CE-SECCION TERCERA-13001-23-31-000-2005-02326-01(41162)-2017
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-13001-23-31-000-2005-02326-01(41162)-2017
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Auto. Decreta prueba de oficio para esclarecer puntos dudosos
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE
Bogotá D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017).
Radicación número: 13001-23-31-000-2005-02326-01(41162)
Actor: TOMÁS SEGUNDO MANTILLA SEÑAS Y OTROS
Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL Y OTRO Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) Temas: Pruebas de oficio CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.
La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio unas pruebas determinantes para resolver el fondo de la controversia, porque existe un punto dudoso que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se certifique el tiempo que el demandante estuvo privado de la libertad y se obtenga la constancia de ejecutoria de la resolución de preclusión. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE a la Fiscalía 10 Seccional de la unidad integral de delitos contra la vida de Cartagena, para que certifique el tiempo que estuvo privado de la libertad Tomás Segundo Mantilla Señas, identificado con la cédula de ciudadanía número 9.110.886 y certifique la ejecutoria de la resolución de preclusión de la investigación del 26 de febrero de 2004, proferida dentro del proceso nº. 129938 por el delito de rebelión seguido
contra Tomás Segundo Mantilla Señas. En caso que la Fiscalía no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.
SEGUNDO: CONCÉDASE un término de diez (10) días para que la entidad allegue lo solicitado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala