Sala considera necesario para establecer la contienda1, OFICIAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios con el fin de que allegue los estados financieros que fueron reportados por TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. para liquidar la contribución especial prevista en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, correspondiente a la vigencia 2009.

Término: diez (10) días.

Notifíquese y cúmplase. La anterior providencia fue estudiada y aprobada en la sesión de la fecha. 1 Art. 169 CCA.

STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO MILTON CHAVES GARCÍA Presidenta de la Sección

JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ

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