CE-SECCION CUARTA-25000-23-37-000-2014-00015-01(22940)-2018
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION CUARTA-25000-23-37-000-2014-00015-01(22940)-2018
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
HECHO GENERADOR DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRA PÚBLICA – Elemento material y subjetivo / HECHO GENERADOR DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRA PÚBLICA – Régimen jurídico de la entidad pública contratante. No es un factor determinante para establecer si se genera o no la contribución / CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA – Elementos. Reiteración de jurisprudencia /
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS
NATURALES – Normativa aplicable / CONTRIBUCIÓN DE OBRA PÚBLICA SOBRE CONTRATOS RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES – Exclusión. La celebración y suscripción de esta clase de contratos no genera la contribución por que se enmarcan dentro de la excepción prevista en el artículo 76 de la Ley 80 de 1993 / CONDENA EN COSTAS – Improcedencia por falta de prueba de su causación En torno a la contribución de obra pública consagrada en el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, en providencia de 14 de agosto de 2013, la Sección precisó lo siguiente (…) El texto del artículo 6º de la Ley 1106 del 2006 permite identificar claramente los elementos esenciales de la contribución especial, como tributo a cargo de las personas naturales o jurídicas en general (sujetos pasivos); originado tanto por la suscripción de los contratos de obra pública y de concesión para la construcción, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación, terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales, con
entidades de derecho público, quienes actúan como agentes de retención del tributo, como por la adición del valor de los contratos existentes (hecho generador); y a favor de la Nación, Departamento o Municipio según el nivel de la entidad pública contratante (sujeto activo), y con una tarifa del 5% del valor del respectivo contrato o adición o del 2.5 por mil en el caso específico de las concesiones. Tratándose del hecho generador de la contribución, es claro que se compone de un elemento material, asociado, se repite, a la suscripción de todos los contratos de obra pública y de concesión para la construcción, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación, terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales, y a la adición del valor de los contratos existentes; y de un elemento subjetivo, en cuanto no vale cualquier tipo de suscripción o celebración, sino que se requiere que ella se haga sobre contratos celebrados con “entidades de derecho público”. La determinación del hecho generador se sirve, sin duda alguna, del claro entendimiento de los elementos mencionados. Sobre el primero de ellos, basta con remitirnos al Estatuto General de Contratación Pública, contenido en la Ley 80 de 1993, comoquiera que dicho cuerpo normativo dispone las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales, expresamente definidos como “actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad” (arts. 1 y 32). En ese contexto, el artículo 32 del
mencionado estatuto se refirió a los contratos de obra como especie de los contratos estatales y los definió (…) Desde esa vista legal que es la que corresponde tener en cuenta por su especialidad, la expresión contratos de obra pública no ofrece ningún reparo para aplicar la contribución. (…) En cuanto atañe al elemento subjetivo del hecho generador, es claro que la sujeción de la entidad contratante al Estatuto de Contratación Pública no es factor determinante del nacimiento de la obligación tributaria, porque la ley no previó la contribución especial bajo algún tipo de condicionamiento en ese sentido, ni la restringió para las entidades públicas que perteneciendo al Estado pudieran estar sujetas a regímenes especiales. Por el contrario, el referido elemento se estableció con carácter generalísimo y, por lo mismo, incluyente de todas las entidades de derecho público que celebran contratos de obra, sea cual fuere el régimen jurídico de las mismas. Conforme con lo expuesto en la providencia trascrita, el hecho generador de la contribución de contratos de obra pública se compone de un elemento material, en tanto requiere la suscripción de un contrato de obra, definido en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y, un elemento subjetivo, esto es, que sea celebrado por una entidad de derecho público, a cuyo efecto se indica que el hecho de que la entidad pública se encuentre sometida al Estatuto General de Contratación o a un régimen especial, no es un factor determinante para establecer si se genera la contribución especial. Ahora bien, frente a los contratos de exploración y explotación de los recursos naturales, el artículo 76 de la Ley 80
de 1993, prevé (…) De acuerdo con la norma trascrita, la celebración de este tipo de contratos se rige por la legislación especial aplicable (derecho privado), y las entidades encargadas de la explotación, exploración y comercialización de los recursos naturales están facultadas para expedir su reglamento interno y regular toda la actividad contractual y no sólo los contratos de exploración, explotación, o comercialización. (…) [E]n el caso, se observa que los contratos celebrados por ECOPETROL S.A. en el año 2007, objeto de los actos demandados, corresponden a obras de construcción, reparación, mantenimiento, instalación y adecuación de pozos, plantas y estaciones de Ecopetrol. La Sala advierte que la ejecución de dichos contratos se encuentra directamente ligada a la actividad de exploración, explotación y comercialización de recursos naturales no renovables (hidrocarburos) que adelanta ECOPETROL en desarrollo de su objeto social, circunstancia que los ubica dentro de los señalados en el artículo 76 de la Ley 80 de 1993, razón por la cual su celebración y suscripción no genera la contribución de obra pública. En efecto, nótese que los contratos en cuestión atañen a la recuperación ambiental de pozos, la construcción y adecuación de líneas eléctricas y alumbrado, obras civiles en las estaciones, plantas y muelles, el mantenimiento de instalaciones, tanques, tuberías y ductos, esto es, no son ajenos a las actividades de exploración, explotación y comercialización de hidrocarburos, sino que hacen parte integral y necesaria de las mismas, por lo cual
