CE-SECCION SEGUNDA-76001-23-33-000-2018-00204-01(3307-20)
Consejo de Estado
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- Título
- CE-SECCION SEGUNDA-76001-23-33-000-2018-00204-01(3307-20)
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
CONTRATO REALIDAD - Contrato de prestación de servicios / RELACIÓN LABORAL - Elementos / ELEMENTOS DE LA RELACIÓN LABORALPrestación personal del servicio, remuneración y subordinación / SUBORDINACIÓN - Demostrada / RELACIÓN LABORAL - Probada / APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONESImprescriptibilidad Quien demande, tiene que desvirtuar inicialmente la presunción del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y consecuentemente la del acto administrativo mediante el cual se nombró. Es así, que es inminente que se prueben los elementos de la relación laboral, esto es, la actividad personal del trabajador, la subordinación continuada y dependencia del trabajador y la remuneración como retribución del trabajo prestado, para que se pueda configurar un contrato de trabajo. Constatado el objeto y las funciones que se establecieron en los contratos suscritos entre los extremos procesales, sumado a las actividades exigidas de un INSTRUCTOR DE PLANTA DEL SENA, se aprecian actividades que exigen para su ejecución necesaria dependencia y subordinación, aunado a que la labor fue docente, la Sala al realizar una valoración bajo las reglas de la sana crítica de las pruebas allegadas al proceso, encuentra que es posible determinar la existencia de una relación laboral subordinada, siendo incuestionable el ánimo de la entidad contratante de emplear de modo permanente y continuo los servicios de la actora en consideración a la continuidad de la relación y poner de presente que dentro del material probatorio obrante es posible establecer que se configuró el elemento de la subordinación y continuada dependencia. Por lo dicho, y de acuerdo con lo probado en el plenario se encuentran acreditados los elementos constitutivos la
relación laboral entre las partes en virtud del principio de primacía de la realidad sobre las formalidades (prestación personal del servicio, contraprestación y subordinación o dependencia), destaca la Sala que ello no implica que la persona obtenga la condición de empleado público, puesto que no median los componentes para una relación de carácter legal y reglamentaria en armonía con el artículo 122 superior. Con base en la citada jurisprudencia SUJ2-005-16, la Sala observa, como ya se dijo, que a pesar de que operó la prescripción de los derechos prestacionales reclamados por la labor realizada del contrato 60 de 2008 al 000530 de 2013, dado que los aportes al sistema de seguridad social en pensiones son imprescriptibles, la entidad accionada deberá realizarlos al respectivo fondo de pensiones en el porcentaje que le correspondía durante la totalidad de los vínculos, esto es, de 19 de febrero de 2008 hasta la culminación del contrato 001544 de 7 de diciembre de 2016, salvo sus interrupciones. Adicionalmente, resulta oportuno declarar que la totalidad del tiempo trabajado por la actora bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios se debe computar para efectos pensionales.
FUENTE FORMAL: LEY 80 DE 1993 - ARTÍCULO 32
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN "B"
Consejera ponente: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ
Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Radicación número: 76001-23-33-000-2018-00204-01(3307-20)
Actor: JANETH VILLA AMAYA
Demandado: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA Referencia: TEMA: CONTRATO REALIDAD. FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA - LEY 1437 DE 2011.
Teniendo en cuenta que no existen irregularidades, vulneración a las garantías de las partes, ni nulidades procesales, decide la Sala1 el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, como apelante único, contra la sentencia el 31 de octubre de 20192, dictada por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que negó las pretensiones de la demanda.
ANTECEDENTES
Pretensiones
1. La señora Janeth Villa Amaya con la representación exigida por la ley y en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presenta demanda con la finalidad de obtener la nulidad del acto administrativo contenido en el oficio No. 76-9311 del 19 de septiembre de 20173 a través del cual se negó el reconocimiento y pagos de las prestaciones sociales dejadas de sufragar y del reajuste salarial.
2. A su vez, que se declare la existencia de una relación de carácter laboral con el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA; al pago de las prestaciones sociales dejadas de percibir (auxilio de cesantías, intereses de cesantías, subsidio de alimentación, primas semestrales, prima de navidad, vacaciones, prima de vacaciones y bonificación por recreación); al pago de los aportes a seguridad social; y a la condena en costas. 1 El expediente ingresó al Despacho el 25 de agosto de 2021, según informe secretarial visible a folio 365.
