CE-SECCION SEGUNDA-11001-03-25-000-2017-00767-00(4044-17) ACUMULADOS [104 EXPEDIENTES]
Consejo de Estado
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- Título
- CE-SECCION SEGUNDA-11001-03-25-000-2017-00767-00(4044-17) ACUMULADOS [104 EXPEDIENTES]
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS DE EMPLEOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONALNo suscripción por el jefe de la entidad beneficiaria no afecta su validez La firma de la convocatoria por parte del jefe del organismo beneficiario, no es un requisito para la existencia y validez del acto administrativo, pero no quiere decir que se abstenga de participar y colaborar en la planeación y preparación de la convocatoria(…)acreditan en relación con la convocatoria 428 de 2016, las actuaciones al interior de cada una de las entidades beneficiaria, su participación y la coordinación con la Comisión Nacional de Servicio Civil y como consecuencia, se generó inicialmente un proyecto de acuerdo y luego los definitivos acuerdos demandados. En efecto, existe comunicaciones y cruce de información previa a los actos administrativos, surtida entre la Comisión Nacional de Servicio Civil, con todas y cada una de las entidades beneficias de la Convocatoria 428 de 2016, entre estos, instrucciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, término para modificar el manual especifico de funciones, solicitud apropiación presupuestal, información sobre vacantes definitivas, cotización de costo de la convocaría para cada entidad, resumen de la oferta pública de empleos de carrera OPEC, información del registro de los cargos vacantes, en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el mérito y oportunidad, SIMO, efectuado por cada entidad en la plataforma de la CNSC, ejes temáticos Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales, información y observaciones al proyecto de acuerdo, certificado de disponibilidad presupuestal. De manera que, si bien es cierto los
acuerdos fueron suscritos o firmados únicamente por el Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil, no lo es menos que surgieron a la vida jurídica con la participación activa en la planeación, y ejecución, de cada una de las 18 entidades beneficiarias, entre estas, el Ministerio del Trabajo, Ministerio de Salud, Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. Tanto es así que, el Ministerio del Trabajo en su participación alegó ausencia de presupuesto, y le solicitó nulidad de la convocatoria invocando el concepto 2307 de la Sala de Consulta y Servicio Civil. Esas intervenciones fueron atendidas por la Comisión Nacional de Servicio Civil como consta en el acervo FUENTE FORMAL: LEY 91 DE 2004 -ARTÍCULO 31 NUMERAL 1
NORMA DEMANDADA: ACUERDO 20161000001296 DE 2016 COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL ( No nulo) / ACUERDO 20171000000096 DE 2017 COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL (No nulo) /
CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS DE EMPLEOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL / AUSENCIA DE CERTIFICADO DISPONIBLIDAD PRESUPUESTAL - Acto preparatorio que no afecta la validez del acto de convocatoria La financiación de los costos del concurso, es competencia de cada entidad u organismo, con cargo a su presupuesto y, por tanto, la responsabilidad de tramitar lo pertinente y obtener el certificado de disponibilidad presupuestal, atañe al respectivo jefe y debe coordinar y colaborar armónicamente en el proceso de
selección para no entorpecer las funciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, ni birlar el principio el principio del mérito. El certificado de disponibilidad presupuestal es un acto preparatorio, pero su ausencia no genera la nulidad de la convocatoria.(…) se advierte que inicialmente al 29 de julio de 2016, fecha de expedición del acuerdo CNSC-20161000001296 de 2016, los Ministerios de Trabajo y de Salud, no expidieron el certificado de disponibilidad presupuestal; sin embargo, emprendieron y dispusieron acciones con el fin de obtenerlo, durante la época en las cuales se dieron modificaciones y compilación de la convocatoria 428 de 2016.(…) siguiendo la línea jurisprudencial tanto de la Corte Constitucional como del Consejo de Estado, el certificado de disponibilidad presupuestal, es un acto preparatorio a cargo de la entidad beneficiaria de una convocatoria pero no es elemento de existencia, validez, eficacia y oponibilidad del acto administrativo que contiene la convocatoria. En consecuencia, en el sub examine, la ausencia del certificado de disponibilidad presupuestal, del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo en la convocatoria 428, no tiene la entidad de anular los actos administrativos demandados.
FUENTE FORMAL : LEY 909 DE 2004 - ARTÍCULO 30 / DECRETO 111 DE 1996 -ARTÍCULO 71 / DECRETO 111 DE 1996 - ARTÍCULO 12
CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS DE EMPLEOS DE CARRERA
ADMINISTRATIVA DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL / OFERTA
PÚBLICA DE EMPLEOS Comisión Nacional, como autoridad competente de elaborar la convocatoria en el concurso de méritos, la consolida con base en la oferta pública de empleos de carrera definidos por la entidad que posea las vacantes, quien la elabora de acuerdo con el manual específico de funciones y requisitos, el perfil de competencias de los empleos. La oferta pública de empleos es un acto preparatorio a cargo de la entidad con vacantes. La convocatoria como ley del concurso debe contener la identificación de los empleos ofertados.(…) la oferta pública de empleo de carrera elaborada, suministrada por las entidades participantes quedó integrada a la convocatoria; son verificables y consultables en la página web de la Comisión Nacional de Servicio Civil, aplicativo convocatoria 428 –grupo de entidades del orden Nacional, y se advierte en el mismo, todo lo relacionado con la citada convocatoria, entre esto, contiene un link denominado «consulte OPEC», y en este, asignación de números de la correspondiente OPEC, por empleos ofertados, estipula el nombre del empleo funciones, grado, salario, experiencia y perfil de los cargos etc.
FUENTE FORMAL : DECRETO 1227 DE 2005 - ARTÍCULO 13 / LEY 909 DE 2004 - ARTÍCULO 31 /
CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS DE EMPLEOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL / PRUEBA DE ENTREVISTA CON POLÍGRAFO – No puede tener carácter eliminatorio sino clasificatorio En el ordenamiento jurídico colombiano, las normas sobre «empleo público, carrera administrativa y gerencia pública», finalmente, contemplan en el proceso
de selección por méritos, la posibilidad de realizar «entrevista» y expresamente señala que no puede tener «valor superior al 15%dentro de la calificación definitiva», vale decir, no le da carácter eliminatorio. Lo que ha sido respaldado por la jurisprudencia. Adicionalmente, el uso del polígrafo para la realización de la prueba de entrevista en el contexto de una convocatoria, es excepcionalmente admisible, siempre y cuando sea justificado de manera suficiente, y condicionado a los siguientes supuestos:«(i) se le debe permitir al aspirante consentir o no de manera previa, libre, voluntaria e informada la realización de la prueba;(ii) el consentimiento para la realización de la prueba debe ser solicitado de manera anticipada e informada, es decir, explicándole a la persona de manera previa y detallada la forma y metodología de la realización de la prueba de confianza, ya sea polígrafo o análisis de estrés de voz, o sus similares;(iii) la negativa de someterse a la práctica de «pruebas de confianza» no puede significar la exclusión del proceso de selección; y (iv) para el que consienta en la realización de tales pruebas, los resultados de las mismas, no pueden implicar su exclusión del proceso de selección, y el otorgamiento de puntaje debe serlo en menor proporción a las otras pruebas. (…)Revisadas las normas contentivas de la aplicación de la entrevista con uso de polígrafo, se evidencia que ni esas disposiciones, ni los antecedentes obrantes en los procesos acumulados, hicieron distinción, ni identificaron los empleos que por excepción justificaran
suficientemente, el uso del polígrafo en la entrevista, sino que la ordenaron para todos los ofertados, por la Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales; la interesada simplemente adujo por razones del servicio y en la convocatoria y en la convocatoria se estipuló que el objetivo de la entrevista indagar si al aspirante ha participado en las actividades ilícitas [hurto, enriquecimiento ilícito, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, o si ha pertenecido o tiene vínculos con grupos al margen de la ley, entre otras conductas punibles.]Lo anterior en criterio de la Sala, no justifica de manera suficiente inclusión del uso del polígrafo, para la prueba de entrevista máxime cuando no todos los empleos ofertados por la Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales tienen funciones relacionadas con su objeto misional.(…) Se exhorta a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), para que en el futuro se abstenga de establecer en las reglas o bases de las convocatorias a concurso público de méritos, para el ingreso a la Función Pública, pruebas de confianza, entrevista carácter eliminatorio, «con uso de polígrafo» y de «exclusión» del proceso de selección NOTA DE RELATORÍA: Sobre el carácter clasificatorio, ver: C de E, Sala Plena de la Sección Segunda, sentencia del 10 de octubre de 201911001-03-25-000-2016-00988-04 (4469-16)
NORMA DEMANDADA. ACUERDO 20171000000086 DE 2017 PARCIAL DE
LOS ARTÍCULOS 8º, APARTADO B (Nulo) / ACUERDO 20171000000086 DE 2017 ARTÍCULO 10 (Nulo) / DOCUMENTO COPILATORIO - ARTÍCULO 29(Nulo) / DOCUMENTO COPILATORIO – ARTÍCULO 31(Nulo) FUENTE FORMAL : CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 13 / DECRETO 1227 DE 2005 – ARTÍCULO 23 / / DECRETO 1227 DE 2005 – ARTÍCULO 24 / LEY 909 DE 2004 – ARTÍCULO 125
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
SUBSECCIÓN “B”
Consejero ponente: CÉSAR PALOMINO CORTÉS
Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Radicación número: 11001-03-25-000-2017-00767-00(4044-17) acumulados
[104 expedientes]
Actor: ORGANIZACIÓN SINDICAL SINDIMISALUD1 Y OTROS REPRESENTANTE: RAFAEL MORA ESPINOSA 1 Representante: Rafael Mora Espinosa. Certificado de existencia y representación fl 54 cdno 1 expediente principal Demandado: COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Radicación número: 11001-03-25-000-2017-00767-00
N° Interno : 4044-2017 y acumulados [104 expedientes] Vinculados : Unidad Administrativa Especial Contaduría General de : la Nación [18 entidades] Medio de control : Nulidad
Tema : Acuerdos 20161000001296 de 29 de julio de 2016, 20171000000086 de 01 de junio de 2017 y 20171000000096 de 14-junio de 2017–Convocatoria 428 de 2016 :«Documento compilatorio de los acuerdos contentivos de la Convocatoria 428 de 2016-Grupo de entidades del orden Nacional» de 23 de junio de 2017
Medio de control : nulidad–Ley 1437 de 2011
La Sala decide mediante sentencia, las demandas de nulidad presentadas, contra los acuerdos 20161000001296 de 29 de julio de 2016; 20171000000086 de 1 de junio de 2017 y 20171000000096 de 14 de junio de 2017, contentivos de la convocatoria 428 de 2016. I.ANTECEDENTES DEMANDA Y TRÁMITE PROCESAL 1.Mediante autos del 13 de diciembre de 2019, y 28 de febrero de 2020 se acumularon al expediente 110010325000 2017 00767 00,[más antiguo] los siguientes radicados:
N. Radicado Demandante
Or 110010325000 Organización Sindical SINDIMISALUD 1 20170076700 Representante: Rafael Mora Espinosa (4044-2017)más antiguo Apoderado: Carlos Julio García Arroyo. 2 110010325000 Sindicato Nacional de Trabajadores y 20170012600 Servidores Públicos de la Protección (0641-2017) Social-SINALRAEMPROS2 3 Jorge Leonardo Briceño Palacios3 110019325000 20170029900 (1452-2017) 4 Colegio Nacional de Inspectores de
110019325000 Trabajo 20170032600 (1563-2017 ) 2Guillermo E. Erizalde Padilla Presidente folio 1 cdno1 3 abogado T.P.232180 5 Néstor Morales Osorio 110010325000 20180006300 (0263-2018) 6 Olga Lucía Valderrama Barón 110010325000 20180013100 (0406-2018) 7 Erick Yesid Bolaños 110010325000 20180032200 (1346-2018) 8 Rubén Darío Gómez López 110010325000 201800359 00 (1383-2018 9 Arley David Fernández Cervantes 110010325000 20180036000 (1384-2018) 10 Oscar David González Vargas 110010325000 20180036600 (1390-2018) 11 Andrés Felipe Solarte López 110010325000 20180036700 (1391-2018) 12 Wilson García Jaramillo4 110010325000 20180036800 (1392-2018) 13 Vivian Liseth Quintero Viasus 110010325000 20180040500 (1776-2018) 14 Alexander Delgado Tobón 110010325000 20180040600 (1777-2018) 15 Yudy Liliana Amézquita Gerena 110010325000 20180040900 (1780-2018) 16 Favio Rubio Rubio 110010325000 20180041000 (1781-2018) 17 Ruby Esperanza Gómez Cristancho 110010325000 20180041100 (1782-2018) 18 Ángela Patricia Cabezas Morales 110010325000 20180041200 (1783-2018) 4 abogado T.P.103821
19 César Augusto Neiva Blanco 110010325000 2018 00418 00 (1788-2018) 20 Jorge Arturo Caicedo Castro 110010325000 20180042600 (1797-2018) 21 María Betty Moreno Enciso 110010325000 20180043300 (1804-2018) 22 Diana María Caicedo Moreno 110010325000 20180043400 (1805-2018) 23 Diana Milena Rojas Gutiérrez5 110010325000 20180043600 (1807-2018) 24 Francisco José Fuentes Rubio 110010325000 20180043700 (1808-2018) 25 Yirly Astrid Tellez Ariza 110010325000 20180043800 (1809-2018) 26 José Giovanni Lizarazo Martínez 110010325000 20180044900 (1820-2018) 27 Álvaro Enrique Cruz Atahualpa 110010325000 20180045400 (1825-2018) 28 Hugo Alexander Duarte Anzola 110010325000 20180045600 (1827-2018) 29 Juan Pablo Onofre García 110010325000 20180045700 (1828-2018) 30 Ángela Patricia Salamanca González 110010325000 20180045900 (1830-2018) 31 Gloria Mercedes Gómez Patiño 110010325000 20180046600 (1837-2018) 32 Héctor Andrés Moreno Vásquez 110010325000 20180046900 (1840-2018) 5 Abogada T.P.202562 33 María del Rosario Cruz Mondragón 110010325000 20180047400 (1845-2018) 34 Camilo Andrés Robayo Chilito
110010325000 20180047700 (1848-2018) 35 José Edilberto Fonseca Ruíz 110010325000 20180048500 (1856-2018) 36 César Andrés Velandía Cubillos 110010325000 20180048900 (1860-2018) 37 Wilson Eduardo Puentes Suárez 110010325000 20180049000 (1861-2018) 38 Francisco Javier Núñez Varela6 110010325000 20180049200 (1863-2018) 39 Gabriel Gutiérrez García 110010325000 20180049300 (1864-2018) 40 Andrés Roberto Ariza Bautista 110010325000 20180049500 (1866-2018) 41 Carlos Arturo Guevara Martínez 110010325000 2018 0049900 (1870-2018) 42 Jorge Javier Nizo Villareal 110010325000 20180050100 (1872-2018) 43 Yolanda Pinto Castilllo 110010325000 20180050600 (1877-2018) 44 Manuel Alejandro Morales Quiroga 110010325000 20180051600 (1887-2018) 45 Ricardo Gutiérrez Gómez 110010325000 20180051700 (1888-2018) 46 Giovanny Alexis Acero Caicedo 110010325000 20180051800 (1889-2018) 6 Abogado T.P. 170577 47 Nancy Liney Piñeros Sarmiento 110010325000 20180052200 (1893-2018) 48 Elizabeth Rodríguez Rincón 110010325000 20180052800 (1899-2018) 49 Diego Andrés vega Caicedo 110010325000 20180052900 (1900-2018)
50 Javier Raúl Rodríguez 110010325000 20180053200 (1903-2018) 51 Katerín Liliana Paredes Piñeros 110010325000 20180053600 (1907-2018) 52 Epimenio Rojas Pontón 110010325000 20180053900 (1910-2018) 53 Laura Marcela Cadena Pedraza 110010325000 20180054000 (1911-2018) 54 María Teresa Parra 110010325000 20180054100 (1912-2018) 55 María Carolina Córdoba Vega 110010325000 20180054200 (1913-2018) 56 Ángela Isabel Velásquez Granados 110010325000 20180054400 (1915-2018) 57 Germán Enrique Chibuque Ruíz 110010325000 20180054600 (1917-2018) 58 Johan Manuel Rivera Hernández 110010325000 20180060100 (2462-2018) 59 Doris Marcela Córdoba Angulo 110010325000 20180060200 (2463-2018) 60 Oscar Sneider Correa Ariza 110010325000 20180071400 (2686-2018) 61 Guillermo Arturo Rico González7 110010325000 20180077100 (3006-2018) 62 Jorge Alexander Guateque Martínez 110010325000 20180077200 (3007-2018 63 Ángela María Celis Roa 110010325000 20180077300 (3008-2018) 64 Ruth Magaly Devia Díaz 110010325000 20180077400 (3009-2018) 65 Edelberto Gómez Vergara 1100103250002018007750 0 (3010-2018) 66 Ángela María Prada Corredor
1100103250002018007940 0 (3029-2018) 67 Sandy Leudivith Rodríguez Murillo 1100103250002018007970 0 (3032-2018) 68 Mónica Paola Cifuentes Chalarca 110010325000 20180079800 (3033-2018) 69 Hugo Hernando López Muñoz 110010325000 20180080500 (3040-2018) 70 Mery Yaned Rodríguez Sánchez 110010325000 20180080600 (3041-2018) 71 Tilcia Helena Angarita Baene 110010325000 20180081800 (3053-2018) 72 Luís Carlos Gómez Camargo 110010325000 20180082000 (3055-2018) 73 Smith Villamizar Arteaga 110010325000 20180082700 (3062-2018) 74 Yudy Cedmit Salcedo Pérez 110010325000 20180085500 (3090-2018) 7 abogado T.p.167898 75 Humberto Jesús Hoyos Avilés 110010325000 20180085800 (3093-2018) 76 Gladys Barragán Rodríguez 110010325000 20180086000 (3095-2018) 77 Raúl Marcelino Herrera García 110010325000 20180086100 (3096-2018) 78 Martha Emilia de las Mercedes Moreno 110010325000 Gómez 20180086300 (3098-2018) 79 Soleiny Marín Cortés 110010325000 20180089500 (3139-2018) 80 Luz Marina Sierra Gómez 110010325000 20180089600 (3140-2018) 81 María del Pilar Vélez Zuluaga 110010325000 20180089700
(3141-2018) 82 Sttefan Johana Cárdenas Garzón 110010325000 20180089800 (3142-2018) 83 Yohana Patricia Gómez Duarte 110010325000 20180089900 (3143-2018) 84 Martha Soledad Díaz Ocampo 110010325000 20180090000 (3144-2018) 85 Maira Clarena Rivera Gómez 110010325000 20180090200 (3146-2018) 86 María Nina Zambrano Trujillo 110010325000 20180098900 (3235-2018) 87 Bladimir Alexander Hinestroza Hernández 110010325000 20180103400 (3280-01034) 88 Héctor Fabián Riaño Gómez 110010325000 Emma Inés Rojas Carbonell 20180105500 Alberto Patiño Rodríguez (3553-2018) Yesid Rivas Gamboa 89 Edmundo Jurado Villota 110010325000 20180106700 (3840-2018) 90 Liliana Isabel Boude Figueredo 110010325000 20180106800 (3841-2018) 91 Alicia Ortiz Buitrago 110010325000 20180108000 (3853-2018) 92 Luís Enrique Roberto Boyacá 110010325000 20180110500 (3978-2018) 93 Elsa Cecilia Velásquez Cepeda 110010325000 20180110700 (3980-2018) 94 Adriana Cárdenas Ramírez 110010325000 Nelson Horacio Garrido Beltrán 20180114900 (4025-2018) 95 Robín Yesid Meza Ramírez 110010325000 Mario Alexander Duarte Cortés 20180117900 (4055-2018)
96 Irma Janeth Bermúdez Gómez 110010325000 20180119400 (4164-2018) 97 Darío Fernando Pedraza López 110010325000 20180120400 (4174-2018) 98 Álvaro Augusto Omeara S. 110010325000 20180123300 (4203-2018) 99 José Hernando Cubides Zambrano 110010325000 20180126200 (4233-2018) 10 Andrés Fabián Otálora Henao 110010325000 0 20180129200 (4264-2018) 10 Yaneth Amparo Anaya 110010325000 1 20180134200 (4507-2018) 10 John Fredy Espinosa Ramos 110010325000 2 20180165200 (5543-2018) 10 Oscar Miller Benavides Tello 110010325000 3 20190028400 (1727-2019) 10 Fernán Clareth Vidal Sánchez 110010325000 4 20180110600 ( 3919-2018)
2. En esa oportunidad se indicó que los radicados acumulados coinciden en esencia en el objeto y causa central [nulidad acuerdos 20161000001296 de 29 de julio de 2016 –20, 20171000000086 de 01-06-17 y 20171000000096 de 14-06-17.], contentivos de la convocatoria 428 de 2016.
3. Las demandas en cada uno de los expedientes acumulados fueron admitidas.
Se ordenó notificar personalmente a: i. Comisión Nacional de Servicio Civil. ii.Agente del Ministerio Público. iii Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. v. Comunicar a la comunidad por la página web del Consejo
de Estado. vi. Asimismo, se vinculó y se ordenó notificar personalmente, por el interés que les pudiera asistir en los resultados del proceso a las entidades beneficiarias de la convocatoria 428 de 2016, a saber: 1.Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación 2.Ministerio del Interior 3.Ministerio del Trabajo 4.Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. 5.Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores 6.Agencia Nacional del Espectro-ANE-7.Ministerio de Justicia y del Derecho 8.Ministerio de Salud y Protección Social 9.Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado 10.Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo 11.Dirección Nacional de Derechos de Autor 12.Instituto de Planeación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas no Interconectadas –IPSE-13.Fondo Nacional de Estupefacientes 14.Instituto Nacional de Salud 15.Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales 16.Ministerio de Comercio, Industria y Turismo 17.Instituto Nacional de vigilancia de Medicamentos y Alimentos-INVIMA-18. Comisión Nacional de Servicio Civil.
4. El Consejo de Estado, en los expedientes acumulados, aceptó 216 personas presentadas como coadyuvantes de la parte demandante8 y 254 por la parte demandada9
5. El Consejo de Estado, mediante autos del 16 de octubre de 2020 decidió: i.Negar la solicitud de nulidad procesal.
ii.Resolvió la medida cautelar ordinaria y de urgencia pendiente y obrante en cada uno de los expediente acumulados. Como consecuencia, suspendió 8 1.Boris Camilo Rodríguez Gómez 2.Efraín Caicedo Fraide 3.Martha Lucero Rocha 4.Yuly Carolina Jeréz López 5.Jeannette Rodríguez Ángel 6.Sandra Milena Ávila García 7.Hugo Fernando Amaya Murcia 8.Rosalba María Campos Hernández 9.Angélica Johana Pitta Correa 10.Mayra Alejandra Niño Ramírez 11.Sandra Isabel Perilla Acosta 12.Ruth Socorro Fierro Reina 13.Mercedes Morales Naranjo 14.Susana Beatríz Rincón Corredor 15.Esperanza Muñoz Rodríguez 16.Fausto Arnulfo Collazos Gaviria 17.Yadira Flórez Rodríguez 18.Edwin Pastor Castañeda Oliveros 19.Willys Beltrán Mora, 20.Maryi Ilse Cotes Mendoza 21.Román Ernesto Díaz Jiménez 22.Alba Milena Ramírez Álvarez 23.Luz Merly Paéz Cifuentes 24.Hilda Yolanda Contreras Pachón 25.María Betsabe Salcedo Mojica 26.Olga Lucía Espitia Castillo 27.Jesús María Alzate Alzate 28. Yudy Elena Ruíz Correa 29.Jimena Zúñiga Zúniga 30.Luís Fernando Rodríguez David 31.Jaime Augusto Espinosa 32.Ricardo Andrés Mojica Patiño 33.César Evilario Olivera Ospina 34.Simón Albeiro Florido Cuellar 35.Edna Marelvy Moreno Cárdenas 36.Danys Jamín Espinosa
Ramírez 37.Lila Mena Obregón 38.Diana Yasmín Perdomo Góngora 39.Yenny Patricia Jiménez Bolívar 40.Camilo Sánchez Fernández 41.Blanca Cecilia Rodríguez Vila 42.Claudia Mabel Amaya Medina 43.Luz Liliana Pire Salamanca 44.Nenny Alejandra Sáenz Gómez 45.Camelia Restrepo Álvarez 46.María Clarena Flórez Infante 47.William Eduardo Arteaga Patiño 48.Romel Alban Villota Mena 49.Ricaurte Reina García 50.Diver Yerson Marmolejo Potes 51.Lesney Córdoba Moreno 52.Marcos Tercero Narváez Vergara 53.Ana Yaneth Torres Torres 54.Iliana Inés Cabarcas Gutiérrez 55.Nahir Alexandra Arias Pedreros 56.Emilcen Rojas Cristancho 57.Renzo Leonel Benavides Infante 58.Jorge Mauricio Niño Ortiz 59.Marlen Eliana Ardila López 60.Blanca Mery Rincón Delgado 61.Alexandra Sanabria Benítez 62.Edgar Lizandro Torres Martínez 63.Héctor Parra Orozco 64.Augusto Bossio Gutiérrez 65.patricia Dominguez Cepeda 66.Yadira Jiménez Alvarez 67.Víctor Hugo Barrios 68.Guillermo Bello Rodríguez 69.Alfonso Ortíz Franco 70.Edwar Barrios Hernández 71.Aquiles Sánchez Noguera 72.Maritza Roa Vengoechea 73.Rafael de la Hoz Beltrán 74.Maria Clara Llina 75.Eder Alfaro Marriaga 76.Octavia Celedón Florez 77.Betty Terán Zambrano 78.Arelis de la Hoz García 79.Lexis Blanco Ahumada
80.Cristian Romero Valiente 81.Augusto Bossio Gutiérrez 82.Guadalupe Gómez García 83.Leyder Castro Rodríguez 84 Raúl Alberto Malagón Vargas 85.Gloria Patricia Ramírez Sepúlveda 86.Andrea Garaviño Villalba 86.Andrea Garaviño Villalba 87.Claudia Milena Betancour peña 88.Diego Mauricio Ramos Moreno 89.Rita Isabel Villamil U. 90.Jhon Jairo Góngora Torres 91.Fabián Camilo Ángel Medina 92.Julián Andrés Garzón Arévalo 93.Andrés José Visbal Castañeda 94.Jhon Alexander Fajardo Abril 95.Oscar Daniel Acevedo Arias 96.Rosalba Castillo C. 97.Graciela Garzón Mora 98.Angélica María Ayala Durán 99.Sandra Paloma Salguero Urquijo 100.Judith del Pilar Orozco Torres 101.Hilda Yolanda Contreras Pachón 102.Sandra Peña B 103.Patricia Martínez Gamarra 104.Clara Patricia Zapata Trujillo 105.Silvia Pérez Sepúlveda 106.Luz Carime Lozano Fajardo 107.Ana Teresa Morales 108.Jennifer Villabon Peña 109.Carlos Arturo Riveros Martínez 110.Imelda Pantoja Rosero 111.Henry Martín Reyes Huertas 112.Claudia Patricia Arias Chala 113.Raúl Orlando Melo Martínez 114. Gina Tatiana Vesga Pérez 115.Saira Maritza Díaz Díaz 116.Víctor Julian Ramírez Betancur 117.Luz Marina Reyes Betron [Secretaría General Asoseguridad social] 118.Eva Nayibe Rodríguez Lozano 119.Rubby María Fontalvo Cabarcas 120.Isabel Angélica Jiménez 121.Suez Pérez Muñoz 122.Meibel Esther Argote Pérez 123.Flor Ángela García Ossa 124.Alfonso Antonio
Ortíz Franco 125.Dionisio Jesús Enriquez Martínez 126 Daniel Ernesto Barrios Valencia 127.Martha Yaneth Salinas Parra 128.Andrea Milena Herrera Abril 129.Lissette Zácaro Heilbrón 130.Claudia Mabel Amaya Medina 131.Edgardo Lizando Torres Martínez 132.Edith María Monterrosa Carvajal 133.Ever Antonio Vergara Izquierdo 134.María Tadeo Martínez Torres 135.José Gregorio Vuelvas Torres136.Jaider Luis Cogollo Llorente 137.Víctor Genaro Paternina Zurita 138.José Guillermo Herrera Lara 139.Martha Cecilia Botero Ruiz 140.Luís Enrique Villadiego Sánchez 141.Claudia Lucinda Jaimes Villamizar 142.Olga Lucia Sánchez Treffy 143.Martha Yaneth Salinas Salas 144.Jeannette Rodríguez Ángel 145.Adriana Milena Herrera Abril 146.Adriana del Pilar Trujillo Gómez 147.Yuly Carolina Jerez López 148.Daniel Ernesto Barrios Valencia 149.Andrés Marcel Espitia Lancheros 150.Rosa Elena Salazar Alba 151.Martha Lucero Rocha 152.Lucila Inés Ocampo Camaño 153.Helena Peña Urrego 154 .Fredy Geovani Cobos Riaño 155.Javier Felipe Peña Giraldo 156.Fernando Rueda Castillo 157.Myriam Janeth Perdomo Castellanos, 158.Nubia Esperanza Morales Díaz 159.Ana Larissa Niño Collantes 160.Sebastián Salazar Salazar 161.Luís Enrique Cortés Callejas 162.Juan Carlos
Alvarado Robayo 163.Martha Stella López 164.Jimmy Leonardo Caballero Herrera 165.Fernando Duque Echeverry 166.Jairo Vargas Rodríguez 167.Diego Alberto Viracachá Ávila 168.Fondo de Previsión Social del Congreso de la República 169.Ministerio de Salud y Protección Social 170.Álvaro Alexander Mossos Jiménez 171.Camilo Andrés Triana Estepa 172.Sandra Jineth Villegas Pérez 173 Mauricio Molina Valdés 174.Gloria Matilde Parga Cerón 175.Angélica María Bohorquez Romero 176.Ruth Adriana Navas Contreras 177.Oscar Javier Mora Cano 178.Angelina Toloza Pabón 179 Hernán David Iguarán Daza 180.Yenny Patricia Rengifo 181.Javier Felipe Peña Giraldo 182. Cesar Augusto Malagón Díaz 183.Harold Antonio Villanueva Villanueva 184.Alvaro José Mojica Sierra 185.Rafael Enrique Sanjuanelo Durán 186.Humberto Niebles Sarmiento 187.Mario Alberto Cruz Meisel 188.Helberth Manuel Cabrales del Real 189.Mildred Carina Escocia Martínez 190.Audrey Tatiana Briceño Arrieta 191. Lorena Claudett Charris Cordero 192.Waldir Diaz Diaz 193.Dennise Arango 194.Sandra González, 195 Cindy Uribe, 196 María Clara Numa,197 Yaneth Fernanda Lozada 198 Carlos Andrés Gómez, 199 Carlos Augusto Ómeara 200 Karen Lorena Ferrucho Suárez, 201 Rojas Bautista, 202 Hernán Sofán, 203 .Pedro Pablo Beltrán Díaz, 204 Jorge Correa, 205.Elvia Lucía Vera, 206.Viviana Andrea Ramos Ch, 207.Porfirio Humberto Bernal V.
208.Yeniffer Junco E., 209.Debie Angélica Carreño A, 210.Edith Johana de la Hoz, 211.Juliette Andrea Cetina Zorro, 212.Nathalia Barrios, David Fernando Pedraza, 213.María Cuello, 214.Diana Cristina Morales, 215.Guillermo Sierra 216 Diana Carolina Riaño. 9 1.Diana Rocío Córdoba Muñoz 2. Francia del Pilar Torres Acevedo 3. Sandra Bibiana Roa Vivas 4. Nicolás Ardila Pazmiño 5. David Andrés Suárez Ocampo 6.Carlos Andrés Barragán Mesa 7.José David Benavides Ospina, 8 Juan José Culmán Forero, 9.Pedro Guillermo Roa Pinzón, 10.Jahir Pérez Polo 11. Legna Libet Guzmán Franco 12.Yamileyh Angelina Quiñones Panchano 13. Fernanda López Insuasry 14.Claudia Lorena Acosta Castro 15. Dagnover Ricardo Vanegas 16.Edgar Lozada Acosta 17.Elvy Yadira Varón Reyes 18.Gladys Puentes Cruz 19.Angélica María Molina Meneses 20.Guillermo Arellano Castillo 21.Natalia Ardila Chantré 22.Dannis Daniel Martínez Hoyos 23.Joe Luís Herrera Castro 24.Oscar Andrés Acosta Ramos 25.María Claudia Vásquez Salazar 26.Alfonso Ortiz Franco 27.Olga Leticia Marsiglia Ortiz 28.María Divina Ibarra Autariz 29.Diana Carolina Sotomayor Espitia 30.Martha Lucía Ocampo Rueda 31.Ingrid Lorena Correa Sánchez 32.Estefanía del Pilar Arévalo Perdomo 33.Sandra Johana González Matallana 34.Antonio Daniel Gil Lozano 35.Bibian Marcela Castellanos González 36.Lida
Fernanda Estepa Rodríguez 37.Ana María Restrepo Chávez 38.Nelson Andrey Sánchez Contreras 39.Carlos Andrés López Melo 40.Mónica María Pérez León 41.Hoover Edison Ramos Cuellar 42.Luis Alfonso Pintor Ospina 43.Pablo Ernesto Medrano Moreno 44.Lina Angélica Hernández Báez. 45. Leonor Cristina Cañón Uribe 46.Fernando López Díaz 47.Claudia Becerra Ríos 48.Pedro Enrique Ducuara Mora 49.Yenny Zulima Vásquez Alejo 50.Marisol Cuellar Campos 51.Yuly Andrea Gamboa Marín 52.Marina Angélica Salinas Nova 53.Diana Paola Bocanegra Horta 54.Amparo Liliana Sabogal Apolinar 55.Sandra patricia Misnaza Castillón 56.Sandra Milena Aparicio Fuentes 57.Lui Jesús Madrid Palencia 58.Adriana Patricia Saboya Ruíz 59. Guiovanni Agustín Beltrán López 60.Edna Carime Díaz Sanabria 61.Marilina Castellanos Villamizar 62.Carol Jania Lissette Arévalo González 63.Angie Tatiana Bolaños Cuevas 64.Edna Cateing Rodríguez Cárdenas 65.Luz Norela González Garay 66.Yicel Andrea Linares Correal 67.Sandra Rangel Díaz 68.Yenny Carolina Martín Rincón 69.Flor Rufina Rodríguez Villamarín 70.Kelly Viviana Díaz Alvarado 71.Janneth Natalia Delgado Castañeda 72.Eliana Liseth Parra Barrera 73.Luisa Fernanda Barrero Manrique 74.Diana Yamile Garzón Guevara 75.Carlos Giovanni Pinzón Choque 76.Oscar Iván Galarcio Noguera 77.María Eulalia Milanés 78.Juan Pablo Usta 79.Rafael Adalberto Godín Rojas
80.Diana Consuelo Ruiz Goez 81.Kattya In
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