CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-1997-01048-01(29337)B-2008
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-1997-01048-01(29337)B-2008
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2008
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / IMPROCEDENCIA DE LA PRELACIÓN DE FALLO Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte demandada (fl. 397 cdno ppal), la Sala encuentra que el presente proceso no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998.
FUENTE FORMAL: LEY 446 DE 1998 – ARTÍCULO 18
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
Magistrado ponente: ENRIQUE GIL BOTERO
Bogotá D.C, veinte (20) de mayo de dos mil ocho (2008) Radicación número: 05001-23-31-000-1997-01048-01(29337)B
Actor: MARTHA OLIVA ALZATE GÓMEZ Y OTRO
Demandado: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD – DAS – Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte demandada (fl. 397 cdno ppal), la Sala encuentra que el presente proceso no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998, por lo que se, R E S U E L V E: Niéguese a la solicitud de prelación formulada, en el proceso de la referencia.
Cópiese, notifíquese y cúmplase Myriam Guerrero de Escobar Ruth Stella Correa Palacio Presidente de la Sala Mauricio Fajardo Gómez Enrique Gil Botero Ramiro Saavedra Becerra