CE-SECCION SEGUNDA-73001-23-31-000-2011-00665-02(1738–16)-2016
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION SEGUNDA-73001-23-31-000-2011-00665-02(1738–16)-2016
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
R(cid:201)GIMEN DE IMPEDIMENTOS / IMPEDIMENTO - Tener interØs directo o indirecto en el proceso [C]ausal de impedimento consagrada en el numeral 1(cid:176) del art(cid:237)culo 141 del C(cid:243)digo General del Proceso, concordante con lo establecido en los art(cid:237)culos 160 y 160A del Decreto 01 de 1984, cuyo tenor literal es el siguiente: “1. Tener el Juez, su c(cid:243)nyuge o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, interØs directo o indirecto en el proceso.” FUENTE FORMAL: CGP - ART˝CULO 161 NUMERAL 1 / CCA - ART˝CULO 160
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCI(cid:211)N SEGUNDA
SUBSECCI(cid:211)N "A"
Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERN`NDEZ
BogotÆ D.C, veintitrØs (23) de junio de dos mil diecisØis (2016) Radicaci(cid:243)n nœmero: 73001-23-31-000-2011-00665-02(1738–16)
Actor: EMILIO ALBERTO HERN`NDEZ CAVIEDES
Demandado: RAMA JUDICIAL – CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA –
DIRECCI(cid:211)N EJECUTIVA DE ADMINISTRACI(cid:211)N JUDICIAL
Referencia: MANIFESTACI(cid:211)N DE IMPEDIMENTO - SECCI(cid:211)N SEGUNDA
EncontrÆndose el proceso para decidir sobre la admisi(cid:243)n del recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia de 28 de agosto de 20151, proferida por los Conjueces del Tribunal Administrativo del Tolima, en el proceso instaurado por el seæor EMILIO ALBERTO HERN`NDEZ CAVIEDES contra el Oficio DSAJ No. 001114 de 20 de septiembre de 2010, las Resoluciones Nos. 002433 de 29 de noviembre de 2010 y 1813 de 4 de febrero de 2011, actos administrativos expedidos por el Consejo Superior de la Judicatura – Direcci(cid:243)n seccional de Administraci(cid:243)n judicial de IbaguØ, mediante los cuales se neg(cid:243) el reconocimiento y pago de la prima especial del 30% prevista en el art(cid:237)culo 14 de la Ley 4“ de 1992. 1 Folios 260 a 265 del expediente. La Secci(cid:243)n Segunda del Consejo de Estado considera que el tema a tratar versa sobre la aplicaci(cid:243)n de normas que regulan aspectos salariales y prestacionales de funcionarios y servidores de esta Corporaci(cid:243)n, que al estar cobijados por el supuesto fÆctico de las normas en discusi(cid:243)n, se encuentran inmersos en la causal de impedimento consagrada en el numeral 1(cid:176) del art(cid:237)culo 141 del C(cid:243)digo General del Proceso, concordante con lo establecido en los art(cid:237)culos 160 y 160A del Decreto 01 de 1984, cuyo tenor literal es el siguiente: “1. Tener el Juez, su c(cid:243)nyuge o alguno de sus parientes dentro del cuarto
grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, interØs directo o indirecto en el proceso.” En consecuencia, la Secci(cid:243)n Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
RESUELVE: DECLARARSE IMPEDIDA para conocer del asunto de la referencia, por encontrarse incursa dentro de la causal prevista por el numeral 1(cid:176) del art(cid:237)culo 141 del C(cid:243)digo General del Proceso concordante con lo establecido en los art(cid:237)culos 160 y 160A del Decreto 01 de 1984, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de esta providencia En consecuencia, por Secretar(cid:237)a pase el expediente a la Secci(cid:243)n Tercera del Consejo de Estado, a fin que se surta el trÆmite previsto en el art(cid:237)culo 160“ del Decreto 01 de 1984, adicionado por el art(cid:237)culo 51 de la Ley 446 de 1998.
C(cid:211)PIESE, NOTIF˝QUESE Y C(cid:218)MPLASE Esta providencia fue estudiada y aprobada por la Sala en sesi(cid:243)n celebrada en la fecha.
SANDRA LISSET IBARRA V(cid:201)LEZ
Presidenta