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CE-SECCION PRIMERA-11001-03-24-000-2008-00107-00-2017

Consejo de Estado

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Título
CE-SECCION PRIMERA-11001-03-24-000-2008-00107-00-2017
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

MEDIDA CAUTELAR – Suspensión provisional / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Improcedente al no evidenciar una vinculación procesal ni sustancial entre los actos administrativos particulares demandados y la norma que fundamenta su solicitud [E]l Despacho encuentra que no hay lugar a estudiar las solicitudes de suspensión, habida cuenta de que no evidencia una vinculación procesal ni sustancial entre la norma anulada parcialmente en la sentencia del 19 de mayo de 2016 (Decreto 3366 de 2003) y los actos administrativos particulares y concretos cuya suspensión se solicita, los cuales no fueron demandados en el mismo proceso ni se fundan en el Decreto número 3366 de 2003 proferido por el Ministerio de Transporte, sino en los códigos de infracción contenidos en la Resolución 10800 de 2003, disposición esta última, que tampoco se estudió ni fue objeto de pronunciamiento en el mencionado fallo, y que goza de presunción de legalidad.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil diecisiete (2017) Radicación número: 11001-03-24-000-2008-00107-00 ACUMULADO 11001-0324-000-2008-00098-00

Actor: NEWMAN BÁEZ MARTÍNEZ Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE Referencia: Solicitud de suspensión de acto administrativo por reproducción de acto anulado

I. ASUNTO A TRATAR Corresponde al Despacho pronunciarse sobre las solicitudes de suspensión de los actos administrativos que se relacionan en el acápite segundo de esta providencia, expedidos por la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transportes, por medio de los cuales se abrió investigación administrativa y se sancionó a las empresas de transporte peticionarias por incurrir en infracciones a las normas de transporte público terrestre automotor. Lo anterior con fundamento en que los actos administrativos cuya suspensión se solicita, reproducen el contenido del Decreto 3366 del 21 de noviembre de 20031 expedido por el Ministerio de Transporte, el cual fue anulado parcialmente en la sentencia del 19 de mayo de 2016 dictada por la Sección Primera del Consejo de Estado2.

II. SOLICITUDES DE SUSPENSIÓN A continuación se relacionan las solicitudes de suspensión allegadas al expediente con posterioridad a la sentencia del 19 de mayo de 2016: - Memorial radicado el 23 de mayo de 20163 por la Sociedad Cooperativa de Transportadores del Río Mira LTDA., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 15027 del 13 de mayo de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 18741 del 19 de noviembre de 2014 en contra de la empresa de servicio público terrestre automotor COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL RÍO MIRA LTDA., con NIT 891200515-2”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte

Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 31 de mayo de 20164 por la Sociedad Empresa de Transporte Líneas Especiales de Colombia – LINESCOL S.A.S., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12316 del 3 de mayo de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 29953 del 17 de diciembre de 2014 en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor EMPRESA DE TRANSPORTE LINEAS ESPECIALES DE COLOMBIA –LINESCOL S.A.S., con NIT 830092229-4”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 520 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 1º de junio de 20165 por la Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 009140 del 23 de marzo de 2016 “Por medio de la cual se abre 1 “Por el cual se establece el régimen de sanciones por infracciones a las normas de transporte público terrestre automotor y se determinan unos procedimientos”. 2 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. Sentencia del 19 de mayo de

2016. CP. Guillermo Vargas Ayala. 3 Folio 267. C4. 4 Folio 558. C4.

5 Folio 1. C6. investigación administrativa en contra de la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A., con NIT 860075703-1”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 585 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 10 de junio de 20166 por la Empresa Transporte Velosiba S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12946 del 6 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., identificada con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 10 de junio de 20167 por la la Empresa Transporte Velosiba S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12802 del 6 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en a la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., identificada con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del

código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 10 de junio de 20168 por la Empresa Transporte Velosiba S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12947 del 6 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., identificada con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. 6 Folio 41. C6. 7 Folio 117. C6. 8 Folio 192. C6. - Memorial radicado el 14 de junio de 20169 por la Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 012792 del 06 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de Servicio Público Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A., con NIT 860075703-1”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 490 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 14 de junio de 201610 por la Sociedad Operadora de

Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12862 del 6 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de servicio público transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A., con NIT 860075703-1”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 16 de junio de 201611 por la Cooperativa de Transportadores de Cumbal – COOTRANSCUM en el que solicitó la suspensión de la Resolución 12812 del 6 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de servicio público transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE CUMBAL, identificada con el NIT 891224188-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 474 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 21 de junio de 201612 por la Empresa MALAGON INGENIERIA S.A.S. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 16178 del 24 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa 9 Folio 268. C6. 10 Folio 316. C6. 11 Folio 364. C6. 12 Folio 386. C6.

de servicio público transporte terrestre automotor de pasajeros de carga MALAGON INGENIERIA S.A.S., identificada con NIT 90045800-8”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 556 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 21 de junio de 201613 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 14882 del 13 de mayo de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 19009 del 21 de noviembre de 2014 en contra de la empresa de transporte terrestre automotor TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 494 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 21 de junio de 201614 por la Empresa Transportes Velosiba S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 15429 del 19 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., identificada con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del

código de 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 21 de junio de 201615 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 14881 del 13 de mayo de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 18971 del 21 de noviembre de 2014 en contra de la empresa de transporte terrestre automotor TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 494 de la Resolución 10800 de 2003. 13 Folio 429. C4. 14 Folio 510. C6. 15 Folio 617. C6. - Memorial radicado el 21 de junio de 201616 por la Sociedad Transportes Especiales de Carga S.A. en Reorganización TESCARGA S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 18223 del 31 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de carga TRANSPORTES ESPECIALES DE CARGA S.A. TESCARGA EN REORGANIZACIÓN – TESCARGA S.A., con NIT 860000962-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 560 de la Resolución 10800 de 2003.

  • Memorial radicado el 22 de junio de 201617 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 16006 del 20 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 22 de junio de 201618 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 15912 del 20 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, con fundamento en la infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. Art. 158 del CCA. Revive la sanción del decreto derogado. - Memorial radicado el 24 de junio de 201619 por la Sociedad Cooperativa de Transportadores del Río Mira LTDA., en la que solicitó la suspensión de la Resolución 20376 del 10 de junio de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 28805 del 18 de diciembre de 2015

en contra de la empresa de servicio público terrestre automotor COOPERATIVA 16 Folio 698. C6. 17 Folio 1. C7. 18 Folio 70. C7. 19 Folio 141. C7. DE TRANSPORTADORES DEL RÍO MIRA LTDA., con NIT 891200515-2”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 520 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 29 de junio de 201620 por la Cooperativa de Transportadores Reina LTDA, en el que solicitó la suspensión de la Resolución 17816 del 27 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor especial COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES REINA LTDA., con NIT 8600220470”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 510 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 30 de junio de 201621 por la Sociedad Transportes Aerotur S.A.S. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 17179 del 27 de mayo de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 28031 del 16 de diciembre de 2015 en contra de la empresa de transporte terrestre automotor TRANSPORTES AEROTUR S.A.S., identificada

con el NIT 830088073-7”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 518 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 30 de junio de 201622 por la Sociedad Transportes Aerotur S.A.S. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 7858 del 14 de mayo de 2015 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 20424 del 5 de diciembre de 2014 en contra de la empresa de transporte terrestre automotor TRANSPORTES AEROTUR S.A.S., identificada con el NIT 830088073-7”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 531 de la Resolución 10800 de 2003. 20 Folio 169. C7. 21 Folio 233. C7. 22 Folio 296. C7. - Memorial radicado el 30 de junio de 201623 por la Sociedad Expreso Fenix LTDA en el que solicitó la suspensión de la Resolución 18197 del 31 de mayo de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera EXPRESO FENIX LTDA., identificada con el NIT 900081941-7”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción

480 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 30 de junio de 201624 por la Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 19304 del 7 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de servicio público transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A., con NIT 860075703-1”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 480 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 1º de julio de 201625 por la Sociedad Taxis La Sabana S.A., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 16030 del 20 de mayo de 2016 “Por medio de la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor TAXIS LA SABANA S.A., identificada con NIT 800200715-8”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 480 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 1º de julio de 201626 por la Sociedad Cooperativa de Transportadores de Guachucal LTDA – COOTRANSGUACHUCAL LTDA, en el que solicitó la suspensión de la Resolución 18158 del 31 de mayo de 2016 “Por la

cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE GUACHUCAL LTDA – COOTRANSGUACHUCAL 23 Folio 373. C7. 24 Folio 415. C7. 25 Folio 188. C7. 26 Folio 211. C7. LTDA, identificada con el NIT 800069888-2”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 11 de julio de 201627 por la Sociedad Cooperativa de Transportadores del Río Mira LTDA., en el que solicitó la suspensión de la Resolución 23478 del 23 de junio de 2016 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 1436 del 13 de enero de 2016 en contra de la empresa de transporte terrestre automotor COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL RÍO MIRA LTDA., con NIT 891200515-2”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 474 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 12 de julio de 201628 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 20501 del 14 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la

empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. Art. 158 del CCA. - Memorial radicado el 12 de julio de 201629 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 20498 del 14 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. 27 Folio 475. C7. 28 Folio 1. C8. 29 Folio 71. C8. - Memorial radicado el 12 de julio de 201630 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 20499 del 14 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la

Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201631 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 22028 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 480 de la Resolución 10800 de 2003. Art. 158 del CCA. - Memorial radicado el 13 de julio de 201632 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21993 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 474 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201633 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 22004 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la

empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la 30 Folio 141. C8. 31 Folio 211. C8. 32 Folio 316. C8. 33 Folio 383. C8. Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201634 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21981 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201635 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21978 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la

Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201636 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 22027 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 480 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 13 de julio de 201637 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21357 del 16 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera 34 Folio 454. C8. 35 Folio 1. C9. 36 Folio 72. C9. 37 Folio 177. C9. TRANSPORTES VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 15 de julio de 201638 por la Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A. en el que solicitó la suspensión de la

Resolución 20919 del 15 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa a la empresa de servicio público transporte terrestre automotor especial Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. SOTRAM S.A., identificada con el NIT 860075703-1”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 520 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 18 de julio de 201639 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 7953 del 20 de mayo de 2015 “Por la cual se falla investigación administrativa iniciada mediante resolución No. 32425 del 18 de diciembre de 2014 contra la empresa de transporte público terrestre automotor TRANSPORTES VELOSIBA S.A., identificada con el NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el día 19 de julio de 2016 por la Sociedad Antioqueña de Transportadores Ltda. SANTRA S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21523 del 16 de junio de 2016 “Por medio de la cual se abre investigación administrativa en contra de la Empresa de Transporte Público Terrestre Automotor Sociedad Antioqueña de Transportadores Ltda – SANTRA

LTDA, con NIT 8909116283”, expedida por el Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 490 de la Resolución 10800 de 200340. 38 Folio 321. C9. 39 Folio 246. C9. 40 Folio 1718. C3. - Memorial radicado el 27 de julio de 2016 por la Cooperativa de Transportadores Rio Mira Ltda en el que solicitó la suspensión de la Resolución 29386 del 23 de diciembre de 2015 “Por la cual se abre investigación administrativa contra la Empresa de Transporte Terrestre Automotor Cooperativa de Transportadores del Río Mira LTDA, con Nit Nro. 891200515-2”, expedida por el Superintendente Delegado de Transporte y Tránsito Terrestre Automotor, en aplicación del código de infracción 494 de la Resolución 10800 de 200341. - Memorial radicado el día 27 de julio de 2016 por la Cooperativa de Transportadores de Gualmatán LTDA – COOTRANSGUALMATAN LTDA, en el que solicitó la suspensión de la Resolución 24009 del 27 de junio de 2016 “Por la cual se abre la investigación administrativa a la Empresa de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera Cooperativa de Transportes Gualmantán LTDA, con NIT 8370000401”, expedida por el Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte, en aplicación del código de infracción 495 de la Resolución 10800 de 200342. - Memorial radicado el día 27 de julio de 2016 por la empresa Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. – SOTRAM S.A. en el que solicitó la

suspensión de la Resolución 18949 del 16 de septiembre de 2015 “Por la cual se falla la investigación administrativa iniciada mediante resolución 20238 del 05 de diciembre de 2014 en contra de la empresa de Transporte Terrestre automotor Sociedad Operadora de Transporte Multimodal S.A. – SOTRAM S.A., con NIT 8600757031”, expedida por el Superintendente delegado de transporte y tránsito terrestre automotor, en aplicación del código de infracción 494 de la Resolución 10800 de 200343. - Memorial radicado el día 2 de agosto de 2016 por la empresa Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 23987 del 27 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la Empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera Transporte Velosiba S.A con NIT 860059868-0”, expedida por el Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de 41 Folio 1605. C3. 42 Folio 1636. C3. 43 Folio 1667. C3. Puertos y Transportes, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 201344. - Memorial radicado el 2 de agosto de 201645 por la empresa Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 23988 del 27 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTE VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor

Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 590 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 2 de agosto de 201646 por la Sociedad Transportes Velosiba S.A. en el que solicitó la suspensión de la Resolución 21999 del 17 de junio de 2016 “Por la cual se abre investigación administrativa en contra de la empresa de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera TRANSPORTE VELOSIBA S.A., con NIT 860059868-0”, expedida por el señor Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aplicación del código de infracción 494 de la Resolución 10800 de 2003. - Memorial radicado el 2 de agosto de 201647 por la Sociedad Coo

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