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CE-SECCIÓN PRIMERA-11001-03-24-000-2020-00513-00

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCIÓN PRIMERA-11001-03-24-000-2020-00513-00
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE LA JURISPRUDENCIA – Retiro / SOLICITUD DE RETIRO DE LA PETICIÓN DE EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA – Procede porque no ha sido admitida Teniendo en cuenta que la solicitud de la extensión de la jurisprudencia del Consejo de Estado no ha sido admitida, es procedente la petición de retiro del escrito contentivo de la solicitud de extensión de jurisprudencia.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejera ponente: NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Bogotá, D.C., ocho (8) de octubre de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 11001-03-24-000-2020-00513-00

Actor: LUIS ERNESTO MARTÍNEZ MARTÍNEZ

Demandado: MUNICIPIO DE PEREIRA – RISARALDA

Referencia: EXTENSIÓN DE LA JURISPRUDENCIA

Tema: ACEPTA RETIRO DE LA DEMANDA AUTO INTERLOCUTORIO El actor, en escrito visible en el índice núm. 5 del expediente electrónico obrante en el sistema de gestión judicial SAMAI, manifiesta que retira la solicitud de extensión de la jurisprudencia de la referencia.

Para resolver, se considera: Teniendo en cuenta que la solicitud de la extensión de la jurisprudencia del Consejo de Estado no ha sido admitida, es procedente la petición de retiro del escrito contentivo de la solicitud de extensión de jurisprudencia. Por lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria,

R E S U E L V E: ACEPTAR el retiro del escrito contentivo de la solicitud de extensión de jurisprudencia presentada por el actor.

Ejecutoriado este proveído, archívese el expediente, previas las anotaciones de rigor y devuélvanse los anexos sin necesidad de desglose, de ser solicitados.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera

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