CE-SECCION TERCERA-13001-23-31-000-2001-01334-01(45542)-2016
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-13001-23-31-000-2001-01334-01(45542)-2016
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
DECRETO DE PRUEBA DE OFICIO / DECRETO DE PRUEBAS EN SEGUNDA
INSTANCIA / PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA / PRÁCTICA DE PRUEBAS
EN SEGUNDA INSTANCIA / PROCEDENCIA DE PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA / PRÁCTICA DE PRUEBA EN SEGUNDA INSTANCIA / PRÁCTICA DE PRUEBA DE OFICIO / PROCEDENCIA DE LA PRUEBA DE OFICIO /
PRUEBA DE OFICIO / PRUEBA DE OFICIO EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO / NECESIDAD DE LA PRUEBA DE OFICIO / PROCESO
PENAL / CONTRIBUCIÓN AL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD /
ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS / PROCESO PENAL / COPIAS DEL PROCESO La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio una prueba determinante para resolver el fondo de la controversia, porque existe un punto dudoso que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se obtenga copia de la totalidad del proceso penal seguido en contra de (…)
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO
169
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE
Bogotá D.C., quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016) Radicación número: 13001-23-31-000-2001-01334-01(45542)
Actor: MARÍA JOSÉ RINCONES PATERNINA
Demandado: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTRO
Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) Temas: Pruebas de oficio CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.
La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio una prueba determinante para resolver el fondo de la controversia, porque existe un punto dudoso que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se obtenga copia de la totalidad del proceso penal seguido en contra de Antonio Rincones Ortiz. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE a la Fiscalía Primera Delegada del Programa Anticorrupción de la Presidencia de la República de la Unidad Nacional Especializada en Delitos contra la Administración Pública, para que remita copia auténtica del proceso penal seguido contra Antonio Rincones Ortiz, identificado con la cédula de ciudadanía número 12.534.076 de Santa Marta, por el delito de concierto para delinquir. En caso que la Fiscalía no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.
SEGUNDO: Las expensas de las copias solicitadas estarán a cargo de la parte demandante TERCERO: CONCÉDASE un término de diez (10) días para que la entidad allegue lo solicitado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala