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CE-SECCION TERCERA-08001-23-31-000-2009-00886-01(43536)-2016

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION TERCERA-08001-23-31-000-2009-00886-01(43536)-2016
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

PRUEBAS - Accede, auto / PRUEBAS DECRETADAS DE OFICIO - Procede para esclarecer puntos dudosos para resolver la controversia La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio una prueba determinante para resolver el fondo de la controversia, porque existen unos puntos dudosos que no ha sido posible esclarecer hasta tanto no se cuente con la constancia de ejecutoria de la sentencia del 8 de agosto de 2007, proferida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, que absolvió al señor (...) y las providencias que resolvieron los recursos ordinario de apelación o extraordinario de casación, en caso de haberse interpuesto.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016).

Radicación número: 08001-23-31-000-2009-00886-01(43536)

Actor: ALBERTO MANUEL ESCOBAR VERGARA Y OTROS

Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) Temas: Pruebas de oficio CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.

La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio una prueba determinante para resolver el fondo de la controversia, porque existen unos puntos dudosos que no ha sido posible esclarecer hasta tanto no se cuente con la constancia de ejecutoria de la sentencia del 8 de agosto de 2007, proferida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, que

absolvió al señor Alberto Manuel Escobar Vergara y las providencias que resolvieron los recursos ordinario de apelación o extraordinario de casación, en caso de haberse interpuesto. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, proceso nº. 080013107001-2006-00037, para que remita copia de la constancia de ejecutoria de la sentencia del 8 de agosto de 2007 que absolvió al señor Alberto Manuel Escobar Vergara, identificado con la cédula de ciudadanía número 8.669.185 de Barranquilla, Atlántico y remita copia de las providencias que resolvieron los recursos ordinario de apelación o extraordinario de casación, en caso de haberse interpuesto en ese proceso. En caso que el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad penal, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.

SEGUNDO: Las expensas de las copias solicitadas estarán a cargo de la parte demandante.

TERCERO: CONCÉDESE un término de diez (10) días para que la entidad referida allegue los documentos antes relacionados.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala

GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

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