🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2011-01542-01(51565)-2018

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE-SECCION TERCERA-05001-23-31-000-2011-01542-01(51565)-2018
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2018

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Decreta pruebas de oficio / DECRETO OFICIOSO DE PRUEBAS - Para esclarecer puntos oscuros o dudosos de la contienda La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio unas pruebas determinantes para resolver el fondo de la controversia, porque existen unos puntos dudosos que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se obtenga copia de la audiencia de legalización de captura, formulación de la imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra del demandante y se certifique el tiempo en que estuvo privado de la libertad.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Bogotá D.C., quince (15) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Radicación número: 05001-23-31-000-2011-01542-01(51565)

Actor: FERNANDO HURTADO GIRALDO Y OTRO

Demandado: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTRO Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) PRUEBAS DE OFICIO CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.

La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio unas pruebas determinantes para resolver el fondo de la controversia, porque existen unos puntos dudosos que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se obtenga copia de la audiencia de legalización de captura, formulación de la imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra del demandante y se certifique el tiempo en que estuvo privado de la libertad. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo

169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Medellín y al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín, Proceso número CUI 05-001-60-00000-200800002, interno nº. 2008-20226 (2008.0172), para que remita copia de la audiencia de legalización de captura, formulación de la imputación e imposición de medida de aseguramiento proferida contra Fernando Hurtado Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía 71.698.315, por el delito de concierto para delinquir con fines de desplazamiento forzado y certifique el tiempo que estuvo privado de la libertad.

SEGUNDO: En caso que el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Medellín y el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín no tengan en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.

TERCERO: Las expensas de las copias solicitadas estarán a cargo de la parte demandante.

CUARTO: CONCÉDESE un término de diez (10) días para que la autoridad allegue los documentos relacionados.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala

JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS

GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Consultar sobre este documento ...