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CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2003-00878-01(45963)-2017

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2003-00878-01(45963)-2017
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

PROCEDENCIA DEL DECRETO DE PRUEBAS DE OFICIO EN SEGUNDA INSTANCIA – Esclarecimiento de puntos dudosos de la controversia

FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 169

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejera ponente: MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO (E)

Bogotá D.C., tres (03) de agosto de dos mil diecisiete (2017) Radicación número: 05001-23-31-000-2003-00878-01(45963) Actor: LUIS FERNANDO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ Y OTROS Demandado: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN - Y OTROS Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA – AUTO La Sala, previo a decidir el recurso de apelación presentado por la parte demandante contra la sentencia proferida el 22 de marzo de 2012 por el Tribunal Administrativo de Antioquia, con fundamento en lo previsto en el artículo 169 del CCA, ordenará oficiar al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), para que certifiquen si el señor Luis Fernando Hernández Álvarez, identificado con cédula de ciudadanía número 70’516.451 de Itagüí (Antioquia), estuvo privado de la libertad en establecimiento carcelario, con ocasión de la investigación penal adelantada en su contra, como supuesto autor del delito de “HOMICIDIO AGRAVADO EN CONCURSO CON SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO Y REBELIÓN”, dentro del proceso penal radicado número 28.671 – 4923

– 0656 y, en caso afirmativo, se sirvan indicar el término durante el cual estuvo privado de la libertad. Lo anterior resulta necesario, dado que la parte actora solicitó en la demanda que se le reconociera la indemnización de los perjuicios ocasionados con la detención que soportó durante el desarrollo de dos procesos penales en su contra, de los cuales, en el escrito de apelación aceptó que respecto del primero efectivamente operó la Radicación número: 05001-23-31-000-2003-00878-01 (45.963)

Actor: LUIS FERNANDO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ Y

OTROS

Demandado: NACIÓN-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNY OTROS Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA caducidad de la acción, como lo determinó el tribunal a quo, pero que la demanda de la referencia fue interpuesta oportunamente en cuanto a la privación de la libertad de la cual fue objeto en desarrollo del proceso penal radicado número 28.671 – 4923 – 0656.

En mérito de lo expuesto, se R E S U E L V E: PRIMERO: Por Secretaría de la Sección, OFICIAR al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para que, de conformidad con las consideraciones precedentes y en un término de diez (10) días, certifiquen si el señor Luis Fernando Hernández Álvarez, identificado con cédula de ciudadanía número 70’516.451 de Itagüí (Antioquia), estuvo privado de la libertad en establecimiento carcelario, con ocasión de la investigación

penal adelantada en su contra, como supuesto autor del delito de “HOMICIDIO AGRAVADO EN CONCURSO CON SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO Y REBELIÓN”, dentro del proceso penal radicado número 28.671 – 4923 – 0656 y, en caso afirmativo, se sirvan indicar el término durante el cual estuvo privado de la libertad.

SEGUNDO: Una vez recaudada la información antes descrita, por Secretaría, sin necesidad de un nuevo proveído que así lo disponga, DAR traslado de la documentación allegada a los sujetos procesales por el término común de cinco (5) días.

TERCERO: Surtido lo anterior, REMITIR el expediente al Despacho de la Magistrada Ponente para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

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Radicación número: 05001-23-31-000-2003-00878-01 (45.963)

Actor: LUIS FERNANDO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ Y

OTROS

Demandado: NACIÓN-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNY OTROS

Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA

MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

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