CE-SECCION TERCERA-15001-23-31-000-2005-00729-02(48027)-2017
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-15001-23-31-000-2005-00729-02(48027)-2017
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Auto. Decreta prueba de oficio para esclarecer punto dudoso
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE
Bogotá D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017).
Radicación número: 15001-23-31-000-2005-00729-02(48027)
Actor: OMAR ALEJANDRO LEIVA SALAZAR Y OTROS
Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) Temas: Pruebas de oficio CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.
La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio unas pruebas determinantes para resolver el fondo de la controversia, porque existe un punto dudoso que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se obtenga copia íntegra del proceso penal adelantado contra el demandante. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE a la Fiscalía Regional de la Unidad de Derechos Humanos de Bogotá, para que remita copia íntegra del proceso penal por el delito de homicidio culposo seguido contra Omar Alejandro Leiva Salazar, identificado con cédula de ciudadanía nº. 91.497.437. En caso que la Fiscalía no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad penal, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.
SEGUNDO: CONCÉDASE un término de diez (10) días para que la entidad
allegue lo solicitado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala