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CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2009-00545-01(44551)-2017

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2009-00545-01(44551)-2017
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Pruebas / PRUEBAS DE OFICIOProceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos para resolver el fondo de la controversia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Bogotá D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017).

Radicación número: 05001-23-31-000-2009-00545-01(44551)

Actor: RODRIGO LEÓN VÁSQUEZ Y OTROS

Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) PRUEBAS DE OFICIO CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.

La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio unas pruebas determinantes para resolver el fondo de la controversia, porque existe un punto dudoso que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se remita el registro de audio o vídeo de las audiencias preliminares y de conocimiento. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE a la Fiscalía Seccional de Fredonia, Antioquia, para que remita los registros de audio o vídeo de las audiencias preliminares surtidas en el proceso penal adelantado contra Raúl Arturo y Rodrigo León Vásquez Mejía, identificados con cédulas de ciudadanía número 8.463.541 y 15.374.411, respectivamente, por los delitos de hurto calificado y

secuestro simple, con CUI nº. 05-282-60-00334-2007-80080. En caso que la Fiscalía Seccional de Fredonia, Antioquia, no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad penal, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.

SEGUNDO: Como no fue posible reproducir el CD allegado por el Juzgado Penal del Circuito de Fredonia con Función de Conocimiento, OFÍCIESE a ese Despacho para que remita los registros de audio de las audiencias de conocimiento surtidas en el proceso penal adelantado en contra de Raúl Arturo y Rodrigo León Vásquez Mejía, identificados como se indicó en el ordinal anterior, por los delitos de hurto calificado y secuestro simple, con CUI nº. 05-282-60-00334-2007-80080.

En caso que el Juzgado Penal del Circuito de Fredonia en Función de Conocimiento no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad penal, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado. TERCERO. CONCÉDESE un término de diez (10) días para que las autoridades alleguen los documentos relacionados.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala

JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS

GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

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