la DIAN no podía escindirlos de las mencionadas actividades para efectos de cobrar la contribución de obra pública. Así, para la Sala no es procedente la cualificación que efectuó la DIAN respecto de los contratos celebrados por ECOPETROL (obra pública), pues para tal efecto no debió circunscribirse al elemento subjetivo del hecho generador, esto es, que fuera suscrito por una entidad de derecho público, sino que le correspondía analizar que tales convenios fueron celebrados en el ámbito y desarrollo de la actividad de exploración, explotación y comercialización de recursos naturales no renovables y, por ende, no podían ser asimilados a contratos de obra pública. En consecuencia, teniendo en cuenta que en el caso los contratos suscritos por ECOPETROL corresponden a actividades directa y necesariamente relacionadas con la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, así como los concernientes a la comercialización y demás actividades comerciales e industriales, no se configura el hecho generador del tributo, por lo que se concluye que no es procedente la determinación de la contribución de obra pública efectuada por la entidad demandada en los actos acusados. (…) Finalmente, a la luz de los artículos 188 del CPACA y 365 (num. 8) del CGP, no se condenará en costas a la parte vencida en esta instancia, porque en el expediente no se encuentran pruebas que las demuestren o justifiquen.
FUENTE FORMAL: LEY 1106 DE 2006 – ARTÍCULO 6 / LEY 80 DE 1993 – ARTÍCULO 32 / LEY 80 DE 1993 – ARTÍCULO 76 / LEY 1437 DE 2011 –
ARTÍCULO – 188 / LEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 365 NUMERAL 8
NOTA DE RELATORÍA: En relación con la contribución especial de obra pública se reitera el criterio expuesto por la Sección Cuarta del Consejo de Estado en sentencias de 14 de agosto de 2013, radicado 11001-03-27-000-2011-0002500(18975), C.P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez y de 22 de febrero de 2018,
radicado 25000-23-37-000-2014-00994-01(22536), C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto NOTA DE RELATORÍA: Al presente proceso le fue acumulada la providencia radicada con el número 11001-33-37-039-2013-00103-00
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejero ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO
Bogotá D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil dieciocho (2018) Radicación número: 25000-23-37-000-2014-00015-01 (22940)
Actor: ECOPETROL S.A.
Demandado: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN FALLO La Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia del 23 de noviembre de 20161, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, que anuló los actos administrativos acusados y, a título de restablecimiento del derecho declaró que la demandante no es sujeto pasivo de la contribución de contratos de obra
Pública y, por tanto, no está obligada a pagar suma alguna por tal concepto. No condenó en costas. ANTECEDENTES El 27 de mayo de 2011, la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de los Grandes Contribuyentes expidió el oficio No. 131201241-201, a través del cual requirió a ECOPETROL S.A. para que rindiera información sobre el pago de la contribución de los contratos de obra pública, suscritos durante los años 2007 y 2008, en los siguientes términos: 1 Fls. 1992 a 2045 c.p.6. “(…) De conformidad con lo señalado en la Ley 1106 de 2006, por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y en especial lo establecido en el artículo 6º inciso 1º cuyo texto reza: “… todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante, una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición…”, en armonía con el contenido del Decreto 3461 de 2007, esa entidad se encontraba en la obligación de retener y pagar la contribución especial del 5% del valor total de los contratos de obra pública y sus respectivas adiciones, celebrados a partir de la vigencia
de la Ley. Conforme a lo anterior y de acuerdo al listado anexo de contratos y adiciones suscritos por ECOPETROL durante los años 2007 y 2008, en uso de las facultades consagradas en los artículos 684, 686 y 691 del Estatuto Tributario, le solicito suministrar dentro de los 15 días calendario siguientes al recibo de la presente comunicación, la prueba de pago de la respectiva contribución. En su defecto, sírvase rendir la explicación a la omisión de dicha obligación. (…)” El 14 de junio de 2011, Ecopetrol dio respuesta al requerimiento de información, en la cual indicó que en desarrollo de su objeto social, la compañía no ha suscrito, ni suscribe contratos de obra pública que puedan considerarse gravados con la contribución especial. La División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Impuestos de los Grandes Contribuyentes expidió las siguientes Resoluciones de Determinación de la Contribución por Contratos de Obra Pública a cargo de ECOPETROL S.A., las cuales fueron confirmadas por la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN2.
CONTRATO RESOLUCION DE RESOLUCION
DETERMINACION QUE
CONFIRMA 4014705 Resolución de Resolución No. 10/07/2007 determinación No. 900.0057 de 21 OBRAS DE REFORZAMIENTO 900079 del 23 de de agosto de SISMO RESISTENTE DE LAS julio de 2012 2013
ESTRUCTURAS METÁLICAS DE LAS
PLANTAS POLIETILENO I, Y II, DE LA GERENCIA COMPLEJO 2 Folios 104 c.p.1 a 1766 c.p.5
BARRANCABERMEJA A
REALIZARSE EN PARADA DE
PLANTA PROGRAMADA PARA EL
AÑO 2007, UBICADA EN LA CIUDAD
DE BARRANCABERMEJA,
SANTANDER, COLOMBIA. 4014541 Resolución de Resolución No. 20/06/2007 determinación No. 900.056 de 20 OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE 900074 del 18 de de agosto de LOCALIZACIONES PARA LA julio de 2012 2013
PERFORACIÓN DE POZOS
PETROLEROS Y ADECUACIÓN DE
VÍAS DE ACCESO A POZOS EN EL
CAMPO CASTILLA (CLUSTER VI)
PERTENECIENTE A LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES APIAY DE LA
GERENCIA REGIONAL CENTRAL
UBICADA EN EL DEPARTAMENTO
DEL META. 4014999 Resolución de Resolución No. 14/08/2007 determinación No. 900.058 de 22 OBRAS PARA MEJORAS FÍSICAS 900114 del 24 de de agosto de DE LA PLANTA ALISALES, EN septiembre de 2012 2013
CAMPAMENTO, COCINA, ÁREA
SOCIAL, OFICINAS, CASETA
PLANTA DE OPERACIÓN, CASETA
SALA DE MAQUINAS, TALLERES DE
MANTENIMIENTO Y CAMPAMENTO
DEL EJÉRCITO NACIONAL. 4015119 Resolución de Resolución No. 30/08/2007 determinación No. 900.059 de 22 OBRAS DE ADECUACIÓN Y 900107 del 25 de de agosto de RECUPERACÓN DE LÍNEAS PARA septiembre de 2012 2013
AGUAS ACEITOSAS EN TUBERÍA ND: 6” Y 8, API 5L – GRADO B –
SCH40 CLASE D ERW EN CAMPO
TELLO PERTENECIENTE A LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES HUILA – TOLIMA DE
ECOPETROL S.A. 4014461 Resolución de Resolución No. 12/06/2007 determinación No. 900.060 de 22 OBRAS PARA LA CONSTRUCCION 900075 de 18 de de agosto de
DE LA CELDA No 4 DEL RELLENO julio de 2012 2013
SANITARIO DE LA GERENCIA
COMPLEJO BARRANCABERMEJA
DE ECOPETROL S.A. UBICADA EN
BARRANCABERMEJA SANTANDER. 4014368 Resolución de Resolución No. 01/06/2007 determinación No. 900.061 de 22 ADECUACION DE LOCALIZACIONES 900077 del 18 de de agosto de
EN EL CAMPO LA CIRA-INFANTAS Y julio de 2012 2013
OBRAS DE MANTENIMIENTO
TRADICIONAL DE VIAS,
LOCALIZACIONES Y OBRAS
CIVILES EN EL CAMPO LISAMA
PARA LA GRMM DE ECOPETROL
S.A. UBICADO EN EL
DEPARTAMENTO DE SANTANDER
DURANTE EL AÑO 2007. 5202521 Resolución de Resolución No. 09/07/2007 determinación No. 900.063 de 22 OBRAS DE MANTENIMIENTO 900078 de 23 de de agosto de
TÉCNICO DE LA PLANTA UNIBONjulio de 2012 2013
HIDROGENO Y LOGÍSTICA PARA
CAMBIO DE CATALIZADOR, A
EJECUTARSE DURANTE LAS
PARADAS DE PLANTA DE 2007,
2008 Y 2009 DE LA GERENCIA
COMPLEJO BARRANCABERMEJA,
SANTANDER COLOMBIA. 4015968 Resolución de Resolución No. 16/11/2007 determinación No. 900.045 de 27 OBRAS DE CONSTRUCCION DE 900182 del 9 de de agosto de MALLAS Y CERRAMIENTO DE LA noviembre de 2012 2013
PARTE POSTERIOR DE LAS
INSTALACIONES DEL TERMINAL
NESTOR PINEDA DE ECOPETROL
S.A. EN CARTAGENA. 4015588 Resolución de Resolución No. 16/10/2007 determinación No. 900.048 de 27 OBRAS CIVILES PARA LA 900223 del 22 de de agosto de INSTALACIÓN DE LA RED DE noviembre de 2012 2013
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE
DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LOS
CAMPOS CANTAGALLO Y CASABE,
DE LA SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES DEL RIO, DE LA
GERENCIA REGIONAL MAGDALENA
MEDIO DE ECOPETROL S.A. 4015741 Resolución de Resolución No. 26/10/2007 determinación No. 900.049 de 27 OBRAS PARA INSTALAR CINCO (5) 900226 del 22 de de agosto de TIE-INS (TUBERÍA DE CONEXIÓN) noviembre de 2012 2013
EN ANIMA I Y CINCO (5) TIE-INS
(TUBERIA DE CONEXIÓN) EN ANIMA
II DURANTE LA PARADA DE URC EN
LA REFINERÍA DE CARTAGENA S.A. 4015708 Resolución de Resolución No. 24/10/2007 determinación No. 900.050 de 27 OBRAS CIVILES PARA LA 900232 de 22 de de agosto de READECUACIÓN DE VÍAS Y noviembre de 2012 2013
REPARACIÓN DEL PUENTE SOBRE
LA QUEBRADA LA TIGRA EN EL
CAMPO DE BONANZA DE LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES DE MARES PARA LA
GERENCIA REGIONAL MAGDALENA
MEDIO DE ECOPETROL S.A. 4015600 Resolución de Resolución No. 16/10/2007 determinación No. 900.044 de 27 OBRAS PARA LA CONSTRUCCION 900178 del 9 de de agosto de DE BODEGA PARA TAMBORES EN noviembre de 2012 2013
EL INSTITUTO COLOMBIANO DEL
PETROLEO DE ECOPETROL S.A.
UBICADO EN PIEDECUESTA
(SANTANDER). 4015617 Resolución de Resolución No. 17/10/2007 determinación No. 900.043 de 27 OBRAS CIVILES PLANTAS ORITO Y 900174 del 9 de de agosto de GUAMES DEL DEPARTAMENTO DE noviembre de 2012 2013
OPERACIONES SUR
PERTENECIENTES A LA
VICEPRESIDENCIA DE
TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A.,
UBICADA EN EL MUNICIPIO DE
ORITO, DEPARTAMENTO DEL
PUTUMAYO VIGENCIA 2007. 4014537 Resolución de Resolución No. 19/06/2007 determinación No. 900.007 de 30 OBRAS DE MANTENIMIENTO PARA 900229 del 22 de de agosto de LA TORRE DE ENFRIAMIENTO noviembre de 2012 2013
MARLEY DE LA PLANTA DE
PROCESO DE LA
SUPERITENDENCIA DE
OPERACIONES MARES DE LA
GERENCIA REGIONAL MAGDALENA
MEDIO DE ECOPETROL S.A., CON
SEDE EN EL CENTRO
(SANTANDER).
4015340 Resolución de Resolución No. 20/09/2007 determinación No. 900.009 de 27 CONSTRUCCIÓN DE OBRA 900215 del 22 de de septiembre MATERIAL DE BIEN INMUEBLE noviembre de 2012 de 2013
PARA EL MONTAJE, PRUEBAS Y
PUESTA EN OPERACIÓN DE UNA
PLANTA DIESEL MARCA
CATERPILLAR 3516 TA DE 1825 KW
E INTEGRACIÓN AL ACTUAL
SISTEMA DE AUTOGENERACIÓN
DE RESPALDO ELÉCTRICO DE
ORITO, DE LA SUPERINTENDENCIA
DE OPERACIONES ORITO DE
ECOPETROL S.A. 5202538 Resolución de Resolución No. 24/08/2007 determinación No. 900.080 del 30 OBRAS PARA EL ABANDONO 900104 del 24 de de septiembre TÉCNICO DE POZOS INACTIVOS DE septiembre de 2012 de 2013
CRUDO, POR EL MÉTODO NO
CONVENCIONAL, DE LOS CAMPOS
DE LA SMA DE GERENCIA
REGIONAL MAGDALENA MEDIO DE
ECOPETROL S.A., CON SEDE EN EL
CENTRO (SANTANDER) DURANTE
LAS VIGENCIAS 2007-2008. 4015051 Resolución de Resolución No. 23/08/2007 determinación No. 900.081 del 30 OBRAS PARA EL MONTAJE DE DOS 900120 del 25 de de septiembre UNIDADES DE BOMBEO, CENTRO septiembre de 2012 de 2013
DE CONTROL DE MOTORES Y
MONTAJE DE LA LÍNEA DE 16” EN
LAS INSTALACIONES DEL
TERMINAL DE RECIBO DE
COMBUSTÓLEO NESTOR PINEDA
EN CARTAGENA DE LA
VICEPRESIDENCIA DE
TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A. 4016026 Resolución de Resolución No. 14/11/2007 determinación No. 900.054 del 27 OBRAS DE EXCAVACIÓN Y 900204 del 22 de de septiembre REPARACIÓN ÁREA TRAMO LÍNEA noviembre de 2012 de 2013
DE 12” EN EL CRUCE DE VÍA ENTRE
EL TK4119 EN EL TÉRMINAL
NÉSTOR PINEDA DE ECOPETRAL
S.A. 4015532 Resolución de Resolución No. 8/10/2007 determinación No. 900.052 del 27 SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE 900210 del 22 de de septiembre LOS SISTEMAS EN LAS BATERIAS noviembre de 2012 de 2013
DE LA SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES ORITO
DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN
PUTUMAYO DE ECOPETROL,
UBICADO EN LOS MUNICIPIOS DE
ORITO, PUERTO CAICEDO, SAN
MIGUEL Y VALLE DEL GUAMEZ,
PUTUMAYO. 4015915 Resolución de Resolución No. 14/11/2007 determinación No. 900.057 del 27 GESTION DE COMPRAS 900271 del 12 de de septiembre COMPLEMENTARIAS, diciembre de 2012 de 2013
SUMINISTROS, OBRAS PARA EL
MONTAJE ELECTROMECÁNICO,
PRUEBAS Y PUESTA EN
OPERACIÓN DE LOS NUEVOS
COMPRESORES DE AIRE C2850
C/D EN LA PLANTA U2850
TRATAMIENTO MEROX UNIDAD DE
BALANCE DE LA GERENCIA
COMPLEJO BARRANCABERMEJAECOPETROL. 4015924 Resolución de Resolución No. 14/11/2007 determinación No. 900.058 del 27 OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO 900273 del 12 de de septiembre DE LOS TALLERES DE MECÁNICA diciembre de 2012 de 2013
ELECTRICIDAD Y CONTROLES DE
LA PLANTA ARANGUANEY DE LA
GERENCIA DE OLEODUCTOS DE LA
VICEPRESIDENCIA DE
TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A. 4015874 Resolución de Resolución No. 08/11/2007 determinación No. 900.056 del 27 OBRAS CIVILES PARA LA 900269 del 12 de de septiembre ADECUACIÓN DE CONTRA POZOS diciembre de 2012 de 2013
E INSTALACIÓN DE REJILLAS TIPO
ESPANER EN LAS UNIDADES DE
BOMBEO MECÁNICO EN LOS
CAMPOS (LISAMA) DE LA
SUPERTINTENDENCIA DE MARES,
DE LA GERENCIA REGIONAL
MAGDALENA MEDIO DE
ECOPETROL S.A. 4014828 Resolución de Resolución No. 25/07/2007 determinación No. 900.071 del 9 de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y 900090 del 14 de septiembre de MONTAJE DE LAS FACILIDADES agosto de 2012 2013
ELÉCTRICAS DE SUPERFICIE Y
REDES ELÉCTRICAS DE 34.5 KV
ASOCIADAS AL CLUSTER VI DE LA
CAMPAÑA DE PERFORACIÓN DE LA
VIGENCIA 2007 PARA LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES APIAY, SOA DE
ECOPETROL S.A. UBICADA EN EL
MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA
(META). 4014644 Resolución de Resolución No. 03/07/2007 determinación No. 900.072 del 9 de DESMANTELAMIENTO Y RETIRO DE 900083 del 6 de septiembre de LOS EQUIPOS ELÉCTRICOS agosto de 2012 2013
ASOCIADOS A LOS CENTROS DE
DISTRIBUCIÓN U900/950 Y
DEMOLICIÓN DE LAS
ESTRUCTURAS CIVILES DE LA
ANTIGUA PLANTA DE ALQUILACIÓN
EN LA GCB DE ECOPETROL. 4014833 Resolución de Resolución No. 25/07/2007 determinación No. 900.073 del 12 OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE 900091 del 14 de de septiembre LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS DE MEDIA agosto de 2012 de 2013
Y BAJA TENSIÓN PARA LA
ENERGIZACIÓN DE POZOS DE LA
GERENCIA REGIONAL MAGDALENA
DE ECOPETROL S.A.
CANTAGALLOS UBICADO EN LOS
MUNICIPIOS DE HONDO
(ANTIOQUIA) CANTAGALLO
(BOLIVAR), PUERTO WILCHES Y BARRANCABERMEJA (SANTANDER
Y SAN MARTÍN (CESAR) FASE 2. 5202680 Resolución de Resolución No. 25/10/2007 determinación No. 900.085 del 11 MANTENIMIENTO DE TANQUES 900189 del 14 de de octubre de PERTENECIENTES A LA noviembre de 2012 2013
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES DE MARES DE LA
GERENCIA REGIONAL MAGDALENA
MEDIO DE ECOPETROL S.A. CON
SEDE EN EL CENTRO
(SANTANDER) DURANTE LA
VIGENCIA 2007 A 2008. 5202673 Resolución de Resolución No. 19/10/2007 determinación No. 900.086 del 11 OBRAS DE REHABILITACIÓN E 900190 del 14 de de octubre de INSPECCIÓN DE TANQUES GOTnoviembre de 2012 2013
GPO, PARA LA GERENCIA TÉCNICA
DE LA VICEPRESIDENCIA DE
TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A 5202681 Resolución de Resolución No. 25/10/2007 determinación No. 900.087 del 11 OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE 900191 del 14 de de octubre de DOS (2) TANQUES DE 5.000 BLS noviembre de 2012 2013
PARA GARANTIZAR EL RECIBO DE
LA PRODUCCIÓN DEL PLAN DE
PERFORACIÓN 2007-2008 EN LAS
ESTACIONES GALAN Y LISAMA DE
LA SUPERINTENDENCIA DE
MARES, GERENCIA REGIONAL
MAGDALENA MEDIO DE
ECOPETROL S.A. UBICADO EN
BARRANCABERMEJA
(SANTANDER). 4015720 Resolución de Resolución No. 29/10/2007 determinación No. 900.088 del 11 OBRAS DE MONTAJE, 900206 del 22 de de octubre de INSTALACIÓN Y PRUEBAS DE LOS noviembre de 2012 2013
INSTRUMENTOS Y EQUIPOS
ASOCIADOS AL SISTEMA DE
MONITOREO REMOTO DE LOS
POZOS DE LA SUPERINTENDENCIA
DE OPERACIONES HUILA TOLIMA
(SOH) EN LOS DEPARTAMENTOS
DE HUILA Y TOLIMA 2007
4015522 Resolución de Resolución No. 08/10/2007 determinación No. 900.095 del 1 de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PARA 900199 del 22 de noviembre de LA ESTABILIZACIÓN DEL TALUD EN noviembre de 2012 2013
EL POZO ACAR-14 DE LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES ORITO DE LA
GERENCIA REGIONAL SUR DE
ECOPETROL S.A. UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE SAN MIGUEL,
PUTUMAYO.
4015806 Resolución de Resolución No. 1/11/2007 determinación No. 11 del 30 de OBRAS DE MANTENIMIENTO DE 900251 del 12 de octubre de 2013 LAS MALLAS DE CERRAMIENTO diciembre de 2012
ZONA INDUSTRIAL DE LA
ESTACIÓN DE SEBASTOPOL DE
ECOPETROL S.A., UBICADA EN EL
MUNICIPIO DE PUERTO OLAYA,
SANTANDER-COLOMBIA, DURANTE
EL 2007. 4016122 Resolución No. Resolución No. 29/11/2007 900289 del 13 de 66 del 30 de CONSTRUCCIÓN DE ALOJAMIENTO diciembre de 2012 octubre de 2013
EN LAS INSTALACIONES DE
ECOPETROL S.A. ASIGNADAS A LA
POLICIA NACIONAL EN PUERTO
SALGAR CUNDINAMARCA. 4015899 Resolución No. Resolución No. 13/11/2007 900270 del 12 de 65 del 30 de OBRAS CIVILES PARA LA diciembre de 2012 octubre de 2013
CONSTRUCCIÓN DE LA LINEA DE
VERTIMIENTO DE LAS PISCINAS
VAQUERO, UBICADA EN EL CAMPO
GALAN, SUPERINTENDENCIA DE
MARES DE LA GERENCIA
REGIONAL MAGDALENA MEDIO
ECOPETRAL S.A. 4016092 Resolución No. Resolución No. 27/11/2007 900279 del 12 de 12 del 30 de OBRAS CIVILES PARA LA diciembre de 2012 octubre de 2013
CONSTRUCCIÓN DE UNA CAJA DE
VERTIMIENTO Y CONTROL DE LAS
PISCINAS VAQUERO, UBICADA EN
CAMPO GALAN,
SUPERINTENDENCIA DE MARES DE
LA GERENCIA REGIONAL
MAGDALENA MEDIO DE
ECOPETRAL S.A., UBICADA EN EL
CENTRO (SANTANDER) DURANTE
LA VIGENCIA 2007. 4015955 Resolución No. Resolución No. 16/11/2007 900281 del 12 de 13 del 30 de OBRAS PARA CONTROL Y diciembre de 2012 octubre de 2013
MONITOREO DE LOS
SECCIONALIZARORES Y MONTAJE
DE FACILIDADES, UBICADOS EN LA
ISLA 8 DEL CAMPO CANTAGALLO
DE LA GRM DE ECOPETROL S.A.,
UBICADA EN EL DEPARTAMENTO
DE BOLIVAR, EN LA VIGENCIA DEL
AÑO 2007. 5202742 Resolución No. Resolución No. 19/11/2007 900262 del 12 de 900.102 del 5 de OBRAS PARA EL REFORZAMIENTO diciembre de 2012 noviembre de
SISMO RESISTENTE DE LAS 2013
ESTRUCTURAS METÁLICAS DE
CONCRETO Y MANPOSTERIA DE
LAS PLANTAS DE LA GERENCIA
COMPLEJO DE
BARRANCABERMEJA DE
ECOPETROL S.A.FASE III, UBICADA
EN LA CIUDAD DE
BARRANCABERMEJA, SANTANDER
COLOMBIA. 4015544 Resolución No. Resolución No. 20/10/2007 900213 del 22 de 900.104 del 5 de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE noviembre de 2012 noviembre de
LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN 2013
CATÓDICA POR CORRIENTE
IMPRESA PARA LAS LÍNEAS DE
FLUJO DE LOS CAMPOS DE
PRODUCCIÓN DE LA SOA
“SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES APIAY” VIGENCIA
2007. 4015795 Resolución No. Resolución No. 1/11/2007 900216 del 22 de 900.105 del 5 de OBRAS CIVILES PARA CIERRE DE noviembre de 2012 noviembre de
PISCINAS Y RECUPERACIÓN DE 2013
ÁREAS CONTAMINADAS,
LOCALIZADAS EN EL
DEPARTAMENTO DE
OPERACIONES TIBU DE LA
GERENCIA REGIONAL NORTE DE
ECOPETROL S.A. UBICADAS EN EL
MUNICIPIO DE TIBU, EN EL
DEPARTAMENTO NORTE
SANTANDER.
4015493 Resolución No. Resolución No. 5/10/2007 900198 del 22 de 900.106 del 5 de OBRAS DE MANTENIMIENTO noviembre de 2012 noviembre de
TÉCNICO DURANTE LA PARADA DE 2013
LA PLANTA DE ACIDO – 2007 DE LA
GERENCIA COMPLEJO
BARRANCABERMEJA DE
ECOPETROL S.A. UBICADA
BARRANCABERMEJA, SANTANDERCOLOMBIA. 4017283 Resolución No. Resolución No. 28/02/2008 900018 del 12 de 900.122 del 8 de OBRAS DE REPARACIÓN Y marzo de 2013 noviembre de
PINTURA DE ESTRUCTURAS 2013
METALMECÁNICAS Y CIVILES DE
LOS EQUIPOS INSTALADOS EN EL
ÁREA DE BOMBAS DE AGUA
ENFRIANTE SALADA (CAES) DE LA
REFINERIA DE CARTAGENA S.A. 4017225 Resolución No. Resolución No. 22/02/2008 900020 del 12 de 900.123 del 8 de OBRAS PARA LA ADECUACIÓN Y marzo de 2013 noviembre de
RESTAURACIÓN DE ÁREAS 2013
CONTAMINADAS Y
BIORREMEDIACIÓN DE RESIDUOS
ACEITOSOS EN LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES HUILA TOLIMA
DURANTE LA VIGENCIA DEL 2008. 4017231 Resolución No. Resolución No. 22/02/2008 900021 del 12 de 900.124 del 8 de OBRAS DE MANTENIMIENTO marzo de 2013 noviembre de
GENERAL A INTERCAMBIADORES 2013
DURANTE LA PARADA DE LA
PLANTA TOPPING U200 AÑO 2008,
DE LA GERENCIA COMPLEJO
BARRANCABERMEJA DE
ECOPETROL S.A., UBICADA EN
BARRANCABERMEJA, SANTANDER
COLOMBIA. 5202904 Resolución No. Resolución No. 17/12/2007 900313 del 17 de 900.125 del 8 de OBRAS PARA LA REHABILITACIÓN diciembre de 2012 noviembre de
DE LOS TANQUES DE 2013
ALMACENAMIENTO 225000-2 Y
225000-3 EN LA PLANTA DE
TUMACO PARA LA GERENCIA
TÉCNICA DE LA VICEPRESIDENCIA
DE TRANSPORTE DE ECOPETROL
S.A. 5202948 Resolución No. Resolución No. 21/12/2007 900328 del 21 de 900.126 del 8 de OBRAS CIVILES DE ADECUACIÓN diciembre de 2012 noviembre de
FÍSICA DE ÁREAS OPERATIVAS Y 2013
ADMINISTRATIVAS DEL 25 DE
AGOSTO, PERTENECIENTES A
ECOPETROL S.A.
4015474 Resolución No. Resolución No. 3/10/2007 900211 del 22 de 900.093 del 1 de SUMINISTRO DEL SERVICIO DE noviembre de 2012 noviembre de
MANTENIMIENTO DE LOS 2013
SISTEMAS DE ALUMBRADO E
INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE
LAS PLANTAS COVEÑAS, RETIRO Y
AYACUCHO, DEL ÁREA TÉCNICA
COVEÑAS, DE LA
VICEPRESIDENCIA DE
TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A.
UBICADAS EN LOS
DEPARTAMENTOS DE SUCRE,
BOLIVAR Y CESAR.
4015461 Resolución No. Resolución No. 3/10/2007 900201 del 22 de 900.094 del 1 de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PARA noviembre de 2012 noviembre de
LA RECUPERACIÓN AMBIENTAL DE 2013
LOS POZOS DE LA CAMPAÑA DE
PERFORACIÓN Y ÁREAS
ALEDAÑAS PERTENECIENTES A LA
SUPERINTENDENCIA DE
OPERACIONES HUILA-TOLIMA DE
ECOPETROL S.A. UBICADA EN EL
MUNICIPIO DE AIPE,
DEPARTAMENTO DE HUILA.
DEMANDA ECOPETROL S.A., en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 138 del CPACA, solicitó que se declare la nulidad de las Resoluciones antes enunciadas y, como consecuencia de la declaración anterior, pidió “se ordene a la DIAN declarar a ECOPETROL S.A. a paz a salvo ante la DIAN respecto de las sumas objeto de discusión”3. La sociedad demandante invocó como normas violadas las siguientes: Artículos 6, 13, 29, 83, 121, 123, 338 y 363 de la Constitución Política. Artículo 42 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículos 643, 715, 716, 717 y 730 del Estatuto Tributario. Artículo 76 de la Ley 80 de 1993. Artículo 264 de la Ley 223 de 1995. Ley 1106 de 2006. Decretos Nos. 3461 de 2007, 4048 de 2008, 399 de 2011. Conceptos DIAN Nos. 036803 del 17 de mayo de 2007, 009714 del 4 de agosto de 1993 y 063832 de 2008. Sobre el concepto de la violación, la demandante expuso, en síntesis, lo siguiente:
1. Nulidad de los actos administrativos por falta de competencia de la DIAN para determinar la contribución de los contratos de obra pública.
Expresó que la Ley 1106 de 2006 que estableció la contribución de los
contratos de obra pública, no determinó la competencia funcional para su administración, ni existe norma que le otorgue a la DIAN la facultad de expedir las resoluciones de determinación de este tributo. 3 Folio 5 a 81 c.p.1. Agregó que la DIAN vulneró el artículo 123 de la Constitución Política y el Decreto 4048 de 2008, pues dentro de las competencias residuales asignadas a la DIAN no se encuentra la de administrar contribuciones. Manifestó que el Ministerio del Interior, en la Circular Externa CIR 13-0000000072013, reconoció expresamente que es competente para adelantar el cobro y fiscalización de la contribución de los contratos de obra pública establecida en la Ley 1106 de 2006. Por lo tanto, indicó que las resoluciones demandadas son nulas, por haber sido expedidos por una entidad sin competencia, lo que implica la violación del debido proceso consagrado en los artículos 29 de la Constitución Política y 730 del Estatuto Tributario.
2. Prescripción de la acción para proferir el acto de determina
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