2 Ver folios 320 al 334. 3 Suscrito por el subdirector SENA. Hechos
3. Para una mejor comprensión del asunto, a continuación la Sala ilustra la situación fáctica expuesta por la accionante en la demanda. 3.1. Sostiene que fue vinculada como INSTRUCTOR en el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, desarrollando sus funciones de manera subordinada, dentro de un horario asignado y con una remuneración, de acuerdo con el siguiente
cuadro: No. Objeto Fecha Duración Valor contrato inicial mensual del Contrato 60 de Prestación de servicios Febrero de 6 meses $8.985.000 febrero de como instructor en el 2008 2008 área Organización de áreas para el Servicio y Técnicas de Recepción - Hotelería Adicional Prestación de servicios 4 meses $3.953.400 orden de como instructor en el trabajo No. área Organización de 60 de 2008 áreas para el Servicio y 31/10/2008 Técnicas de Recepción - Hotelería 195 Prestación de servicios 23/02/2009 5 meses $15.480.000 19/02/2009 personales, como instructor contratista para impartir formación profesional y participar en el diseño de instrumentos de inducción y apoyo al procesos del sistema nacional de formación para el trabajo en elaboración de instrumentos de evaluación y evaluación de competencias laborales del Centro de Gestión Tecnológica de Servicios. Adicional al Ibidem 3 meses $5.805.000 contrato No. 195 de 2009 113 Prestación de servicios 29/01/2010 10 meses $28.000.000 22/01/2010 personales, como
instructor contratista para impartir formación profesional y participar en el diseño de instrumentos de inducción y apoyo al procesos del sistema nacional de formación para el trabajo en elaboración de instrumentos de evaluación y evaluación de competencias laborales del Centro de Gestión Tecnológica de Servicios. 298 Impartir Formación 10/02/2011 4 meses, $12.978.000 10/02/2011 Profesional en 15 días HOTELERIA Y TURISMO, en los diferentes proyectos que se ejecuten en el Centro y conforme a los requerimientos de la Institución. 365 de 2011 Impartir Formación 18/02/2011 4 meses, $12.497.333 Profesional en 10 días HOTELERIA Y TURISMO, en los diferentes proyectos que se ejecuten en el Centro y conforme a los requerimientos de la Institución. 1271 Prestación de servicios 15/07/2011 5 meses, $14.804.533 14/07/2011 temporales para impartir 4 días formación en el área de HOTELERÍA Y TURISMO en competencias como: Atender usuarios de acuerdo con la política de servicios. Administrar recursos logrando la productividad del área. Dirigir el personal a cargo de acuerdo con las políticas internas. Prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. Proyectar el mercado de acuerdo con el tipo de producto y/o servicio de acuerdo con las características de los consumidores y usuarios. En los diferentes proyectos que se imparten en el Centro de Gestión
Tecnológica de Servicios y conforme a los requerimientos de la Institución. 223 Prestación de servicios 01/02/2012 5 meses $13.000.000 10/02/2012 profesionales de carácter temporal como instructor, para Diseñar prototipos de productos y/o servicios que satisfagan las necesidades y requerimientos de los clientes y cumplan la normatividad legal vigente. Dirigir el personal a cargo de acuerdo a políticas internas. Prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. (equivale a la norma 003 del mincomercio, industria y turismo) Desarrollo Curricular, tutorías y asesorías aprendices. 1679 Prestación de servicios 01/08/2012 3 meses $8.976.000 25/07/2012 profesionales de carácter temporal como instructor en el Programa Tecnólogo Gestión Hotelera, para
DISEÑAR
PROTOTIPOS DE
PRODUCTOS Y/O
SERVICIOS QUE
SATISFAGAN LAS
NECESIDADES Y
REQUERIMIENTOS DE
LOS CLIENTES Y
CUMPLAN LA
NORMATIVIDAD
LEGAL VIGENTE.
Dirigir personal a cargo de acuerdo a políticas internas. PRESTAR EL
SERVICIO DE
RECEPCIÓN Y
RESERVAS DE
ACUERDO A
MANUALES
EXISTENTES.
(EQUIVALE A LA
NORMA 003 DEL
MINCOMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO) 530 Prestación de servicios 29/01/2013 10 $30.817.600 24/01/2013 profesionales de meses, carácter temporal como 14 días instructor, en el programa Tecnólogo
Gestión Hotelera, para para Diseñar prototipos de productos y/o servicios que satisfagan las necesidades y requerimientos de los clientes y cumplan la normatividad legal vigente. Dirigir el personal a cargo de acuerdo a políticas internas. Prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. (equivale a la norma 003 del mincomercio, industria y turismo) Desarrollo Curricular, tutorías y asesorías aprendices. 873 de 2014 Prestación de servicios 23/01/2014 6 meses $19.045.200 profesionales de carácter temporal como instructor, para impartir formación profesional integral, bajo el enfoque por competencias laborales y formación por proyectos en los programas de formación titulada y complementaria para: Diseñar prototipos de productos y/o servicios que satisfagan las necesidades y requerimientos de los clientes y cumplan la normatividad legal vigente. Dirigir el personal a cargo de acuerdo a políticas internas. Prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. (equivale a la norma 003 del mincomercio, industria y turismo), en el programas: Tecnólogo en Gestión Hotelera. 3765 Prestación de servicios 25/07/2014 4 meses, $14.918.740 22/07/2014 profesionales en el 21 días TECNÓLOGO GESTIÓN HOTELERA formación complementaria para impartir formación en Diseñar prototipos de productos y/o servicios que satisfagan las necesidades y
requerimientos de los clientes y cumplan la normatividad legal vigente. Dirigir el personal a cargo de acuerdo a políticas internas. Prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. (equivale a la norma 003 del mincomercio, industria y turismo). Manejar valores e ingresos relacionados con la operación del establecimiento, (equivale a la norma nts 005 del mincomercio, industria y turismo). Asegurar márgenes de costo y utilidad cumpliendo las metas financieras. 1643 Prestación de servicios 04/02/2015 10 $34.002.030 31/01/2015 profesionales de meses, carácter temporal como 12 días instructor, para impartir formación profesional integral en los programas:
TECNÓLOGOS EN
GESTIÓN HOTELERA,
TÉCNICOS EN
SERVICIO DE
AGENCIAS DE VIAJES,
ESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA EN
GESTIÓN DEL
ECOTURISMO,
ESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA EN
MARKETING PARA
SERVICIOS
HOTELEROS,
FORMACIÓN COMPLEMETARIA. 1544 de Prestación temporal de 03/02/2016 20 meses $33.675.100 2016 servicios profesionales, tecnólogos en gestión hotelera, tecnólogo en guianza turística, técnicos en servicio de agencias de viajes, especialización tecnológica en gestión del ecoturismo, especialización tecnológica de marketing para servicios hoteleros, diseño de proyectos turísticos formación complementaria, instructor de turismo y recreación, formación
profesional para aprendices en el centro de Gestión Tecnológica de Servicios. 3.2. Manifiesta que la actividad desarrollada como INSTRUCTORA a favor del SENA, siempre fue permanente y subordinada, acatando las ordenes impartidas por su directivos y cumpliendo con las funciones que debía cumplir un empelado de público de carrera administrativa y/o provisional de la planta del SENA conforme al manual de funciones de la misma entidad. 3.3. Manifiesta que el 9 de septiembre de 20174 presentó reclamación administrativa al SENA, donde solicitaba la declaración de la existencia de la relación laboral y el pago de salarios y prestaciones sociales. 3.4. Reseña que la demandada a través del oficio No. 76-9311 del 19 de septiembre de 20175, le negó la solicitud anterior, al considerar que “…claramente que el vínculo contractual que subyace en los contratos de prestación de servicios no es ilegal, por el contrario, la Ley 80 de 1993 en armonía con la Ley 1150 de 2007, permiten esta forma de vinculación…”. (Acto acusado) Normas vulneradas y concepto de violación
4. La parte demandante cimenta sus pretensiones en los artículos 1, 2, 13, 25, 48, y 53 de la Constitución Política; 8 y 11 del Decreto 3135 de 1968; 8, 24 y 25 del Decreto 1045 de 1978; 15 de la Ley 100 de 1993; 1 y 2 de la Ley 244 de 1995; 4 de la Ley 119 de 1994; 22 del Decreto 1424 de 1998; 2 del Decreto 1426 de 1998;
1, 2, 36 y 37 de la Ley 115 de 1994; 42 parágrafo del Decreto 2277 de 1979; 2 del Decreto 2400 de 1968; sentencia C-614/2009 Corte Constitucional; 1, 2 de la Resolución 1067 del 16 de junio de 2005; 19 de la Ley 909 de 2004; 17 de la Ley 790 de 2002; 48 numeral 29 de la Ley 734 de 2002.
