CE-SECCION TERCERA-18001-23-31-000-2010-00033-01(53270)-2017
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-18001-23-31-000-2010-00033-01(53270)-2017
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Pruebas / PRUEBAS DE OFICIOProceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos para resolver el fondo de la controversia
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE
Bogotá D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017).
Radicación número: 18001-23-31-000-2010-00033-01(53270)
Actor: OLGA MARÍA LOMELÍN GÓMEZ Y OTRA
Demandado: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTRO Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) PRUEBAS DE OFICIO CCA-Proceden para esclarecer puntos oscuros o dudosos.
La Sala advierte la necesidad de decretar de oficio una prueba determinante para resolver el fondo de la controversia, porque existen unos puntos dudosos que no ha sido posible esclarecer hasta tanto se certifique la ejecutoria de la sentencia que absolvió a la demandante. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 169 del CCA, se dispone: PRIMERO: OFÍCIESE al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia para que certifique la ejecutoria de la sentencia del 22 de mayo de 2008, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, que revocó el fallo de primera instancia, dictado con ocasión del proceso penal n°. 2006-0102 por el delito de rebelión contra Olga María Lomelín
Gómez, identificada con la cédula de ciudadanía n°.30.517.711.
SEGUNDO: En caso que el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia no tenga en su poder lo señalado y haya pasado a otra autoridad penal, se servirá enviar el correspondiente oficio a la autoridad competente para que remita lo solicitado.
TERCERO: CONCÉDESE un término de diez (10) días para que la autoridad allegue el documento relacionado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala