CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2010-00128-01(21641)-2017
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION CUARTA-25000-23-27-000-2010-00128-01(21641)-2017
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
AUTO PARA MEJOR PROVEER – Prueba oficiosa Encontrándose el proceso de la referencia para dictar sentencia, la Sala considera necesario para establecer la contienda, OFICIAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios con el fin de que allegue los estados financieros que fueron reportados por TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. para liquidar la contribución especial prevista en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, correspondiente a la vigencia 2009.
FUENTE FORMAL: DECRETO 01 DE 1984 – ARTICULO 169
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejero ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO
Bogotá D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017) Radicación número: 23000-23-27-000-2010-00128-01(21641)
Actor: TERMOBARRANQUILLA S. A. E. S. P.
Demandado: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS AUTO Encontrándose el proceso de la referencia para dictar sentencia, la Sala considera necesario para establecer la contienda1, OFICIAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios con el fin de que allegue los estados financieros que fueron reportados por TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. para liquidar la contribución especial prevista en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, correspondiente a la vigencia 2009.
Término: diez (10) días.
Notifíquese y cúmplase. La anterior providencia fue estudiada y aprobada en la sesión de la fecha. 1 Art. 169 CCA.