5. Sostiene, que de acuerdo con el Decreto 2400 de 1968, “Para el ejercicio de funciones de carácter permanente se crearán los empleos correspondientes, y en ningún caso, podrán celebrarse contratos de prestación de servicios para el desempeño de tales funciones”, el acto acusado es violatorio del tal precepto 4 Ver folios 124 al 143 5 Ver folios 144 al 149. legal, al desconocer el carácter permanente de las funciones ejecutados por la actora.
6. Señala que las funciones que desarrolló al servicio del SENA mediante contratos de prestación de servicios encuadran dentro los requisitos establecidos en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, por lo que se transforma en un verdadero contrato laboral, a tendiendo el principio de la primacía de la realidad sobre las formas.
7. Recalca que la entidad demandada, no solamente contravino la prohibición de contratar a través de contratos de prestación de servicios personales la ejecución de actividades de carácter permanente como el caso de un instructor, sino que también la norma legal que configura las funciones misionales que hacen permanentes las labores del servicio y la función pública en el SENA (Decreto
1426 de 1998 “por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje,
SENA”).
8. Reseña que, luego de analizada la jurisprudencia tanto de la Corte Constitucional como del Consejo de Estado aplicable al asunto, que las funciones que desarrolló, de manera subordinada, permanente y remuneradas, como instructor, labor misional al servicio del SENA mediante contratos de prestación de servicios, encuadran dentro los requisitos establecidos en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, por lo que se transforma en un verdadero contrato laboral.
Contestación de la demanda
9. El demandado se opone a la prosperidad de las pretensiones, al estimar que la relación con la actora fue legal y obedece a las estatuidas por la Ley 80 de 1993, donde desde el inicio del proceso contractual y en los estudios previos se estableció de manera diáfana, cual fue la necesidad de la contratación. Además, no tiene la calidad de empleada, toda vez que su contrato era de prestación de servicios, por lo tanto, no existió una relación de carácter laboral.
10. Indica que, con relación a las pruebas arrimadas al proceso, estas no demuestran el elemento de subordinación, en atención a que la actividad contractual fue desarrollada de manera autónoma, independiente y sin subordinación sujeta a la verificación de la ejecución del objeto del contrato y del seguimiento a la labor a desarrollar por el contratista, es por ello que más que una subordinación lo que surge es una actividad coordinada entre la actora y la administración para la ejecución por parte del primero de las actividades propias
del contrato.
11. Sostiene que las funciones ejecutadas por la accionante en cumplimiento de los contratos de prestación de servicios, de ninguna manera podían ser desarrolladas por el personal de planta de la entidad, en razón a la especialidad que se requería y estos últimos no contaban con tal experticia, además que no podía ser recargados con funciones adiciones.
12. Indica que la prestación del servicio a favor del Estado no confiere el estatus de empelado público, razón por la cual no hay lugar a la declaratoria de la relación laboral y menos aún al pago de las prestaciones pretendidas. Además, que en los contratos celebrados entre las partes se pactó cláusula de exclusión de la relación laboral.
13. Alega que se configuró el fenómeno prescriptivo, pues la accionante omitió ante la administración ejercer su derecho dentro de los años siguientes al momento en que se hizo exigible la presunta obligación.
La sentencia de primera instancia
14. El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, negó a las pretensiones de la demanda, y condenó en costas a la parte vencida.
15. Para decidir así fijó como problema jurídico a determinar: “en el ejercicio de los contratos de prestación de servicios celebrados entre la actora y el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, existió una relación laboral, y en consecuencia, debe dicha entidad reconocer y pagar en favor suyo, las correspondientes prestaciones salariales y sociales propias de dicha relación laboral, en atención al principio de la “prevalencia de la realidad sobre las formalidades”; o si por el contrario, tal como lo sostiene la entidad demandada, dichos contratos de prestación de servicios se ajustaron a derecho, en razón a que
en desarrollo de los mismos no se configuraron los elementos de un contrato de trabajo, tales como, subordinación, dependencia continua y remuneración y por tanto, la actora no tiene derecho a las acreencias que reclama”.
13. Para el efecto observó la Sala, que la accionante se encontraba vinculada al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA entre los años 2008 al 2016, mediante los siguientes contratos de prestación de servicios, así: No. Plazo Objeto Valor del Obligaciones del Contrato contrato y contratista y fecha forma de de inicio pago 60/2008 6 meses Prestación de $9.020.940 1.Cumplir el objeto del
(Fls 10y 4 servicios como equivalente contrato en los horarios 14) meses instructor en el a 500 y lugares que el SENA Adición adicional área horas indique. del es Organización de contratadas 2.Prestar los servicios contrato áreas para el a un precio con seriedad, del 31Servicio y unitario de responsabilidad, 10-2008 Técnicas de $17.979 profesional y eficiencia. (Fi.15) Recepción - por hora. 3.Responder por los Hotelería de los Dicho valor bienes y elementos programas de se pagará puestos a su formación en disposición para el profesional mensualida cumplimiento del objeto. integral del des. El 4.Efectuar los pagos al SENA. Para el contrato se sistema general de desarrollo del adicionó seguridad social objeto el por valor integral, lo cual será un contratista presta de requisito para el pago el servicio con $3.953.400 de los honorarios, así recursos en área con un tope como para la de recurso de hasta legalización del contrato propios del 220 horas. acreditar su afiliación al
Centro de sistema general de Servicios, del seguridad social en SENA Regional salud y pensiones. Valle del Cauca por 500 horas y se compromete a entregar reportes estadísticos, registros inherentes al proceso de conformidad con los horarios del Centro. 000195 5 Prestación de $5.805.000 1.Cumplir el objeto del del 19meses. servicios contrato. 02-2009 Adición: personales, 2.Prestar los servicios (Fls. 17La como instructor con seriedad, 19) - duración contratista para responsabilidad, Adición de la impartir profesional y eficiencia. del adición formación 3.Responder por los contrato podía profesional y bienes y elementos (Fl.21) ser participar en el puestos a su inferior diseño de disposición para el al plazo instrumentos de cumplimiento del objeto. de 5 inducción y 4.Participar de forma meses apoyo al asertiva en los cuando procesos del programas de al sistema nacional cualificación y contabili de formación mejoramiento zar en para el trabajo permanente que el número en elaboración Centro. de horas de instrumentos 5. Realizar entrega del ejecutad de evaluación y informe final de gestión as y evaluación de y de los archivos y pagadas competencias elementos a su cargo al laborales del antes de finalizar el contratis Centro de contrato. ta se Gestión 6. Entregar en las haya Tecnológica de fechas que el SENA agotado Servicios estipule los productos el total Regional Valle. de la planificación, de horas desarrollo y evaluación adicional de las acciones de es formación. 7.Realizar seguimiento y gestión de los proyectos formativos. Garantizar su
documentación involucrando como mínimo los siguientes aspectos: metodología del trabajo en equipo, planeación, ejecución, control, evaluación y ajustes de las fases, logro de los resultados de aprendizaje y principales productos.
8. Coadyuvar en la consecución de los resultados esperados de los equipos de trabajo interdisciplinares que el centro acuerde para gestionar proyectos formativos.
Realizar
9. Efectuar los pagos al sistema general de seguridad social integral, lo cual será un requisito para el pago de los honorarios, así como para la legalización del contrato acreditar su afiliación al sistema general de seguridad social en salud y pensiones. 000113 10 Prestación de $28.000.00 Las mismas del 22meses servicios 0 por obligaciones del 01-2010 personales, periodos contrato anterior.
(Fls.23.2 como instructor fijos por un 5) contratista para valor impartir mensual de formación $2.800.00 profesional y participar en el diseño de instrumentos de inducción y apoyo al procesos del sistema nacional de formación para el trabajo en elaboración de instrumentos de evaluación y evaluación de competencias laborales. 000365 4 meses Impartir $12.497.33 1.Hacer parte de los del 1210 días Formación 3 el cual se equipos de desarrollo 02-2011 Profesional en pagará en curricular. (Fls 27HOTELERIA Y mensualida 2. Participar en la 30) fecha TURISMO, en des programación y de inicio: los diferentes vencidas ejecución del proceso
18-02proyectos que se de de inducción de 2011 (Fls ejecuten en el $2.884.000 aprendices de 24-25 Centro y formación titulada. C2) conforme a los 3. Reportar en el requerimientos sistema Sofía Plus, de la Institución. todas las actividades que de acuerdo con los procesos que son de su responsabilidad ha ejecutado en calidad de información y su coherencia como proceso formativo.
4. Realizar actividades como gestor de proyectos para apoyar la programación.
5. Realizar seguimiento de gestión de los proyectos formativos.
6. Evaluar a los aprendices.
7. Entregar en la fechas que el SENA estipule los productos de programación, desarrollo y evaluación de las acciones de formación.
8. Realizar la entrega del informe final de gestión de los archivos y elementos a cargo. 001271 5 meses Prestación de $14.804.53 -Preparar, orientar, del 14y 4 días servicios 3 se desarrollar, apoyar y 07-2011 temporales para efectuará el evaluar procesos de
(Fls. 31impartir pago mes aprendizaje. 35) formación en el vencido por -Desarrollar mecanismo Fecha de área de hotelería $2.884.000 que faciliten la reflexión, inicio 15y turismo en la innovación, la 07-2011 competencias creatividad y la (Fl.7) como atender autoevaluación de los usuarios de alumnos. acuerdo con la -Evaluar el proceso de política de aprendizaje, las servicios, prestar estrategias el servicio de pedagógicas, el medio recepción y ambiente educativo y el
reservas de rendimiento académico acuerdo al de los alumnos. manual -Participar en el existente, desarrollo de proyectar el innovaciones mercado de pedagógicas. acuerdo con el -Formular, ejecutar, y tipo de producto evaluar diagnósticos o servicio. que conlleven a la actualización y creación de diseños. -Colaborar con el diseño y ejecución de programas de actualización de instructores. -Participar activamente en el plan de mejoramiento y actualización de los instructores. -Emitir concepto a cerca de los planes y programas presentado por entidades aspirantes a ingresar a la cadena de formación. -Coadyuvar en el proceso de ingreso e inducción de aprendices. 000233 04 Prestar de $13.000.00 -Implementar las del 10meses y servicios 0 que se nuevas metodologías 04-2012 24 días profesionales de pagara por activas. (Fls. 36carácter mensualida -Formación por 38). temporal como des proyectos y uso de las Fecha de instructor, para vencidas TICS para aprendizaje. inicio: diseñar de -Reportar en el sistema 10-02prototipos de $2.600.000 Sofía Plus todas las 2012 productos y/o acciones ejecutadas de (Fl.7) servicios que acuerdo con el proceso satisfagan las de su responsabilidad. necesidades y -Asistir a reuniones que requerimientos sean convocadas de de los clientes y cuerdo con los horarios cumplan la de formación del Centro normatividad de Gestión Tecnológica legal vigente. de Servicios del SENA. Dirigir el -Atender oportunamente personal a cargo los requerimientos que
de acuerdo con haga el supervisor del políticas internas contrato y presentar y prestar el informes mensuales de servicio de la ejecución del mismo. recepción y reservas conforme a manuales existentes. Formación complementaria, desarrollo curricular, tutorías y asesorías aprendices. 0001679 3 meses El mismo objeto $8.976.000 Las mismas del 25del contrato por 3 obligaciones del 07-2012 anterior mensualida contrato anterior (Fls. 39 - des 41) vencidas Fecha de de inicio 01- $2.992.000 08-2012 (Fl.6) 000530 10 El mismo objeto $30.817.60 Las mismas del 24meses y del contrato 0 Un primer obligaciones del 01-2013 14 días anterior pago contrato anterior (Fls. 42proporcion 44) al a la Fecha de fecha de inicio 29inicio hasta 01-2013 finalizar el (Fl.6) mes de enero de 2013 y 9 pagos iguales por los meses de febrero a octubre de 2013 por el valor de $3.081.760 y un pago final de $2.773.584 000873 3 meses Prestación de $19.045.20 -Prestar los servicios del 17y 22 servicios 0 Un primer con responsabilidad, 01-2014 días profesionales de pago profesionalismo, (Fls.45carácter proporcion eficacia y eficiencia. 48). temporal como al al mes -Responder por los Fecha de instructor, para de enero bienes y elementos inicio 23impartir de puestos a su 01-2014 formación $1.587.100 disposición. (Fl.5) profesional ; de febrero -Participar de forma
integral, bajo el a junio asertiva en los enfoque por pagos por programas de competencias valor de cualificación y laborales y $3.174.200 mejoramiento formación por y un pago permanente que el proyectos en los final Centro. programas de proporcion -Conformar equipos de formación al de desarrollo curricular titulada y $1.587.100 interdisciplinario. complementaria -Participar en la para diseñar programación y prototipos de ejecución del proceso productos y/o de inducción de servicios que aprendices de satisfagan las formación titulada. necesidades y -Participar en los requerimientos equipos de ejecución de de los clientes y proyectos formativos. cumplan la -Ejecutar las funciones normatividad propias de los gestores. legal vigente, Participar en los dirigir el personal comités de evaluación y a cargo de seguimiento. acuerdo a Brindar asesoría o políticas internas tutoría a los aprendices. y prestar el -Participar en la servicio de elaboración de recepción y programas y proyectos. reservas de -Orientar en la acuerdo a formación virtual. manuales existentes. 003765 Prestación de $14.918.74 Las mismas del 22servicios 0 Un primer obligaciones del 07-2014 profesionales en pago contrato anterior. (Fls. 5 y el tecnólogo proporcion 49-53). gestión hotelera al al mes Fecha formación de julio de inicial: complementaria $846.453; 25-07diseñar de agosto a 2014. prototipos de noviembre Fecha de productos y/o pagos por terminaci servicios que $3.174.200 ón satisfagan las y un pago 13.12necesidades y final por 2014 (Fl. requerimientos $1.375.487
64 -64 de los clientes y C2) cumplan la normatividad legal vigente, dirigir el personal a cargo de acuerdo a políticas internas y prestar el servicio de recepción y reservas de acuerdo a manuales existentes. Administrar recursos logrando la productividad del área. Manejar valores e ingresos relacionados con la operación del establecimiento. Asegurar márgenes de costo y utilidad cumpliendo las metas financieras. Desarrollo curricular, tutorías y asesorías aprendices. 001643 10 Prestación de $34.002.03 -Participar en la del 31meses 8 servicios 0 en diez programación y 01-2015 días profesionales de pagos ejecución del proceso (Fls. 54carácter iguales por de inducción de 58). temporal como los meses aprendices de Fecha de instructor, para de febrero formación titulada. inicio: 04 impartir a -Atender la formación de formación noviembre de aprendices den el febrero profesional por: área. de 2015 integral en los $3.269.426 -Establecer la ruta de programas: y un pago aprendizaje en Sofía tecnológico en final de: Plus. gestión hotelera, $1.307.770 -Asociar aprendices en técnico en el aplicativo Sofía Plus. servicios de -Cumplir con los agencias de proyectos asociados al viajes, proyecto en actividades especialización de formador del tecnológica en programa. gestión del -Apoyar la gestión del ecoturismo, programa. especialización Asistir a todas las tecnológica en reuniones.
marketing -Generar y ejecutar una servicios estrategia que permita hoteleros. la permanencia de los Formación aprendices durante el complementaria. término del curso. -Realizar el seguimiento a cada aprendiz. 001544 10 El mismo objeto $33.675.10 Las mismas del 01meses del contrato 0 en 10 obligaciones del 02-2016 anterior pagos contrato anterior. (Fls. 5
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