CE-SECCION TERCERA-11001-33-31-034-2010-00002-01(54884)-2016
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-11001-33-31-034-2010-00002-01(54884)-2016
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN / AUTO QUE DECRETA PRUEBAS DECRÉTASE la práctica de las siguientes pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del CPACA.
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 254
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE
Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Radicación número: 11001-33-31-034-2010-00002-01(54884)
Actor: JOSÉ MANUEL VARGAS VALBUENA
Demandado: AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN (AUTO) Temas: Recurso extraordinario de revisión CPACA-Decreto de pruebas. Reconocimiento del apoderado-CGP.
DECRÉTASE la práctica de las siguientes pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del CPACA:
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE
1. TIÉNESE como pruebas los documentos aportados con la demanda.
2. NIÉGASE oficiar al Juzgado 34 Administrativo del Circuito de Bogotá porque el expediente nº. 2010-00002 obra en el trámite del presente recurso de revisión.
3. OFÍCIESE a la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá para que remita a este proceso copia íntegra del expediente del vehículo automotor de placas CVM886, camioneta, marca Toyota, línea Runner, modelo 1996
motor 0507431. Las expensas de las copias solicitadas están a cargo de la parte demandante. PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA TIÉNESE como pruebas los documentos aportados con la contestación de la demanda. RECONÓCESE personería a la doctora Clara Patricia Luengas Sánchez para actuar como apoderada de la parte demandada, Agencia Logística de las Fuerzas Militares, de conformidad con el artículo 74 del CGP.